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CONDICIONES GENERALES DE USO DEL SERVICIO

El administrador y propietario del servicio en línea disponible en platforma.transportowa.com.pl es Idea Business Sp. z o.o., con domicilio social en ul. Lawendowa 11, 34-122 Wieprz, inscrita en el registro de empresarios del Registro Judicial Nacional, llevado por el Tribunal de Distrito de Cracovia-Śródmieście en Cracovia, XII Sección Mercantil del Registro Judicial Nacional, con el número KRS 0001115184, REGON 529107518, NIP PL5512667106 y un capital social de 50 000 PLN.

Correo electrónico:

Teléfono: 605 517 309

 

ÍNDICE – SELECCIONE UN CAPÍTULO

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CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES

1. Objeto y ámbito de aplicación de las Condiciones generales

1.1. Las presentes Condiciones generales establecen los tipos, el alcance y las condiciones de prestación de servicios por vía electrónica por Idea Business Sp. z o.o., denominada en adelante «Prestador de servicios» o «Administrador», a través del servicio en línea Plataforma de Transporte, disponible en platforma.transportowa.com.pl.

1.2. Las Condiciones generales regulan, en particular, las normas de registro y verificación de los Usuarios, el uso de los servicios y funciones de la Plataforma de Transporte, la celebración y resolución de contratos de prestación de servicios electrónicos, así como los derechos y obligaciones de los Usuarios y el procedimiento de reclamaciones.

1.3. La Plataforma de Transporte es un sistema informático destinado a organizar y gestionar el transporte por carretera que permite, en particular:

a) publicar y consultar anuncios relativos a cargas y vehículos disponibles;

b) presentar, aceptar y gestionar ofertas de transporte;

c) organizar la cooperación en materia de transporte mediante el Tablón Público, el Tablón de Cargas, el Tablón de Vehículos y los Tablones Privados;

d) preparar, generar y celebrar electrónicamente contratos de transporte;

e) supervisar las sucesivas etapas de ejecución de los encargos de transporte;

f) generar y gestionar automáticamente cartas de porte CMR y cartas de porte nacionales;

g) transmitir información y notificaciones sobre la ejecución de los transportes;

h) apoyar la planificación, organización y control de los procesos logísticos;

i) automatizar determinadas operaciones relacionadas con la aceptación de ofertas, la celebración de contratos y la gestión de encargos de transporte;

j) gestionar contratantes, socios de transporte y permisos de los participantes en la cooperación;

k) organizar la cooperación en grupos privados de empresarios;

l) exportar documentación y datos y utilizar las integraciones disponibles con sistemas informáticos externos, especialmente sistemas ERP y programas de facturación;

m) utilizar otras funciones que el Administrador ponga a disposición durante el desarrollo de la Plataforma de Transporte.

1.4. Las distintas funciones de la Plataforma podrán ofrecerse con diferente alcance según el tipo de Cuenta, el estado de verificación, los permisos del Usuario y los servicios activados.

1.5. El uso de la Plataforma de Transporte no exige contratar una suscripción. El Servicio ofrece servicios gratuitos y de pago, cuyo alcance y precio se establecen en estas Condiciones generales, en la Lista de precios o en las condiciones del servicio correspondiente.

 

2. Fundamentos jurídicos

2.1. Los servicios electrónicos se prestan de conformidad con la legislación vigente en el territorio de la República de Polonia y las disposiciones aplicables del Derecho de la Unión Europea.

2.2. En las cuestiones no reguladas por las presentes Condiciones generales se aplicarán las disposiciones legales pertinentes, especialmente:

a) la Ley de 23 de abril de 1964, Código Civil;

b) la Ley de 18 de julio de 2002 sobre la prestación de servicios por vía electrónica;

c) el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo (RGPD);

d) el Reglamento (UE) 2022/2065 del Parlamento Europeo y del Consejo, Reglamento de Servicios Digitales (DSA), en la medida en que resulte aplicable a los servicios prestados por la Plataforma;

e) las demás disposiciones aplicables al tipo de servicio prestado.

2.3. A los servicios de transporte y los contratos celebrados entre Usuarios se aplicarán las disposiciones correspondientes sobre transporte, el Convenio relativo al contrato de transporte internacional de mercancías por carretera (CMR) y otras normas pertinentes, en función de la naturaleza y el lugar de ejecución del transporte.

2.4. El uso de las herramientas de la Plataforma no exime a los Usuarios de cumplir las disposiciones legales aplicables a su actividad y a los servicios de transporte que realicen.

 

3. Definiciones

Los términos utilizados en estas Condiciones generales tendrán el siguiente significado:

3.1. Prestador de servicios / Administrador

Idea Business Sp. z o.o., con domicilio social en ul. Lawendowa 11, 34-122 Wieprz, inscrita en el registro de empresarios del Registro Judicial Nacional, llevado por el Tribunal de Distrito de Cracovia-Śródmieście en Cracovia, XII Sección Mercantil del Registro Judicial Nacional, con el número KRS 0001115184, que gestiona la Plataforma de Transporte y presta servicios electrónicos a través de ella.

3.2. Servicio / Plataforma de Transporte

Sistema informático en línea disponible en platforma.transportowa.com.pl, que permite a los empresarios organizar transportes, publicar anuncios, establecer relaciones comerciales, celebrar y gestionar contratos de transporte, supervisar encargos y utilizar herramientas de apoyo a los procesos logísticos. La Plataforma puede colaborar con otros servicios gestionados por el Administrador, especialmente el Directorio de Empresas disponible en firma.transportowa.com.pl.

3.3. Empresario

Persona física que ejerce una actividad económica, persona jurídica o entidad organizativa con capacidad jurídica que realiza en nombre propio una actividad económica o profesional. La Plataforma de Transporte está destinada exclusivamente a empresarios. Las personas físicas que tengan la condición de consumidores no están autorizadas a registrar Cuentas en el Servicio para utilizar los servicios de la Plataforma.

3.4. Usuario / Cliente del servicio

Empresario que utiliza la Plataforma de Transporte mediante una Cuenta, o persona física que actúa en nombre y por cuenta de aquel con la debida autorización. Un empresario puede estar representado en el Servicio por más de un Usuario, cada uno con su propia Cuenta individual. Quien utilice una Cuenta en nombre de un empresario deberá estar debidamente autorizado para actuar en su nombre.

3.5. Cuenta de Usuario

Espacio individual de la Plataforma de Transporte, accesible tras iniciar sesión, que permite utilizar las funciones del Servicio conforme a los permisos concedidos. La Cuenta está vinculada a la dirección de correo electrónico del Usuario y puede asociarse al empresario al que representa. Una empresa puede tener varias Cuentas de Usuario.

3.6. Cuenta verificada

Cuenta de Usuario cuyo proceso de verificación ha sido completado favorablemente por el Administrador. La verificación comprende la comprobación de los datos registrales del empresario, los documentos exigidos y el pago de la tasa de verificación prevista en las Condiciones generales desde una cuenta bancaria del empresario representado. En el caso de empresas de transporte, también comprende la revisión de los documentos presentados que acrediten las autorizaciones, licencias o permisos requeridos. La Cuenta verificada se identifica en el Servicio mediante un símbolo gráfico correspondiente, especialmente una marca verde de verificación. La concesión del estado verificado no garantiza la solvencia, fiabilidad, vigencia de todas las autorizaciones ni correcta ejecución de los servicios por el empresario.

3.7. Cuenta no verificada

Cuenta de un Usuario que no ha completado el proceso íntegro de verificación previsto para las Cuentas verificadas. El empresario invitado por un Usuario autorizado a colaborar en un Tablón Privado determinado podrá acceder a dicho Tablón sin abonar la tasa de activación ni completar la verificación íntegra de la Cuenta. Tal Cuenta aparecerá con el aviso: «Atención: ¡Cuenta no verificada!». Una Cuenta no verificada solo permite utilizar las funciones disponibles para ese estado y dentro de los permisos concedidos. Las demás funciones que requieren verificación íntegra permanecerán inaccesibles hasta que esta concluya favorablemente. La exención de la tasa de verificación no exime al empresario de poseer las licencias, permisos y autorizaciones legalmente exigidos para su actividad.

3.8. Activación y verificación de la Cuenta

Proceso que comprende la confirmación del registro, la comprobación de los datos del Usuario y del empresario representado y el cumplimiento de los requisitos establecidos en las Condiciones generales. La tasa por la verificación y activación íntegras de una Cuenta asciende a 10 EUR o 20 PLN. Se aplica a cada Cuenta de Usuario sujeta a verificación de pago, incluso cuando varios Usuarios representan al mismo empresario. Esta regla no se aplica a las Cuentas a las que se haya concedido acceso limitado a un Tablón Privado sin obligación de verificación de pago. El Administrador efectúa la activación en un plazo máximo de 48 horas desde que el Usuario cumpla todos los requisitos de verificación, incluida la recepción de los documentos exigidos y la contabilización del pago, excluidos los días festivos legales. Las condiciones detalladas de registro, verificación y activación de Cuentas figuran en el Capítulo II.

3.9. Verificación de la cuenta bancaria para pagos anticipados

Proceso de confirmación de la cuenta bancaria del empresario mediante una transferencia de verificación realizada desde dicha cuenta. La cuenta identificada durante la verificación podrá utilizarse para recibir anticipos por servicios de transporte, conforme a las presentes Condiciones generales. La verificación mediante transferencia en PLN no activa automáticamente la posibilidad de recibir anticipos en EUR. Si el Usuario verificó su Cuenta transfiriendo 20 PLN y posteriormente desea recibir anticipos por servicios de transporte en EUR, deberá efectuar una verificación adicional en EUR, mediante una transferencia de verificación de 10 EUR desde la cuenta bancaria correspondiente del empresario. Esta verificación adicional en EUR no exige crear otra Cuenta de Usuario.

3.10. Cuenta bancaria para pagos anticipados

Cuenta bancaria del empresario indicada en la Plataforma de Transporte para recibir anticipos por servicios de transporte. El sistema permite indicar una única cuenta bancaria vigente para recibir anticipos en cada Cuenta de Usuario. Dicha cuenta está sujeta a verificación conforme a las Condiciones generales. Indicar una cuenta bancaria no convierte al Administrador en partícipe de los pagos realizados entre las partes de un contrato de transporte.

3.11. Anticipo por un servicio de transporte

Prestación dineraria transmitida por el Cliente del transporte al Transportista u otro Contratista autorizado, antes de ejecutar la totalidad o parte del servicio de transporte y en las condiciones acordadas entre las partes. Los anticipos por servicios de transporte se transfieren directamente entre las partes del contrato, sin utilizar la cuenta bancaria del Administrador de la Plataforma de Transporte. El Administrador no recibe, custodia ni transfiere anticipos debidos a los transportistas en las liquidaciones entre las partes de contratos de transporte.

3.12. Cliente del transporte

Empresario que encarga la realización de un transporte, publica un anuncio de transporte o celebra un contrato de transporte con un prestador autorizado. Puede ser, en particular, un fabricante, empresa comercial, expedidor de mercancías, transitario u otra entidad facultada para organizar el transporte.

3.13. Transportista / Contratista

Empresario dedicado al transporte de mercancías y titular de las autorizaciones legalmente exigidas para prestar el tipo de transporte de que se trate. Según la naturaleza de la operación, también puede ser Contratista otro empresario facultado para aceptar determinado encargo de transporte, con arreglo a las normas y condiciones aplicables.

3.14. Anuncio de transporte

Información publicada por un Usuario autorizado a través de la Plataforma de Transporte, relativa a una necesidad de transporte o a la disponibilidad de un vehículo para efectuarlo. El anuncio podrá incluir, en particular, datos de la carga, ruta, fechas, requisitos de transporte, características del vehículo y otras condiciones del servicio previsto.

3.15. Oferta de transporte

Propuesta de prestación de un servicio de transporte presentada por un Usuario autorizado en respuesta a un anuncio o mediante las funciones disponibles en la Plataforma. La oferta podrá especificar, en particular, el precio del transporte y otras condiciones de ejecución. Las normas de presentación, aceptación y retirada de ofertas y sus consecuencias jurídicas se regulan en las disposiciones siguientes y en las condiciones aplicables a la modalidad de celebración del contrato.

3.16. Tablón Público

Sección de la Plataforma de Transporte que permite publicar encargos de transporte y establecer relaciones entre Clientes del transporte y Transportistas autorizados. El acceso a los anuncios, sus detalles y las funciones de presentación de ofertas depende de los permisos del Usuario y de las normas de estas Condiciones generales.

3.17. Tablón de Cargas

Sección de la Plataforma que permite a los Usuarios debidamente autorizados publicar y consultar encargos de transporte. Las condiciones de publicación y consulta de anuncios y de uso de funciones adicionales se establecen en las disposiciones siguientes.

3.18. Tablón de Vehículos

Sección de la Plataforma de Transporte destinada a publicar información sobre vehículos disponibles y posibilidades de prestación de servicios de transporte. El acceso a las ofertas de vehículos y sus detalles depende del tipo de anuncio y de los permisos del Usuario.

3.19. Tablón Privado

Sección diferenciada de la Plataforma de Transporte destinada a organizar la cooperación entre un grupo determinado de Usuarios. El Tablón Privado permite a su Operador gestionar el acceso a los anuncios, invitar a contratantes, conceder y retirar permisos y organizar la cooperación en un grupo cerrado. Cada Tablón Privado dispone de su propio identificador. Su uso se rige por estas Condiciones generales y los permisos concedidos por su Operador.

3.20. Operador del Tablón Privado

Empresario autorizado a gestionar un Tablón Privado determinado mediante la correspondiente Cuenta de Usuario. El Operador puede gestionar a los participantes, conceder y revocar el acceso al Tablón y utilizar las herramientas administrativas disponibles. Las personas autorizadas por el Operador también podrán ejercer estas facultades dentro de los límites permitidos por el sistema.

3.21. Participante del Tablón Privado

Usuario al que se ha concedido acceso a un Tablón Privado determinado. Podrá concederse acceso a un Usuario con Cuenta verificada o a un empresario invitado a colaborar con acceso limitado y sin verificación íntegra de su Cuenta. Las funciones disponibles dependen de los permisos y del estado de la Cuenta.

3.22. Mis Contratantes

Herramienta que permite al Operador de un Tablón Privado gestionar la cooperación con sus contratantes. Dentro de los permisos concedidos, permite gestionar los participantes del Tablón, conceder y retirar accesos, suspender permisos y eliminar participantes de un Tablón concreto. Eliminar a un participante del Tablón no equivale a eliminar su Cuenta de la Plataforma de Transporte. Tampoco supone eliminar automáticamente el historial de cooperación, los documentos o la información cuya conservación esté justificada por la prestación de servicios o por disposiciones legales.

3.23. Tus Socios

Herramienta de la Plataforma de Transporte para invitar a empresarios a colaborar. Permite establecer contactos y organizar la cooperación con transportistas, remitentes, transitarios y otros socios que participan en los procesos de transporte.

3.24. Gestión de Usuarios del Tablón Privado

Conjunto de funciones que permiten a las personas autorizadas gestionar el acceso de los Usuarios al Tablón Privado, determinar el alcance de sus permisos y controlar su participación en él.

3.25. UPPT – Contrato de Transporte de la Plataforma de Transporte

UPPT significa «Contrato de Transporte de la Plataforma de Transporte». Es una solución del Servicio que permite preparar, generar, celebrar y gestionar electrónicamente contratos relativos a servicios de transporte. El sistema UPPT también permite gestionar información sobre la ejecución del transporte, facilitar la comunicación entre participantes autorizados y gestionar la documentación contractual. El contrato UPPT se celebra entre las partes correspondientes de la operación, y no entre el Usuario y el Administrador de la Plataforma.

3.26. Aceptar Flete

Función que permite aceptar un encargo de transporte en las condiciones establecidas por el Cliente del transporte, teniendo en cuenta el método elegido para celebrar el contrato. La operación efectuada mediante esta función podrá dar lugar a la celebración de un contrato de transporte conforme a estas Condiciones generales y a las condiciones del encargo.

3.27. Asistente de Fletes

Herramienta que automatiza el proceso de aceptación de ofertas de transporte según condiciones previamente definidas y aprobadas por el Cliente del transporte. Permite, especialmente, establecer criterios de precio y tiempo con arreglo a los cuales el sistema puede aceptar automáticamente una oferta. Activar el Asistente de Fletes requiere una decisión consciente del Usuario autorizado. Las disposiciones posteriores establecen el funcionamiento detallado de la herramienta y los efectos de la aceptación automática.

3.28. Control logístico

Conjunto de herramientas que ayudan a preparar y gestionar encargos de transporte mediante el análisis automático de determinados datos y la identificación de posibles errores, incompatibilidades y riesgos organizativos. Los mensajes del sistema son meramente auxiliares y no garantizan la exactitud de los datos ni la correcta ejecución del transporte. El Usuario sigue siendo responsable de comprobar la información y de las decisiones basadas en los resultados del control.

3.29. Panel UPPT

Panel electrónico que permite a los participantes autorizados de un contrato de transporte acceder a información sobre su celebración y ejecución. Puede incluir, en particular, datos contractuales, información sobre los participantes, fechas de operaciones de transporte, estados comunicados, notificaciones y documentos de transporte.

3.30. Panel del Conductor

Función que permite al conductor u otra persona debidamente autorizada comunicar información sobre la ejecución de un transporte determinado. El acceso al Panel del Conductor puede facilitarse mediante un enlace individual generado por un Usuario autorizado. El uso del Panel del Conductor mediante ese enlace no requiere crear una Cuenta en la Plataforma de Transporte. Las operaciones que puede realizar el conductor se limitan a las funciones comprendidas en su autorización.

3.31. Seguimiento de la ejecución del transporte

Función que permite mostrar y actualizar información sobre las etapas de ejecución de un encargo de transporte. El seguimiento se basa, especialmente, en los datos comunicados por los participantes autorizados y en los eventos registrados por el sistema. El seguimiento no constituye por sí mismo confirmación independiente de la posición real del vehículo ni garantía de correcta ejecución del transporte.

3.32. Documentación de transporte

Documentos e información relativos a la preparación, celebración, ejecución y finalización de un contrato de transporte. Puede comprender especialmente contratos de transporte, cartas de porte CMR, cartas de porte nacionales, justificantes de operaciones realizadas y otros documentos relacionados con la ejecución del encargo.

3.33. Carta de porte CMR

Documento relacionado con el transporte internacional de mercancías por carretera, preparado y gestionado mediante las funciones de la Plataforma. El sistema permite generar documentos CMR y registrar determinada información y confirmaciones de los participantes. El valor jurídico de cada documento y confirmación se rige por la normativa aplicable y las disposiciones específicas de estas Condiciones generales.

3.34. Carta de porte nacional

Documento relativo al transporte por carretera efectuado dentro de un único país, preparado y gestionado a través de la Plataforma de Transporte conforme a la legislación aplicable.

3.35. Confirmación electrónica

Información o declaración registrada mediante las funciones de la Plataforma en relación con una operación realizada por un participante del transporte. Puede referirse, en particular, a la recepción, carga, entrega, descarga u otras operaciones previstas en el proceso correspondiente. El registro de una confirmación electrónica en la Plataforma no equivale automáticamente a una firma electrónica cualificada ni acredita el cumplimiento de todos los requisitos legales específicos de una carta de porte electrónica.

3.36. Banco de Documentos

Función de la Plataforma destinada a almacenar, compartir, descargar y organizar documentos relacionados con los servicios de transporte. Las disposiciones posteriores establecen las condiciones de conservación, los períodos de disponibilidad y las obligaciones de archivo independiente de los Usuarios.

3.37. Integración con ERP y sistemas de facturación

Función que permite preparar, exportar o transmitir datos relativos a los encargos de transporte a sistemas informáticos externos. Las opciones disponibles dependen del tipo de exportación, la configuración y la disponibilidad de integraciones y adaptadores adecuados. El uso de determinadas integraciones puede exigir configuración adicional o una tarifa independiente conforme a las condiciones del servicio.

3.38. Notificaciones del sistema

Mensajes y avisos generados por la Plataforma de Transporte en relación con el uso de sus funciones. Pueden referirse especialmente a nuevas ofertas, contratos celebrados, ejecución de transportes, retrasos comunicados, documentos, pagos y seguridad de la Cuenta. El Servicio también puede ofrecer alertas opcionales configuradas por el Usuario según sus preferencias. Las notificaciones del sistema no constituyen un boletín publicitario.

3.39. Puntos

Unidades de pago utilizadas en la Plataforma para abonar determinados servicios y funciones conforme a la Lista de precios vigente y las reglas del sistema de puntos.

3.40. Lista de precios

Documento o conjunto de información disponible en la Plataforma de Transporte que establece los precios de los servicios de pago, paquetes de puntos, comisiones y otras tarifas de las distintas funciones.

3.41. Suspensión de la Cuenta

Limitación temporal de la posibilidad de utilizar determinadas funciones de la Plataforma, aplicada conforme a estas Condiciones generales. La suspensión no implica necesariamente la eliminación de los datos de la Cuenta ni la interrupción de todos los procesos relacionados.

3.42. Bloqueo de la Cuenta

Restricción del acceso a la Cuenta o a determinados servicios de la Plataforma aplicada, en particular, por infracciones de las Condiciones generales, requisitos de seguridad o legislación vigente. Su alcance y efectos se establecen en las disposiciones correspondientes.

3.43. Dirección electrónica

Identificador de un sistema informático que permite comunicarse mediante medios electrónicos, especialmente una dirección de correo electrónico.

4. Requisitos técnicos

4.1. El uso de la Plataforma requiere acceso a Internet y un dispositivo con un navegador actualizado compatible con las tecnologías empleadas por el Servicio.

4.2. Para utilizar correctamente las funciones de la Plataforma pueden ser necesarios:

a) compatibilidad con JavaScript;

b) admisión de cookies necesarias y mecanismos de almacenamiento de datos empleados por el Servicio;

c) una cuenta activa de correo electrónico;

d) capacidad para descargar y leer documentos electrónicos, especialmente archivos PDF;

e) los permisos correspondientes para usar funciones del dispositivo como la cámara, el micrófono o la pantalla compartida, cuando las funciones utilizadas los requieran.

4.3. Algunas funciones de la Plataforma pueden requerir ajustes adicionales del navegador, dispositivo o conexión a Internet.

4.4. El Administrador no garantiza que todas las funciones operen de manera idéntica en cualquier dispositivo, sistema operativo o versión del navegador.

4.5. Las normas sobre cookies y tecnologías similares se establecen en la Política de Cookies, de conformidad con la legislación aplicable.

4.6. El Usuario debe observar las normas básicas de seguridad, especialmente proteger las credenciales y no permitir el acceso de personas no autorizadas a su Cuenta.

 

5. Normas de uso de la Plataforma

5.1. Los servicios que exigen registro podrán utilizarse tras crear una Cuenta y cumplir los requisitos de cada función.

5.2. Al registrar una Cuenta, el Usuario confirma haber leído y aceptado las presentes Condiciones generales.

5.3. El Usuario debe facilitar datos veraces y actualizarlos cuando se produzcan cambios.

5.4. El Usuario responde de las actuaciones realizadas mediante su Cuenta, teniendo en cuenta la legislación aplicable y las circunstancias concretas.

5.5. La Plataforma debe utilizarse conforme a su finalidad, a los principios de lealtad en las relaciones comerciales y a la legislación vigente.

5.6. Queda prohibido introducir en la Plataforma contenidos ilícitos o realizar actuaciones que vulneren los derechos de otros Usuarios o la seguridad del Servicio.

5.7. Los datos personales se tratarán con arreglo a la Política de Privacidad y a la legislación aplicable.

La aceptación de las Condiciones generales no implica automáticamente el consentimiento para el tratamiento de datos con fines de mercadotecnia. Cuando sea necesario tal consentimiento, deberá recabarse por separado.

 

6. Disponibilidad de las Condiciones generales

6.1. Las Condiciones generales se facilitan gratuitamente antes de la celebración del contrato de servicios electrónicos, de manera que puedan consultarse, reproducirse y conservarse.

6.2. Las Condiciones generales, la Política de Privacidad, la Política de Cookies y los documentos relativos a los distintos servicios se ponen a disposición en las secciones correspondientes del Servicio.

6.3. El Usuario quedará vinculado por las disposiciones de las Condiciones generales que le hayan sido facilitadas conforme a la legislación vigente.

 

7. Naturaleza de los servicios prestados

7.1. La Plataforma de Transporte presta servicios consistentes en facilitar infraestructura informática y herramientas con las que los empresarios pueden organizar y gestionar servicios de transporte.

7.2. El Administrador podrá poner a disposición funciones de apoyo a la toma de decisiones, de automatización de determinadas operaciones y de preparación de documentos.

7.3. El uso de herramientas automatizadas no exime al Usuario de verificar los datos, las condiciones contractuales y la legalidad de sus actuaciones.

7.4. Los resultados de análisis, cálculos, controles logísticos y avisos generados por la Plataforma son auxiliares, salvo que las condiciones específicas de una función establezcan expresamente otros efectos de una actuación.

7.5. El Administrador responde de la prestación de sus propios servicios electrónicos conforme a las Condiciones generales y a la legislación vigente.

 

8. Automatización de actuaciones realizadas en la Plataforma

8.1. La Plataforma permite automatizar determinadas operaciones de organización del transporte, presentación y aceptación de ofertas, celebración de contratos y gestión de documentación de transporte.

8.2. Las operaciones automáticas se realizan dentro del ámbito de la función correspondiente y según los datos, ajustes o decisiones del Usuario autorizado.

8.3. Si el Usuario activa una función de aceptación automática de ofertas de transporte, el sistema podrá ejecutar tales operaciones conforme a las condiciones aprobadas previamente.

8.4. Los efectos jurídicos de la aceptación automática de una oferta, incluido el momento de celebración del contrato y su documentación, se establecen en las disposiciones específicas de las Condiciones generales y en las condiciones acordadas por las partes.

8.5. La generación automática de un documento no constituye por sí misma confirmación de la veracidad de todos sus datos.

8.6. El Usuario debe comprobar la exactitud de los datos introducidos en el sistema, especialmente los que afecten a las condiciones del transporte y al contenido de la documentación.

 

9. Operaciones y contratos entre Usuarios

9.1. Los contratos relativos a servicios de transporte celebrados mediante la Plataforma son contratos entre los participantes correspondientes de la operación.

9.2. El Administrador de la Plataforma de Transporte no es parte de los contratos de transporte celebrados entre los Usuarios.

9.3. La regla del apartado 9.2 también se aplica a los contratos preparados o generados automáticamente por el sistema UPPT y a los celebrados mediante la aceptación automática de ofertas por el Asistente de Fletes.

9.4. El Administrador facilita infraestructura técnica y herramientas para preparar, celebrar, documentar y gestionar contratos.

9.5. Las partes de un contrato de transporte responden por sí mismas de su ejecución y del cumplimiento de sus obligaciones conforme a la legislación aplicable.

9.6. El Administrador no adquiere la condición de transportista, transitario ni cliente del transporte por el mero hecho de facilitar herramientas para celebrar o gestionar contratos.

9.7. El Administrador no es parte de los pagos derivados de contratos de transporte entre Usuarios, incluidos los relativos al precio del transporte y a anticipos.

9.8. El Administrador no recibe en su propia cuenta bancaria fondos correspondientes a anticipos debidos a Transportistas u otros Contratistas.

9.9. Lo anterior no excluye la responsabilidad del Administrador por sus propios actos, omisiones o prestación incorrecta de servicios electrónicos en la medida prevista por la legislación vigente.

 

10. Reglas de acceso a las funciones de la Plataforma

10.1. Las funciones disponibles dependen del estado de la Cuenta, los permisos, el tipo de servicio y el acceso a las distintas secciones de la Plataforma.

10.2. El Administrador podrá supeditar el acceso a determinadas funciones a la verificación satisfactoria del Usuario.

10.3. Los Usuarios invitados a colaborar en un Tablón Privado podrán utilizar las funciones que se les faciliten sin obtener el estado de Cuenta verificada, con las limitaciones establecidas en las Condiciones generales.

10.4. El Operador del Tablón Privado podrá gestionar el acceso de sus participantes mediante las herramientas disponibles.

10.5. El acceso a un Tablón Privado no otorga automáticamente acceso a otros Tablones ni a las demás funciones de la Plataforma.

10.6. El acceso a determinadas funciones podrá limitarse, suspenderse o revocarse conforme a las presentes Condiciones generales.

 

11. Comunicación electrónica y notificaciones

11.1. La Plataforma utiliza comunicaciones electrónicas para transmitir información relacionada con el Servicio y la ejecución de servicios de transporte.

11.2. Las notificaciones del sistema podrán referirse, entre otras cuestiones, a:

a) publicación de nuevos anuncios y presentación de ofertas;

b) aceptación de ofertas y celebración de contratos de transporte;

c) cambios de estado de los encargos de transporte;

d) información sobre carga, descarga y horas previstas de llegada;

e) retrasos comunicados;

f) documentación de transporte;

g) pagos y liquidaciones con el Administrador;

h) seguridad de la Cuenta y cambios de permisos.

11.3. La Plataforma también podrá ofrecer notificaciones y alertas adicionales cuyo alcance y frecuencia determine el Usuario mediante los ajustes disponibles.

11.4. Las normas detalladas sobre comunicación electrónica y disponibilidad de notificaciones se establecen en las disposiciones posteriores de estas Condiciones generales.

 

12. Servicios de pago

12.1. El uso de la Plataforma no requiere suscribir un contrato de abono ni pagar cuotas periódicas de suscripción.

12.2. El Administrador podrá cobrar por determinados servicios y funciones ofrecidos mediante la Plataforma.

12.3. Los servicios de pago podrán abonarse, especialmente, mediante:

a) pago directo;

b) utilización de puntos disponibles en la Cuenta del Usuario;

c) cobro de una comisión conforme a las Condiciones generales;

d) otros métodos previstos para el servicio correspondiente.

12.4. Los servicios de la Plataforma podrán pagarse en euros (EUR) o eslotis polacos (PLN), según las condiciones del servicio y los métodos de pago disponibles.

12.5. Antes de contratar o activar un servicio de pago, deberá facilitarse al Usuario información sobre el importe y las principales condiciones de uso.

12.6. La tasa de verificación y activación de la Cuenta asciende a 10 EUR o 20 PLN y se cobra por cada Cuenta sujeta a verificación de pago.

12.7. La verificación de la Cuenta mediante una transferencia en PLN permite confirmar la cuenta bancaria para los anticipos en PLN conforme a las reglas aplicables.

12.8. Si un Usuario ha verificado su Cuenta mediante una transferencia de 20 PLN y después desea recibir anticipos en EUR, deberá completar una verificación adicional mediante una transferencia de 10 EUR desde una cuenta bancaria del empresario representado.

12.9. La verificación adicional en EUR sirve para confirmar la cuenta bancaria a efectos de recepción de anticipos en dicha moneda y no requiere crear otra Cuenta de Usuario.

12.10. La Plataforma permite indicar una única cuenta bancaria del Usuario para recibir anticipos. Cambiar la cuenta indicada o el alcance de su verificación podrá requerir nueva confirmación de los datos conforme a las reglas de la función.

12.11. Los anticipos por servicios de transporte se realizan directamente entre las partes del contrato. El Administrador no los recibe en su cuenta ni interviene en su transmisión.

12.12. La confirmación de una cuenta bancaria por el Administrador no garantiza la solvencia del empresario, la ejecución del transporte ni la correcta liquidación de anticipos entre las partes.

12.13. Las condiciones detalladas de pago, cálculo de comisiones, uso de puntos y liquidación de servicios se establecen en las disposiciones posteriores y en la Lista de precios.

 

13. Disposiciones complementarias

13.1. El Administrador podrá desarrollar la Plataforma introduciendo nuevas funciones y modernizando las herramientas existentes.

13.2. La introducción de una nueva función no modifica automáticamente las condiciones de contratos de servicios celebrados anteriormente.

13.3. Cuando una nueva función requiera condiciones de uso adicionales, el Administrador las facilitará antes de comenzar a prestar el servicio.

13.4. En caso de contradicción entre disposiciones generales y condiciones particulares de un servicio, prevalecerán las condiciones particulares cuando sean conformes con la legislación vigente y se hayan incorporado válidamente al contrato.

13.5. Las modificaciones de las Condiciones generales se realizarán conforme a sus disposiciones finales y a la legislación vigente.

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CAPÍTULO II. REGISTRO DE CUENTAS

1. Condiciones de registro

1.1. El registro de una Cuenta en la Plataforma de Transporte está reservado a empresarios, incluidas personas físicas que ejerzan actividades económicas, personas jurídicas y entidades con capacidad jurídica, que actúen por medio de sus representantes autorizados.

1.2. No se permite registrar una Cuenta a personas físicas que actúen como consumidores.

1.3. Quien registre una Cuenta en nombre de un empresario declara ser mayor de 18 años y estar facultado para representarlo o autorizado por él para utilizar la Plataforma de Transporte.

1.4. Una empresa puede tener varias Cuentas individuales de Usuario. Cada Cuenta requiere un registro independiente; para obtener todas las facultades es necesario cumplir los requisitos correspondientes al tipo de Cuenta.

1.5. El simple registro de una Cuenta no implica automáticamente su verificación ni concede acceso a todas las funciones de la Plataforma.

1.6. El uso por parte de un conductor de un enlace individual del Panel del Conductor UPPT no requiere registrar una Cuenta. El conductor solo puede utilizar las funciones facilitadas para el encargo de transporte específico.

2. Datos exigidos para el registro

2.1. Para crear una Cuenta, el Usuario debe cumplimentar correctamente el formulario de registro disponible en el Servicio.

2.2. Durante el registro, el Usuario indica especialmente:

a) Nombre completo: la denominación oficial completa de la empresa representada por el Usuario, conforme a los datos inscritos en el registro mercantil o en el registro correspondiente de actividades empresariales. En el caso de una empresa individual, se entenderá el nombre completo de la actividad empresarial, que deberá incluir el nombre y los apellidos del titular;

b) Nombre de usuario: identificador individual utilizado para iniciar sesión en el Servicio;

c) Contraseña y confirmación de contraseña: credenciales individuales que cumplan los requisitos de seguridad establecidos en el formulario;

d) Dirección de correo electrónico: dirección activa que permita confirmar el registro, comunicarse con el Administrador y recibir avisos sobre los servicios de la Plataforma.

2.3. El Usuario debe completar los datos exigidos del empresario representado, conforme al formulario de registro.

2.4. Podrá solicitarse al Usuario que indique la finalidad del registro y las funciones que desea utilizar. La indicación de una finalidad no supone la concesión automática de los permisos correspondientes.

2.5. Todos los datos facilitados durante el registro deberán ser veraces, actuales y permitir identificar al Usuario y al empresario representado.

2.6. Queda prohibido facilitar información falsa, suplantar a otros empresarios o personas físicas y registrar Cuentas en nombre de entidades sin autorización.

2.7. El Administrador podrá solicitar completar los datos o presentar información adicional necesaria para realizar correctamente el registro y la verificación.

3. Procedimiento de registro de Cuenta

3.1. Para crear una Cuenta, el Usuario deberá:

a) cumplimentar el formulario disponible en el Servicio;

b) completar todos los campos obligatorios;

c) facilitar datos veraces del empresario representado;

d) leer las Condiciones generales del Servicio y confirmar su aceptación;

e) enviar el formulario de registro mediante el botón correspondiente.

3.2. Tras enviar el formulario, el sistema registra la solicitud y envía al correo indicado un mensaje que permite confirmar el registro de la Cuenta.

3.3. El Usuario debe confirmar el registro activando el enlace correspondiente incluido en el correo electrónico.

3.4. La confirmación del correo electrónico no implica que haya concluido la verificación íntegra del empresario ni que se hayan concedido todos los permisos de la Plataforma.

3.5. Una Cuenta registrada puede permanecer inactiva o con permisos limitados hasta que se cumplan las condiciones del tipo de acceso correspondiente.

3.6. El registro y la aceptación de las Condiciones generales constituyen la base para utilizar los servicios de la Plataforma conforme a dichas Condiciones, también en el caso de Cuentas no verificadas íntegramente.

4. Verificación del empresario y de la Cuenta de Usuario

4.1. Para obtener el estado de Cuenta verificada es necesario superar satisfactoriamente el proceso de verificación realizado por el Administrador.

4.2. El proceso comprende especialmente:

a) contrastar los datos del registro con los datos del empresario que figuran en los registros correspondientes;

b) comprobar los documentos registrales exigidos;

c) confirmar la facultad del Usuario para representar al empresario indicado;

d) en el caso de empresarios de transporte, comprobar los documentos relativos a las licencias, permisos y demás autorizaciones exigidas;

e) confirmar el pago de la tasa de verificación desde una cuenta bancaria del empresario representado.

4.3. El Administrador podrá consultar registros públicos de empresarios y otras fuentes de información obtenida lícitamente para verificar los datos y autorizaciones de estos.

4.4. El Administrador se reserva el derecho a contactar por teléfono o por medios electrónicos con el empresario o su representante autorizado para confirmar la veracidad de los datos de la solicitud.

4.5. En casos justificados, podrá solicitar documentos, aclaraciones o información adicional necesarios para concluir la verificación.

4.6. Durante la verificación, el Administrador podrá analizar información fiable sobre la actividad del empresario procedente de registros públicos, fuentes sectoriales u otras fuentes lícitas.

4.7. Si surgen dudas justificadas sobre la fiabilidad del empresario, sus autorizaciones o la veracidad de los datos, el Administrador podrá suspender la verificación hasta recibir aclaraciones adicionales.

4.8. El Usuario debe colaborar con el Administrador en la medida necesaria para la verificación.

5. Tasa de verificación y activación de la Cuenta

5.1. La tasa por la verificación íntegra y activación de la Cuenta asciende a:

10 EUR o 20 PLN.

5.2. La tasa se cobra individualmente por cada Usuario sujeto a verificación de pago, incluso si varios Usuarios representan al mismo empresario.

5.3. La tasa de verificación debe abonarse por transferencia bancaria desde la cuenta empresarial del empresario representado.

5.4. La transferencia se realizará a la cuenta de Idea Business Sp. z o.o. indicada en el Servicio, de manera que se pueda identificar al empresario y la Cuenta objeto de verificación.

5.5. El Administrador inicia la verificación íntegra después de recibir los documentos exigidos y confirmar el ingreso de la tasa.

5.6. El pago de la tasa no otorga automáticamente el estado de Cuenta verificada; este requiere completar satisfactoriamente todas las comprobaciones exigidas.

5.7. La falta de pago no provoca automáticamente la eliminación de la Cuenta ni la prohibición temporal de activarla posteriormente.

5.8. Están exentas de la tasa de verificación íntegra las Cuentas de empresarios invitados por el propietario de un Tablón Privado a colaborar en ese Tablón, en los términos de estas Condiciones generales.

6. Verificación de la cuenta bancaria para recibir anticipos

6.1. La transferencia realizada para la verificación sirve asimismo para identificar la cuenta bancaria del empresario.

6.2. La cuenta desde la que se efectúe correctamente una transferencia de verificación podrá reconocerse como cuenta confirmada para recibir anticipos asociados a servicios de transporte.

6.3. La Plataforma permite indicar una sola cuenta bancaria vigente destinada a recibir anticipos.

6.4. Verificar la Cuenta mediante una transferencia de 20 PLN no activa automáticamente la recepción de anticipos en EUR.

6.5. El Usuario que haya verificado la Cuenta en PLN y pretenda recibir anticipos en EUR deberá realizar una verificación adicional mediante una transferencia de 10 EUR desde la cuenta bancaria correspondiente del empresario representado.

6.6. Esta verificación adicional en EUR no exige crear otra Cuenta de Usuario.

6.7. La indicación de una cuenta para recibir anticipos no implica intermediación del Administrador en la transferencia de fondos entre las partes del contrato de transporte.

6.8. Los anticipos por servicios de transporte se transfieren directamente entre el Cliente del transporte y el Transportista u otro Contratista autorizado, sin pasar por la cuenta bancaria del Administrador.

6.9. La confirmación de una cuenta bancaria no garantiza la solvencia del empresario, la ejecución del transporte ni la correcta liquidación del anticipo.

6.10. El Administrador podrá exigir una nueva confirmación si cambian los datos bancarios o se detectan irregularidades justificadas.

7. Activación de la Cuenta verificada

7.1. Una vez concluida satisfactoriamente la verificación, el Administrador activa la Cuenta y concede los permisos correspondientes para utilizar la Plataforma de Transporte.

7.2. La activación tiene lugar en un máximo de 48 horas desde el cumplimiento de todos los requisitos, incluidos la entrega de documentos y el abono de la tasa, sin contar domingos ni festivos legalmente establecidos.

7.3. La Cuenta que supere satisfactoriamente la verificación obtiene el estado de Cuenta verificada.

7.4. La Cuenta verificada se identifica en el Servicio mediante un símbolo gráfico, especialmente una marca verde de verificación.

7.5. La concesión de este estado significa que el Administrador ha efectuado determinadas comprobaciones sobre los datos y documentos exigidos del empresario.

7.6. El estado de Cuenta verificada no garantiza la solvencia, fiabilidad, vigencia de todas las autorizaciones ni correcta prestación de servicios por parte del empresario.

7.7. Los Usuarios deben evaluar por sí mismos las condiciones de colaboración y los riesgos comerciales de contratar con otros empresarios.

8. Registro mediante invitación de un socio

8.1. La Plataforma permite registrar una Cuenta mediante una invitación individual o un enlace de socio enviado por otro Usuario del Servicio.

8.2. Registrarse mediante un enlace de socio ordinario no exime de la verificación íntegra ni de pagar la tasa de 10 EUR o 20 PLN cuando se pretendan utilizar funciones reservadas a Cuentas verificadas.

8.3. Recibir una invitación de socio no concede automáticamente acceso a Tablones Privados ni a otras funciones destinadas a Usuarios verificados.

8.4. El Usuario registrado mediante una invitación de socio ordinaria está sujeto a las normas habituales de verificación y activación.

8.5. Se exceptúa la invitación enviada por el propietario de un Tablón Privado determinado para colaborar en él, con arreglo al apartado 9 del presente capítulo.

9. Invitación a un Tablón Privado sin verificación íntegra

9.1. El propietario de un Tablón Privado que disponga de los permisos correspondientes podrá invitar a empresarios a colaborar en él.

9.2. El empresario invitado a colaborar en un Tablón Privado concreto podrá crear una Cuenta sin pagar la tasa normal de verificación de 10 EUR o 20 PLN.

9.3. Tras completar correctamente el registro mediante una invitación a un Tablón Privado determinado, el Usuario obtiene automáticamente acceso limitado a ese Tablón, en la medida prevista por la invitación y los permisos establecidos por su propietario.

9.4. La Cuenta del Usuario que no haya completado la verificación íntegra mostrará el aviso:

«Atención: ¡Cuenta no verificada!»

9.5. El propietario del Tablón Privado determina el alcance de las funciones disponibles para el Usuario invitado.

9.6. Mediante las herramientas de gestión disponibles, el propietario del Tablón Privado podrá, en particular:

a) conceder determinados permisos;

b) modificar el alcance de los permisos concedidos;

c) suspender temporalmente el acceso al Tablón;

d) restablecer el acceso suspendido anteriormente;

e) eliminar al Usuario de ese Tablón Privado.

9.7. El acceso a un Tablón Privado determinado no implica acceso automático a otros Tablones ni a funciones que requieren verificación íntegra.

9.8. Un Usuario con Cuenta no verificada podrá solicitar la verificación íntegra conforme a las Condiciones generales.

9.9. Una vez concluida satisfactoriamente, la Cuenta podrá adquirir el estado de verificada y acceder a funciones adicionales según los permisos concedidos.

9.10. La exención de la tasa de verificación no exime al empresario de poseer las licencias, permisos y otras autorizaciones legalmente exigidas para prestar servicios de transporte.

9.11. Eliminar a un Usuario de un Tablón Privado no supone eliminar automáticamente su Cuenta ni el historial de colaboración, documentos u otros datos conservados conforme a estas Condiciones generales y la legislación aplicable.

10. Disponibilidad de un Tablón Privado propio

10.1. La posibilidad de crear y gestionar un Tablón Privado propio está disponible para empresarios que hayan superado la verificación íntegra de la Cuenta.

10.2. La disponibilidad de esta función se decide en el marco de la cooperación individual con el Administrador, teniendo en cuenta la actividad del empresario y la finalidad del Tablón Privado.

10.3. La verificación satisfactoria de una Cuenta no implica automáticamente la concesión del derecho a crear o gestionar un Tablón Privado propio.

10.4. Los permisos para gestionar un Tablón Privado se conceden por decisión individual del Administrador.

10.5. El empresario al que se haya facilitado un Tablón Privado podrá gestionar la cooperación con los contratantes invitados y utilizar las funciones administrativas reservadas a su propietario.

10.6. Las disposiciones posteriores regulan detalladamente el uso de los Tablones Privados y la gestión de sus participantes.

11. Varias Cuentas de Usuario que representan a una empresa

11.1. La Plataforma permite crear varias Cuentas individuales de Usuario que representen al mismo empresario.

11.2. Cada Cuenta tiene credenciales independientes y está asignada a un Usuario determinado.

11.3. Cada Cuenta sujeta a verificación íntegra requiere una verificación individual y el pago de la tasa correspondiente.

11.4. La obtención del estado verificado por un Usuario no concede automáticamente ese estado a las demás Cuentas que representen al mismo empresario.

11.5. El empresario debe garantizar que quienes utilicen las Cuentas asociadas a su actividad cuenten con las autorizaciones correspondientes.

11.6. El Usuario no podrá compartir sus credenciales con personas no autorizadas.

11.7. La responsabilidad del empresario y de cada Usuario por las operaciones realizadas mediante las Cuentas se rige por la legislación aplicable y las disposiciones siguientes.

12. Cuentas inactivas y no verificadas

12.1. La Cuenta registrada que no haya obtenido los permisos necesarios para usar las funciones de la Plataforma podrá permanecer en el sistema como Cuenta inactiva.

12.2. Una Cuenta inactiva carece de acceso a las funciones reservadas a Usuarios activos, salvo en la medida en que el Administrador le conceda permisos admisibles según las Condiciones generales.

12.3. La falta de pago de la tasa de verificación no provoca la eliminación automática de la Cuenta ni la prohibición temporal de activarla posteriormente.

12.4. El Usuario podrá solicitar en otro momento la verificación íntegra y los permisos correspondientes tras cumplir los requisitos establecidos.

12.5. Mantener una Cuenta inactiva por no haber concluido su verificación no constituye una sanción por incumplimiento de las Condiciones generales.

12.6. El Administrador podrá enviar al correo asociado a la Cuenta comunicaciones del sistema sobre su registro, estado, seguridad y condiciones de uso del Servicio.

12.7. La Cuenta de un Usuario invitado a un Tablón Privado con acceso limitado y sin verificación íntegra no se considera totalmente inactiva respecto de las funciones facilitadas por el propietario de dicho Tablón.

12.8. La conservación de datos de Cuentas inactivas se rige por la Política de Privacidad, teniendo en cuenta la legislación de protección de datos.

13. Verificación adicional o repetida de la Cuenta

13.1. El Administrador podrá volver a verificar la Cuenta o realizar comprobaciones adicionales si surgen dudas justificadas sobre la exactitud de los datos del Usuario o el cumplimiento continuado de los requisitos de uso.

13.2. Una nueva verificación podrá justificarse especialmente por:

a) modificación de los datos registrales del empresario;

b) modificación o pérdida de autorizaciones, licencias o permisos exigidos;

c) discrepancias entre los datos de la Cuenta y la información disponible;

d) sospecha fundada de uso no autorizado de la Cuenta;

e) circunstancias que indiquen posibles infracciones de las Condiciones generales o la legislación;

f) necesidad de volver a confirmar los datos bancarios.

13.3. El Administrador podrá exigir documentos o aclaraciones adicionales para concluir la verificación.

13.4. Si se detectan irregularidades relevantes, podrá limitar el acceso a determinadas funciones hasta que se esclarezca el asunto, conforme a las Condiciones generales y a la legislación aplicable.

14. Denegación de la activación de la Cuenta

14.1. El Administrador podrá denegar la activación en caso de:

a) facilitar datos falsos;

b) presentar documentos cuya autenticidad suscite dudas justificadas;

c) carecer de las autorizaciones necesarias para la actividad declarada;

d) no poder confirmar los datos del empresario o la facultad del Usuario para representarlo;

e) negarse a presentar documentos necesarios para la verificación;

f) detectar circunstancias relevantes que indiquen un intento de eludir las Condiciones generales o utilizar la Plataforma de manera ilícita.

14.2. También podrá denegarse la activación cuando el nuevo Usuario represente a un empresario cuya Cuenta anterior haya sido suspendida, bloqueada o eliminada por una infracción grave de las Condiciones generales o de la legislación, si las circunstancias justifican dicha restricción.

14.3. Antes de adoptar una decisión definitiva, el Administrador podrá solicitar aclaraciones adicionales al Usuario.

14.4. La denegación deberá basarse en circunstancias justificadas y respetar la legislación vigente.

14.5. El Usuario podrá solicitar al Administrador explicaciones sobre los motivos de la denegación y una nueva revisión conforme a las Condiciones generales.

15. Devolución de la tasa de verificación

15.1. La tasa de verificación remunera las operaciones de identificación y verificación de la Cuenta de Usuario.

15.2. Si ya se ha iniciado el proceso, un resultado negativo no constituye por sí solo motivo para devolver la tasa correspondiente a las comprobaciones efectivamente realizadas, sin perjuicio de las disposiciones legales aplicables.

15.3. Cuando el servicio de verificación no se preste por causas imputables al Administrador, la posible devolución se regirá por la legislación aplicable y las normas de reclamación de estas Condiciones generales.

15.4. Estas disposiciones no excluyen los derechos del Usuario derivados de normas imperativas.

16. Obligación de actualizar los datos

16.1. El Usuario debe facilitar datos veraces y mantenerlos actualizados durante todo el período de utilización de la Plataforma.

16.2. La obligación de actualización se refiere especialmente a:

a) razón social y datos registrales del empresario;

b) domicilio social;

c) datos de contacto;

d) facultades de representación;

e) licencias, permisos y demás documentos exigidos;

f) datos de la cuenta bancaria utilizada para anticipos.

16.3. Si se producen cambios significativos que puedan afectar al estado de verificación, el Usuario debe informar inmediatamente al Administrador.

16.4. Si pierde las autorizaciones necesarias para ejercer actividades de transporte, deberá dejar de ofrecer servicios que legalmente no pueda realizar.

16.5. El Administrador podrá exigir una nueva presentación de documentos o datos para confirmar que se siguen cumpliendo los requisitos de uso.

17. Protección de datos personales y comunicación electrónica

17.1. Los datos personales de los Usuarios y representantes de empresarios se tratan conforme a la legislación vigente, especialmente al RGPD.

17.2. El tratamiento podrá realizarse en la medida necesaria para:

a) mantener la Cuenta;

b) identificar y verificar al Usuario;

c) prestar servicios electrónicos;

d) cumplir las obligaciones legales del Administrador;

e) garantizar la seguridad del Servicio;

f) ejercer o defender reclamaciones cuando exista una base jurídica apropiada.

17.3. El registro de una Cuenta no implica automáticamente consentimiento para tratar datos personales con fines comerciales.

17.4. Si un tratamiento determinado requiere el consentimiento del Usuario, este deberá obtenerse por separado de conformidad con la legislación vigente.

17.5. El Administrador podrá enviar comunicaciones del sistema relativas, especialmente, a:

a) confirmación del registro;

b) activación y verificación de la Cuenta;

c) modificaciones del estado de la Cuenta y los permisos;

d) seguridad de la Cuenta;

e) pagos relativos a servicios de la Plataforma;

f) cambios de las Condiciones generales y de las condiciones de prestación de servicios;

g) otras operaciones de gestión de la Cuenta y prestación de servicios electrónicos.

17.6. Las comunicaciones del sistema relacionadas con la Cuenta y los servicios no constituyen un boletín publicitario.

17.7. Los fines, bases jurídicas, plazos de conservación y derechos de los interesados se explican detalladamente en la Política de Privacidad del Servicio.

18. Cancelación de la Cuenta de Usuario

18.1. El Usuario podrá solicitar la cancelación de la Cuenta mediante una declaración enviada al correo electrónico del Administrador indicado en el Servicio.

18.2. La solicitud deberá enviarse desde el correo asociado a la Cuenta o por otro medio que permita verificar la legitimación del solicitante.

18.3. El Administrador podrá efectuar comprobaciones adicionales de identidad para proteger la Cuenta.

18.4. Tras aprobar la solicitud, el Administrador adoptará medidas para poner fin a los servicios relacionados con la Cuenta y retirar sus datos de la presentación pública del Servicio.

18.5. Los datos de la Cuenta se retirarán de la publicación en un plazo máximo de 30 días desde la aceptación de una solicitud válida y la confirmación de la legitimación del solicitante, con las reservas derivadas de la ley.

18.6. La cancelación de la Cuenta no elimina automáticamente todos los datos y documentos relacionados con contratos celebrados, transportes realizados, pagos e historial de operaciones de la Plataforma.

18.7. Podrán conservarse, durante los períodos legalmente exigidos, los datos necesarios para cumplir obligaciones legales, proteger derechos de otros participantes o ejercitar y defender reclamaciones.

18.8. En los demás casos se aplicarán los plazos de conservación de la Política de Privacidad y las normas específicas de retención documental.

18.9. Cancelar la Cuenta individual de un Usuario no elimina automáticamente las de los demás Usuarios que representen al mismo empresario.

18.10. La cancelación no exime a las partes de contratos de transporte de sus obligaciones contractuales ni legales.

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CAPÍTULO III. SERVICIOS Y FUNCIONES DE LA PLATAFORMA DE TRANSPORTE

§ 1. Alcance de los servicios prestados por la Plataforma de Transporte

1.1. La Plataforma de Transporte es un sistema informático en línea destinado a apoyar la organización, ejecución y liquidación de servicios de transporte y la gestión de relaciones comerciales entre empresarios.

1.2. El Administrador facilita a los Usuarios servicios y funciones que permiten especialmente:

a) publicar, consultar y gestionar anuncios de transporte;

b) establecer relaciones entre Clientes del transporte, Transportistas y otros participantes;

c) presentar, aceptar y gestionar ofertas de transporte;

d) preparar, generar, celebrar y gestionar contratos de transporte electrónicamente;

e) automatizar determinadas operaciones de organización del transporte;

f) supervisar las etapas de ejecución del transporte;

g) transmitir información sobre llegadas, cargas, descargas y retrasos;

h) generar y gestionar cartas de porte internacionales CMR y cartas de porte nacionales;

i) confirmar electrónicamente determinadas operaciones del transporte;

j) conservar, compartir, enviar, descargar y archivar documentación de transporte;

k) generar informes y exportar documentos y datos;

l) gestionar contratantes, socios de transporte y permisos de Usuarios;

m) utilizar el sistema de notificaciones y alertas;

n) emplear los puntos de pago de la Plataforma;

o) intercambiar datos con sistemas informáticos externos;

p) utilizar los servicios de formación, información y otros servicios adicionales ofrecidos.

1.3. Las distintas funciones pueden prestarse gratuita u onerosamente conforme a las Condiciones generales, la Lista de precios y las condiciones del servicio.

1.4. El uso de la Plataforma no requiere suscripción ni pago de cuotas periódicas.

1.5. Los servicios disponibles dependen del estado de la Cuenta, permisos, tipo de actividad y funciones facilitadas al Usuario.

1.6. La descripción de funciones en las Condiciones generales no implica que todos los servicios estén disponibles para todos los Usuarios. El acceso puede depender del cumplimiento de requisitos específicos.

1.7. El Administrador podrá ampliar los servicios, introducir nuevas funciones y modernizar las existentes, respetando estas Condiciones generales y la ley.

 

§ 2. Servicios gratuitos

2.1. La Plataforma ofrece determinados servicios gratuitos cuyo alcance puede depender del estado del Usuario y las reglas de acceso a las distintas secciones.

2.2. Entre los servicios gratuitos se encuentran especialmente:

a) consultar la información pública del Servicio;

b) leer artículos, guías, instrucciones y otros materiales informativos;

c) consultar los anuncios del Tablón de Vehículos accesibles públicamente;

d) consultar otros contenidos que el Administrador haya puesto a disposición sin pago;

e) utilizar funciones gratuitas destinadas a determinadas categorías de Usuarios;

f) publicar anuncios en el Tablón Público conforme al Capítulo IV;

g) utilizar otros servicios expresamente identificados como gratuitos.

2.3. Algunos servicios gratuitos pueden requerir registro, permisos determinados o una verificación satisfactoria.

2.4. La gratuidad de una función no implica automáticamente la de todos los servicios relacionados.

2.5. Si una función es de pago, deberá comunicarse la tarifa correspondiente antes de contratarla o activarla.

 

§ 3. Contrato de Transporte de la Plataforma de Transporte (UPPT)

3.1. La Plataforma pone a disposición el sistema UPPT – Contrato de Transporte de la Plataforma de Transporte, que permite preparar, generar, celebrar y gestionar contratos electrónicamente.

3.2. El sistema UPPT permite especialmente:

a) preparar un contrato de transporte utilizando datos del encargo;

b) completar y verificar los datos de las partes;

c) determinar los lugares y fechas de carga y descarga;

d) especificar las mercancías transportadas y sus características;

e) determinar las condiciones económicas y organizativas del transporte;

f) indicar los documentos exigidos para la liquidación del servicio;

g) preparar el documento contractual para su aprobación por las partes correspondientes;

h) registrar operaciones relativas a la celebración y ejecución del contrato;

i) gestionar modificaciones y correcciones de los datos dentro de las posibilidades del sistema;

j) generar documentos e informes relativos al contrato.

3.3. Los datos de un contrato UPPT pueden obtenerse del anuncio de transporte y completarse o modificarse por Usuarios autorizados según las posibilidades del sistema.

3.4. Los Usuarios responsables de preparar y celebrar el contrato deben revisar su contenido, especialmente los datos de las partes, mercancías, fechas, remuneración y demás condiciones.

3.5. El sistema podrá registrar las modificaciones y correcciones, incluido su alcance, fecha e identificación del Usuario que las realizó.

3.6. UPPT puede utilizarse tanto para contratos basados en anuncios como mediante otras funciones de la Plataforma, siempre que se haya previsto su uso para la operación.

3.7. El contrato UPPT se celebra entre las partes de la operación. El Administrador facilita herramientas para prepararlo, celebrarlo y gestionarlo, pero no es parte del contrato de transporte.

3.8. Las disposiciones pertinentes y las condiciones de UPPT regulan la celebración, aprobación, modificación, ejecución y finalización de estos contratos.

 

§ 4. Automatización de procesos de transporte

4.1. La Plataforma ofrece herramientas para automatizar determinadas operaciones de organización de transportes y gestión de ofertas.

4.2. Entre estas herramientas destacan «Aceptar Flete» y «Asistente de Fletes».

4.3. «Aceptar Flete» permite al Usuario autorizado aceptar un encargo en las condiciones establecidas por el Cliente del transporte.

4.4. «Asistente de Fletes» permite al Cliente establecer condiciones con arreglo a las cuales el sistema podrá seleccionar y aceptar automáticamente una oferta.

4.5. Las condiciones de automatización podrán incluir especialmente:

a) precio inicial;

b) precio máximo admisible del transporte;

c) determinados umbrales de precio;

d) plazos de presentación de ofertas;

e) condiciones de aceptación automática;

f) otros criterios previstos en la configuración de la función.

4.6. Para activar la aceptación automática, el Usuario autorizado debe establecer y aprobar previamente las condiciones pertinentes.

4.7. La aceptación automática de una oferta puede dar lugar a un contrato de transporte entre los participantes correspondientes conforme a las condiciones aceptadas por las partes.

4.8. El contrato UPPT solo se genera automáticamente cuando se haya previsto utilizar este tipo de contrato para el encargo.

4.9. La automatización no exime de definir correctamente las condiciones del encargo ni de comprobar los datos que utiliza el sistema.

4.10. El Capítulo IV establece las reglas detalladas de «Aceptar Flete» y «Asistente de Fletes», incluidas la presentación, vigencia y aceptación automática de ofertas.

 

§ 5. Control logístico

5.1. La Plataforma ofrece herramientas de ayuda para comprobar datos de los transportes previstos.

5.2. El control logístico puede abarcar especialmente:

a) exactitud y compatibilidad de las fechas de transporte;

b) secuencia de las operaciones de carga y descarga;

c) correspondencia entre determinadas características de la carga y del vehículo;

d) integridad de los datos de transporte exigidos;

e) compatibilidad entre condiciones del encargo y configuración de funciones automáticas;

f) otras reglas de control ofrecidas por el Administrador.

5.3. Los resultados podrán presentarse como mensajes informativos, advertencias o avisos de errores detectados.

5.4. El Administrador podrá ofrecer funciones para volver a comprobar los datos tras modificarlos y confirmar la recepción de determinadas advertencias.

5.5. El control logístico es auxiliar y no sustituye la evaluación profesional de las condiciones del transporte ni las obligaciones de sus participantes.

5.6. La ausencia de advertencias no garantiza que todos los datos sean correctos ni que el transporte pueda realizarse.

5.7. Los Usuarios responden de la exactitud de los datos introducidos y de sus decisiones, sin perjuicio de la responsabilidad del Administrador por la correcta prestación de sus servicios electrónicos.

 

§ 6. Seguimiento de la ejecución del transporte

6.1. La Plataforma ofrece funciones para registrar y supervisar las etapas de un encargo de transporte.

6.2. El seguimiento podrá incluir especialmente:

a) inicio de la ejecución del encargo;

b) horas previstas de llegada a los lugares de carga y descarga;

c) comunicación de llegada al lugar de carga;

d) confirmación de carga realizada;

e) comunicación de llegada al lugar de descarga;

f) confirmación de descarga realizada;

g) comunicación de retrasos;

h) actualización de la hora prevista de llegada;

i) finalización de determinadas etapas del transporte;

j) transmisión de otra información relacionada con la ejecución del encargo.

6.3. La información de ejecución podrá ponerse a disposición del Cliente del transporte, del Transportista y de otros participantes autorizados según sus permisos.

6.4. El sistema podrá registrar fechas y horas de acontecimientos concretos y el historial de cambios de la información comunicada durante el transporte.

6.5. El seguimiento se basa en los datos disponibles en el sistema, especialmente los comunicados por los participantes.

6.6. Las horas previstas de llegada son estimaciones, salvo que las condiciones particulares del encargo atribuyan otro significado a la información comunicada.

6.7. El seguimiento no garantiza la puntualidad del transporte ni confirma de forma independiente la posición real del vehículo.

 

§ 7. Panel del Conductor

7.1. El Panel del Conductor permite transmitir información relativa a la ejecución de un transporte determinado.

7.2. Puede facilitarse el acceso mediante un enlace individual generado por un Usuario autorizado.

7.3. El uso de dicho enlace no requiere registrar una Cuenta independiente en la Plataforma de Transporte.

7.4. El Panel del Conductor puede permitir especialmente:

a) comunicar el inicio de una etapa del transporte;

b) indicar la hora prevista de llegada;

c) confirmar la llegada al lugar de carga o descarga;

d) comunicar la finalización de la carga o descarga;

e) comunicar retrasos;

f) introducir información operativa adicional disponible en el sistema;

g) acceder a documentos relacionados con el transporte;

h) realizar operaciones de gestión electrónica de la documentación de transporte.

7.5. Los datos visibles en el Panel del Conductor se limitan a la información facilitada mediante la autorización correspondiente.

7.6. El Usuario autorizado puede gestionar el acceso al Panel dentro de las funciones disponibles, especialmente desactivar el enlace.

7.7. Quien utilice el Panel del Conductor debe comunicar información ajustada a la realidad.

7.8. Compartir el enlace individual con una persona no autorizada puede revelar datos del transporte. El Usuario que lo facilite deberá adoptar precauciones apropiadas.

 

§ 8. Cartas de porte internacionales y nacionales

8.1. La Plataforma facilita herramientas para preparar, generar y gestionar documentos de transporte, especialmente:

a) cartas de porte internacionales por carretera CMR;

b) cartas de porte nacionales;

c) otros documentos previstos para la función correspondiente.

8.2. Los documentos podrán prepararse a partir de datos del contrato UPPT y de información facilitada por los participantes autorizados.

8.3. El sistema podrá permitir crear más de una carta de porte vinculada al mismo contrato UPPT.

8.4. Cada documento podrá tener un número identificativo individual y datos que permitan asociarlo al contrato y operación de transporte correspondientes.

8.5. La gestión documental podrá incluir actuaciones del Remitente, Transportista, Conductor y Destinatario según sus permisos.

8.6. Dentro de las funciones disponibles, el sistema podrá permitir:

a) completar los datos del documento;

b) revisar su contenido;

c) introducir los datos del vehículo;

d) incorporar observaciones y reservas;

e) registrar confirmaciones y firmas electrónicas en la forma prevista por el sistema;

f) generar el documento PDF;

g) descargar el documento;

h) almacenarlo en el Banco de Documentos;

i) compartirlo con participantes autorizados.

8.7. Los Usuarios responsables de emitir un documento deben asegurar que su contenido corresponde a la realidad y cumple los requisitos legales.

8.8. Preparar o generar electrónicamente un documento mediante la Plataforma no implica automáticamente cumplir todas las formalidades exigidas para ese tipo de documento.

8.9. En particular, las confirmaciones electrónicas disponibles en la Plataforma no satisfacen necesariamente los requisitos legales específicos de las cartas de porte electrónicas eCMR.

8.10. Las condiciones específicas de cada función regulan detalladamente la emisión, confirmación y puesta a disposición de los documentos.

 

§ 9. Confirmaciones electrónicas e historial de operaciones

9.1. La Plataforma permite registrar determinadas operaciones y declaraciones relacionadas con la preparación, celebración y ejecución de contratos de transporte.

9.2. El sistema podrá registrar especialmente:

a) fecha y hora de la operación;

b) tipo de operación realizada;

c) datos identificativos del Usuario o de la persona que utiliza el enlace facilitado;

d) información sobre las confirmaciones efectuadas;

e) historial de modificaciones de documentos;

f) observaciones o reservas introducidas;

g) otros datos técnicos necesarios para documentar un proceso determinado.

9.3. El historial de operaciones puede emplearse para reconstruir la ejecución del encargo y documentar acontecimientos concretos.

9.4. Los datos registrados dependen del tipo de función y de los mecanismos técnicos empleados.

9.5. Una confirmación electrónica registrada por la Plataforma constituye constancia de una actuación o declaración. Su valor jurídico se determinará según las normas aplicables y las circunstancias del caso.

9.6. El sistema podrá utilizar mecanismos para controlar la integridad de datos y documentos, como identificadores documentales y sumas de comprobación calculadas con funciones hash.

9.7. La comprobación de integridad no garantiza por sí misma la autenticidad de la identidad de la persona que confirma.

 

§ 10. Banco de Documentos

10.1. El Banco de Documentos es una función de la Plataforma destinada a almacenar, organizar y compartir documentación relacionada con los servicios, especialmente con la celebración y ejecución de contratos de transporte.

10.2. El Banco de Documentos puede incluir especialmente:

a) contratos UPPT;

b) cartas de porte internacionales CMR;

c) cartas de porte nacionales;

d) documentos que acrediten determinadas operaciones de transporte;

e) documentos exigidos para liquidar el transporte;

f) informes de ejecución de contratos;

g) documentación sobre modificaciones y correcciones;

h) historial de confirmaciones electrónicas;

i) otros documentos de los encargos realizados.

10.3. Los documentos disponibles dependen del tipo de contrato, funciones utilizadas y permisos del Usuario.

10.4. Pueden asociarse a un contrato UPPT, encargo, carta de porte u otro identificador empleado por la Plataforma.

10.5. El Banco de Documentos permite organizar la documentación y localizarla posteriormente según las funciones disponibles.

10.6. Solo podrán acceder a la documentación las personas y entidades autorizadas, de conformidad con la legislación aplicable.

10.7. El Administrador podrá emplear medidas técnicas para proteger los documentos almacenados frente al acceso no autorizado, pérdida accidental y modificación indebida.

10.8. El Banco de Documentos no constituye un servicio de almacenamiento indefinido, salvo disposición expresa en las condiciones especiales del servicio.

10.9. Su utilización no exime al Usuario de las obligaciones legales de conservación de documentos.

 

§ 11. Envío, puesta a disposición y descarga de documentos

11.1. La Plataforma permite a los Usuarios autorizados utilizar funciones de circulación electrónica de documentos.

11.2. Mediante las herramientas disponibles podrán especialmente:

a) cargar documentos en las secciones correspondientes;

b) compartir documentos con otros participantes autorizados;

c) descargar los documentos almacenados;

d) generar documentos en los formatos disponibles para cada función;

e) utilizar mecanismos automáticos de transmisión documental;

f) descargar paquetes de documentos;

g) exportar datos asociados a documentos concretos.

11.3. Los documentos podrán compartirse mediante el panel del Usuario, un enlace individual, una función del Banco de Documentos u otro mecanismo previsto por el sistema.

11.4. Según la función, el sistema podrá enviar automáticamente documentos o notificaciones sobre su disponibilidad a las direcciones de correo indicadas.

11.5. El envío automático de un mensaje no garantiza su entrega efectiva en la bandeja de entrada del destinatario.

11.6. El Usuario debe facilitar datos de contacto correctos y garantizar que puede recibir comunicaciones electrónicas relacionadas con los servicios.

11.7. El Usuario autorizado podrá descargar documentos mientras estén disponibles en el sistema.

11.8. La descarga de un documento no elimina automáticamente el archivo original guardado en el Banco de Documentos.

11.9. Las funciones de descarga, envío y puesta a disposición pueden variar según la función del Usuario y el tipo de documento.

11.10. El Administrador podrá registrar acontecimientos relacionados con la circulación electrónica de documentos cuando sea necesario para prestar los servicios, garantizar la seguridad y documentar las operaciones.

 

§ 12. Período de conservación y archivo de documentación

12.1. La documentación guardada en el Banco de Documentos está sujeta a las reglas de retención de esta función.

12.2. El período de conservación podrá depender del tipo de documento, la naturaleza del servicio y las disposiciones legales aplicables.

12.3. Conforme al modelo de funcionamiento del Banco de Documentos, se prevé transmitir automáticamente al Usuario autorizado, en el día 90 del período de conservación, la documentación incluida en el mecanismo de envío y eliminarla programadamente del Banco el día 121 de dicho período, sin perjuicio de los documentos cuya conservación más prolongada sea legalmente obligatoria.

12.4. Las reglas del Banco de Documentos facilitadas al Usuario determinan cómo empieza el período de conservación, qué documentos se envían automáticamente y cómo se transmiten.

12.5. El Usuario debe descargar y proteger por su cuenta los documentos que desee conservar después de que dejen de estar disponibles en la Plataforma.

12.6. El Administrador podrá ofrecer funciones para descargar documentos individualmente o en paquetes.

12.7. Una vez vencido el período de conservación, los documentos podrán eliminarse del almacenamiento activo del Banco conforme a las reglas de retención.

12.8. La eliminación de documentos no supone necesariamente borrar todos los datos relacionados con el servicio, especialmente los que deban conservarse por ley o por otra base jurídica adecuada.

12.9. El Administrador no está obligado a conservar documentos indefinidamente una vez transcurrido el plazo previsto para el servicio.

12.10. El Usuario sigue siendo responsable de archivar por su cuenta la documentación según la normativa que le resulte aplicable.

 

§ 13. Informes, documentos PDF y exportación de datos

13.1. La Plataforma ofrece herramientas para generar documentos, informes y resúmenes de datos relacionados con sus servicios.

13.2. Según la función, el sistema podrá exportar documentos y datos en los siguientes formatos:

a) PDF: documentos, contratos, cartas de porte, informes y resúmenes;

b) CSV: conjuntos estructurados de datos destinados, entre otras cosas, a liquidaciones, facturación y procesamiento posterior;

c) JSON: datos en un formato que permite su procesamiento automático por sistemas informáticos;

d) XML: datos destinados al intercambio con sistemas externos;

e) ZIP: paquetes de documentos y datos.

13.3. La exportación puede incluir especialmente:

a) identificación del contrato de transporte;

b) datos de las partes;

c) información sobre la carga;

d) ruta y lugares de las operaciones de transporte;

e) fechas de carga y descarga;

f) información sobre remuneración y moneda de liquidación;

g) estados de ejecución del transporte;

h) documentación e historial de determinadas operaciones;

i) otros datos disponibles en el perfil de exportación correspondiente.

13.4. Los datos exportados dependen del tipo de documento, permisos del Usuario y configuración de las herramientas.

13.5. Podrán prepararse exportaciones para diferentes fines, especialmente Clientes del transporte, Transportistas, contabilidad y sistemas ERP y TMS.

13.6. El Administrador podrá ofrecer perfiles de exportación que permitan adaptar el alcance y la estructura de los datos a aplicaciones determinadas.

13.7. El Usuario responde del uso correcto de los datos descargados en sistemas externos y del cumplimiento de la normativa sobre tratamiento de datos.

13.8. Que un archivo esté disponible en un formato determinado no garantiza su compatibilidad automática con todos los sistemas externos.

 

§ 14. Paquetes colectivos de documentación ZIP

14.1. La Plataforma podrá ofrecer la descarga de paquetes de documentación vinculados a un contrato de transporte concreto.

14.2. El paquete podrá contener especialmente:

a) contrato de transporte en PDF;

b) cartas de porte relacionadas;

c) informe de ejecución del transporte;

d) documentos necesarios para su liquidación;

e) historial de operaciones y confirmaciones;

f) información sobre firmas y confirmaciones electrónicas registradas;

g) pruebas disponibles relativas al transporte;

h) archivos con datos que permiten comprobar la integridad documental.

14.3. Los archivos incluidos dependen del contrato, de los documentos disponibles y de la configuración del servicio.

14.4. El paquete podrá incluir un manifiesto con datos identificativos y técnicos de los archivos.

14.5. El sistema podrá emplear sumas de comprobación de documentos, especialmente funciones hash, para detectar modificaciones posteriores.

14.6. El paquete ZIP está destinado principalmente a descargar y archivar documentación de forma organizada.

14.7. La creación de un paquete ZIP no confiere por sí misma fuerza jurídica especial a los documentos ni verifica la identidad de quienes participaron en su preparación.

14.8. El Usuario deberá guardar los paquetes descargados con medidas que garanticen la seguridad e integridad documental.

 

§ 15. Mis Contratantes

15.1. La Plataforma ofrece la función «Mis Contratantes» para organizar y gestionar la colaboración entre empresarios, especialmente en Tablones Privados.

15.2. Permite a los Usuarios autorizados gestionar información sobre contratantes y su participación en determinadas formas de cooperación.

15.3. El propietario del Tablón Privado o un Usuario autorizado podrá especialmente:

a) consultar la lista de contratantes;

b) gestionar los participantes de la cooperación;

c) consultar los datos identificativos de los contratantes;

d) conceder y modificar permisos para un Tablón Privado;

e) suspender temporalmente el acceso de un contratante;

f) restablecer el acceso suspendido;

g) eliminar a un contratante de un Tablón Privado;

h) consultar el historial disponible de cooperación.

15.4. Cuando la función lo permita, el sistema podrá guardar notas privadas, marcas, categorías o valoraciones para la organización interna del Usuario.

15.5. La información del apartado 15.4 no constituye una valoración oficial del empresario realizada por el Administrador.

15.6. Eliminar a un contratante de un Tablón Privado implica revocar sus permisos para dicho Tablón.

15.7. Esta operación no elimina automáticamente su Cuenta de la Plataforma.

15.8. Eliminar a un contratante del Tablón no borra automáticamente el historial de cooperación, contratos UPPT, documentos de transporte ni otros datos cuya conservación esté amparada por la ley.

15.9. Si se vuelve a conceder acceso al mismo Tablón, la información sobre la cooperación anterior podrá seguir disponible conforme a los permisos y reglas de conservación de datos.

15.10. Conceder o revocar permisos mediante «Mis Contratantes» no implica conceder ni retirar el estado de Cuenta verificada por el Administrador.

15.11. El Capítulo IV contiene las normas detalladas de acceso a Tablones Privados y gestión de sus participantes.

 

§ 16. Tus Socios

16.1. La Plataforma ofrece la función «Tus Socios» para invitar a empresarios a utilizarla y establecer relaciones de transporte.

16.2. Podrán enviarse invitaciones especialmente a:

a) Transportistas;

b) Clientes del transporte;

c) fabricantes y remitentes de mercancías;

d) empresas comerciales;

e) transitarios;

f) otros empresarios participantes en procesos de transporte.

16.3. La invitación podrá incluir un enlace individual para registrar una Cuenta o incorporarse a una forma de cooperación.

16.4. Los permisos derivados de la invitación dependen de su tipo y de las normas de las Condiciones generales.

16.5. Una invitación de socio ordinaria, sin vinculación con un Tablón Privado concreto, no exime de la verificación íntegra.

16.6. Una invitación a un Tablón Privado concreto podrá permitir acceso limitado sin verificación de pago conforme al Capítulo II.

16.7. El Usuario de «Tus Socios» deberá emplear esta función conforme a su finalidad, a la ley y a las normas de comunicación electrónica.

16.8. Se prohíbe utilizar el sistema de invitaciones para enviar comunicaciones comerciales no solicitadas en infracción de la ley.

 

§ 17. Gestión de Usuarios de los Tablones Privados

17.1. La Plataforma ofrece funciones para gestionar a los Usuarios que cooperan dentro de los Tablones Privados.

17.2. Las facultades administrativas dependen de la función del Usuario y los permisos concedidos para cada Tablón.

17.3. Las funciones podrán permitir especialmente:

a) consultar los participantes del Tablón;

b) conceder acceso;

c) establecer el alcance de los permisos;

d) modificar permisos;

e) suspender temporalmente el acceso;

f) restablecer el acceso;

g) revocar permisos para un Tablón concreto.

17.4. El propietario decide el alcance de la cooperación con los empresarios invitados dentro de las funciones disponibles y la legislación vigente.

17.5. El acceso a un Tablón no implica permisos automáticos sobre otros Tablones o funciones que requieran verificación separada.

17.6. El sistema podrá registrar las operaciones de gestión de Usuarios para garantizar la seguridad, reconstruir el historial de cambios y resolver posibles controversias.

17.7. La revocación del acceso al Tablón no extingue automáticamente contratos de transporte celebrados anteriormente ni las obligaciones derivadas de ellos.

 

§ 18. Notificaciones y alertas del sistema

18.1. La Plataforma utiliza notificaciones para informar a los Usuarios de acontecimientos relacionados con sus servicios.

18.2. Podrán referirse especialmente a:

a) nuevos anuncios y ofertas de transporte;

b) aceptación o rechazo de una oferta;

c) preparación y celebración de un contrato UPPT;

d) modificaciones de las condiciones contractuales;

e) inicio de la ejecución del transporte;

f) llegada prevista del vehículo;

g) llegada al lugar de carga;

h) finalización de la carga;

i) llegada al lugar de descarga;

j) finalización de la descarga;

k) comunicación de retraso;

l) disponibilidad de documentos;

m) necesidad de descargar documentos;

n) próximo vencimiento del período de conservación documental;

o) cambios de permisos para Tablones Privados;

p) pagos relativos a servicios de la Plataforma;

q) seguridad de la Cuenta.

18.3. Podrán transmitirse por correo electrónico, panel del Usuario u otros mecanismos de comunicación del sistema.

18.4. Algunas notificaciones son funcionales y están relacionadas con la correcta prestación de servicios electrónicos.

18.5. La Plataforma podrá ofrecer alertas opcionales, incluidas las relativas a anuncios que cumplan criterios de búsqueda establecidos por el Usuario.

18.6. Cuando la función requiera configuración, el Usuario podrá gestionar los ajustes de notificación dentro de las opciones disponibles.

18.7. Las notificaciones operativas relacionadas con Cuentas, contratos, transportes y seguridad no constituyen un boletín publicitario.

18.8. El Administrador no garantiza la entrega inmediata e ininterrumpida de todas las notificaciones, especialmente ante problemas ajenos a su infraestructura.

18.9. El Usuario debe supervisar por su cuenta la información sobre sus contratos y transportes. La responsabilidad del Administrador por la prestación correcta del servicio de notificaciones se rige por las Condiciones generales y la legislación vigente.

 

§ 19. Sistema de puntos y servicios de pago

19.1. La Plataforma podrá utilizar un sistema de puntos para cobrar determinadas funciones y servicios.

19.2. Los puntos podrán utilizarse especialmente para:

a) activar determinados servicios;

b) publicar determinados anuncios;

c) utilizar funciones adicionales;

d) activar herramientas de automatización;

e) otras operaciones previstas en la Lista de precios.

19.3. El Administrador podrá conceder puntos en promociones, programas de incentivos, servicios adicionales u otros mecanismos previstos en las Condiciones generales.

19.4. La Lista de precios y las disposiciones correspondientes establecen cómo se adquieren, conceden, utilizan y liquidan los puntos.

19.5. Antes de activar una función de pago, el Usuario deberá recibir información sobre su coste cuando el sistema prevea tal operación.

19.6. Los precios podrán expresarse en euros (EUR), eslotis polacos (PLN) o puntos, según las reglas de cada función.

19.7. El sistema de puntos no implica una suscripción.

19.8. Las tarifas de la Plataforma son independientes de los importes debidos en los contratos de transporte entre Usuarios.

 

§ 20. Integraciones con ERP, TMS y programas de facturación

20.1. La Plataforma ofrece o podrá ofrecer funciones para intercambiar datos con sistemas externos utilizados por empresarios.

20.2. Las integraciones podrán comprender especialmente:

a) sistemas de planificación de recursos empresariales ERP;

b) sistemas de gestión del transporte TMS;

c) programas de facturación;

d) sistemas contables;

e) otros sistemas para procesos logísticos y financieros.

20.3. Los datos podrán intercambiarse mediante archivos exportados, adaptadores, interfaces de programación u otros medios técnicos del Administrador.

20.4. El intercambio podrá incluir información sobre contratos, encargos, documentos y liquidaciones.

20.5. El Administrador podrá ofrecer perfiles de exportación y herramientas para adaptar datos a determinados tipos de sistemas externos.

20.6. Algunas integraciones podrán requerir la instalación, configuración o activación de un adaptador.

20.7. Determinados adaptadores o servicios de integración adicionales podrán ser de pago, según las condiciones informadas al Usuario antes de contratarlos.

20.8. El Administrador podrá introducir herramientas para gestionar individualmente integraciones y adaptadores activados.

20.9. El Administrador no garantiza la compatibilidad de la Plataforma con todos los sistemas informáticos externos.

20.10. El Usuario responde de configurar correctamente el sistema externo que utilice y de la legalidad del tratamiento de datos bajo su control.

20.11. La responsabilidad del Administrador por sus servicios de integración se rige por las Condiciones generales, las condiciones específicas y la ley.

 

§ 21. Servicios de formación individual

21.1. El Administrador podrá prestar servicios de formación de pago relacionados con la Plataforma y sus funciones.

21.2. La formación podrá incluir especialmente:

a) gestión de la Cuenta de Usuario;

b) uso de Tablones de anuncios;

c) gestión de ofertas de transporte;

d) preparación y celebración de contratos UPPT;

e) uso del Panel del Conductor;

f) generación y gestión de documentos de transporte;

g) uso del Banco de Documentos;

h) manejo de herramientas de automatización;

i) uso de otras funciones de la Plataforma.

21.3. La formación podrá ofrecerse de manera individual o en paquetes determinados.

21.4. El contenido, duración, número de participantes, precio y beneficios adicionales se especifican en la oferta de formación vigente.

21.5. Los paquetes podrán incluir puntos adicionales para utilizar en la Plataforma.

21.6. Si un paquete prevé prestaciones adicionales, su tipo y alcance se indicarán en la oferta.

21.7. El Administrador podrá fijar un máximo de participantes en las formaciones individuales.

21.8. La formación sobre la Plataforma tiene carácter instructivo o educativo y no sustituye las habilitaciones profesionales exigidas por ley.

21.9. Las condiciones de reserva, pago, reprogramación y posible cancelación se establecen en la oferta o en condiciones separadas facilitadas antes de la contratación.

 

§ 22. Fichas de presentación de empresarios y servicios de promoción

22.1. El Administrador podrá ofrecer servicios que permitan a los empresarios presentar su actividad comercial.

22.2. Estos servicios podrán incluir la creación y publicación de fichas de empresa.

22.3. La ficha podrá contener información sobre la actividad, datos de contacto y otros materiales disponibles para la función correspondiente.

22.4. La información publicada dependerá del tipo de servicio y de las posibilidades técnicas.

22.5. Las fichas podrán ofrecerse como servicio independiente o como prestación adicional de una oferta.

22.6. Las condiciones específicas establecerán el período de publicación, las funciones disponibles y posibles tarifas.

22.7. El Usuario responde de la legalidad, veracidad y actualidad de los datos y materiales enviados para su publicación.

22.8. El Administrador podrá introducir herramientas adicionales para promocionar empresas y establecer relaciones comerciales.

 

§ 23. Herramientas de comunicación y cooperación

23.1. La Plataforma podrá ofrecer herramientas adicionales para la comunicación y cooperación entre Usuarios.

23.2. Podrán incluir especialmente:

a) mensajes relativos a la prestación de servicios;

b) intercambio de información sobre cooperación de transporte;

c) presentación de determinados datos y documentos;

d) demostraciones de funciones de la Plataforma;

e) compartir la pantalla u otros materiales según lo previsto para el servicio;

f) otras herramientas de cooperación empresarial.

23.3. Las herramientas disponibles, número de participantes y requisitos técnicos podrán depender de la función.

23.4. Su uso no podrá vulnerar los derechos de otros Usuarios ni la legislación vigente.

23.5. El Administrador podrá establecer condiciones adicionales de seguridad y protección de datos para determinadas herramientas.

 

§ 24. Desarrollo de servicios educativos, de examen y certificación

24.1. El Administrador contempla ampliar los servicios con formación electrónica, pruebas de conocimientos, exámenes y emisión de certificados.

24.2. Las funciones futuras podrán permitir especialmente:

a) ofrecer materiales educativos;

b) participar en formación electrónica;

c) realizar pruebas de conocimientos;

d) presentarse a exámenes;

e) registrar resultados de pruebas y exámenes;

f) emitir certificados que acrediten el cumplimiento de requisitos de formación o examen;

g) guardar información sobre certificados obtenidos;

h) compartir información sobre certificados en la medida prevista para el servicio.

24.3. Antes de lanzar las funciones se establecerán las condiciones de participación, requisitos para obtener certificados, reglas de validez y posibles tarifas.

24.4. Los certificados emitidos por el Administrador podrán acreditar la conclusión de una formación o la obtención de una calificación exigida en un examen.

24.5. No constituyen licencias, permisos ni títulos profesionales estatales, salvo que la legislación y las autorizaciones correspondientes del Administrador dispongan expresamente otra cosa.

24.6. Estas disposiciones no obligan al Administrador a lanzar las funciones en una fecha determinada.

 

§ 25. Información, materiales y contenidos del Servicio

25.1. La Plataforma podrá ofrecer artículos, instrucciones, guías, materiales educativos, modelos de documentos y otros contenidos informativos sobre transporte y actividad empresarial.

25.2. Los materiales de carácter general del Administrador tienen fines informativos, instructivos o educativos.

25.3. No constituyen asesoramiento jurídico, fiscal, contable ni otro asesoramiento profesional individual, salvo indicación expresa de un servicio específico.

25.4. El Usuario debe valorar la utilidad de los materiales para su actividad considerando la legislación y las circunstancias del caso.

25.5. El Administrador actúa con la diligencia debida en la preparación de materiales, pero los contenidos generales no garantizan resultados económicos ni jurídicos concretos.

25.6. Estas disposiciones no excluyen la responsabilidad legal del Administrador por el cumplimiento incorrecto de sus propios servicios.

 

§ 26. Reglas de uso de funciones y prohibición de abusos

26.1. Los Usuarios deben utilizar la Plataforma conforme a su finalidad, a las Condiciones generales y a la ley.

26.2. Está prohibido utilizar sus funciones para actos ilícitos o que vulneren derechos de terceros.

26.3. En particular, se prohíbe:

a) publicar contenidos ilícitos;

b) suplantar a empresarios o personas físicas;

c) introducir información falsa para engañar a otros Usuarios;

d) vulnerar derechos de autor, marcas u otros derechos de terceros;

e) utilizar la Plataforma para apropiarse fraudulentamente de fondos o datos;

f) poner en peligro la seguridad del Servicio;

g) transmitir programas maliciosos;

h) utilizar datos de otros Usuarios para comercialización prohibida;

i) enviar spam o comunicaciones comerciales no solicitadas infringiendo la ley;

j) eludir las medidas de seguridad y restricciones de acceso del sistema.

26.4. Se prohíbe utilizar datos de contacto obtenidos en la Plataforma con fines contrarios a su finalidad, a las Condiciones generales o a la ley.

26.5. Publicar promociones o publicidad fuera de las funciones destinadas a ello requiere autorización o consentimiento del Administrador si así lo establecen las Condiciones generales.

26.6. El Administrador podrá aplicar las medidas previstas frente a contenidos o actos ilícitos o contrarios a las reglas de uso.

26.7. Dichas medidas podrán comprender restringir la visibilidad, denegar la publicación, eliminar contenidos o limitar el acceso a funciones.

26.8. Las decisiones sobre restricciones, moderación y medidas contra Usuarios deberán respetar la normativa, incluidas las obligaciones pertinentes del Reglamento de Servicios Digitales (DSA).

26.9. Las disposiciones posteriores regulan detalladamente la moderación y las medidas en caso de infracción.

 

§ 27. Naturaleza de los servicios y responsabilidad de los participantes

27.1. La Plataforma facilita infraestructura y herramientas para organizar y gestionar cooperación de transporte entre empresarios.

27.2. El Administrador no es parte de contratos de transporte entre Usuarios por el mero hecho de facilitar herramientas para prepararlos, celebrarlos o gestionarlos.

27.3. Esto también se aplica a contratos preparados o generados por UPPT y a los celebrados mediante aceptación automática de ofertas.

27.4. Los Usuarios determinan por sí mismos las condiciones contractuales y responden de sus obligaciones conforme a la ley.

27.5. El Administrador no garantiza la realización del transporte, la entrega puntual, la solvencia de los contratantes ni la liquidación correcta entre Usuarios.

27.6. Las herramientas de automatización, control logístico, seguimiento y documentación no eximen de actuar con la diligencia empresarial debida.

27.7. El Usuario responde de la veracidad y actualidad de los datos y de poseer las autorizaciones necesarias para las operaciones que realice.

27.8. El Administrador responde de sus propios servicios electrónicos conforme a las Condiciones generales y a la legislación vigente.

27.9. Nada de lo anterior excluye ni limita la responsabilidad del Administrador cuando la ley no permita tal exclusión o limitación.

 

§ 28. Desarrollo y actualización de los servicios

28.1. El Administrador podrá desarrollar la Plataforma ofreciendo nuevas funciones, mejorando las herramientas existentes e introduciendo servicios adicionales.

28.2. El desarrollo podrá comprender especialmente:

a) nuevas herramientas de automatización del transporte;

b) nuevos métodos de gestión documental;

c) ampliación de las funciones UPPT;

d) sistemas adicionales de informes y exportación;

e) nuevas integraciones ERP y TMS;

f) servicios adicionales de formación y educación;

g) soluciones de examen y certificación;

h) otros servicios de cooperación empresarial.

28.3. Las condiciones específicas de nuevos servicios podrán establecerse por separado y facilitarse antes de su contratación o activación.

28.4. Introducir una nueva función no implica otorgar acceso automático a todos los Usuarios.

28.5. Si una nueva función es de pago, el Administrador informará sobre las tarifas antes de contratarla o activarla.

28.6. Los cambios en la prestación de servicios existentes y sus contratos se realizarán conforme a las Condiciones generales y la legislación vigente.

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CAPÍTULO IV. TABLONES DE ANUNCIOS Y NORMAS DE UTILIZACIÓN

§ 1. Disposiciones generales

1.1. La Plataforma permite a los empresarios publicar anuncios, buscar cargas y vehículos, presentar y aceptar ofertas de transporte y establecer relaciones comerciales conforme a estas Condiciones generales.

1.2. La Plataforma incluye los siguientes tipos de Tablones:

a) Tablón Público;

b) Tablón de Cargas;

c) Tablón de Vehículos;

d) Tablones Privados.

1.3. Los Tablones difieren por su finalidad, reglas de acceso, funciones disponibles y cobro de determinados servicios.

1.4. Los Tablones se utilizan mediante una Cuenta de Usuario, salvo funciones expresamente abiertas a visitantes no identificados.

1.5. El derecho a publicar y consultar detalles, presentar ofertas y emplear herramientas adicionales depende del tipo de Cuenta, estado de verificación y permisos.

1.6. El Capítulo II y el presente Capítulo regulan el acceso especial a Tablones Privados, incluido el acceso de empresarios con Cuenta no verificada.

1.7. El Administrador proporciona infraestructura para cooperar y celebrar contratos entre Usuarios. Facilitar Tablones y herramientas contractuales no convierte al Administrador en parte de las operaciones de transporte.

1.8. Los anuncios, ofertas y contratos deben referirse a servicios de transporte reales u otras funciones permitidas conforme a la finalidad del Tablón.

1.9. Los Usuarios deben emplear los Tablones respetando las prácticas comerciales leales, los derechos de otros empresarios y la ley.

 

§ 2. Facultades para publicar anuncios

2.1. Podrán publicar anuncios los Usuarios que dispongan de los permisos correspondientes por registro, verificación y tipo de Tablón.

2.2. Quien publique anuncios deberá actuar en nombre de su empresa o de una empresa que esté autorizado a representar.

2.3. Podrán anunciar encargos de transporte especialmente:

a) remitentes de mercancías;

b) destinatarios de mercancías;

c) fabricantes;

d) empresas comerciales;

e) empresas transitarias;

f) otras entidades facultadas para organizar o encargar transportes.

2.4. El empresario que realice actividades sujetas a permisos, licencias o autorizaciones deberá poseer los documentos legales correspondientes.

2.5. En particular, quien se dedique a la intermediación en el transporte de mercancías deberá poseer las autorizaciones legales necesarias cuando se exijan.

2.6. Queda prohibido anunciar en nombre de terceros no autorizados, utilizar datos de otras empresas sin representación válida y facilitar información falsa sobre la actividad desarrollada.

2.7. Que el empresario no sea remitente ni destinatario de la carga no constituye infracción cuando esté facultado para organizar o encargar el transporte.

2.8. El Administrador podrá exigir documentación que acredite la actividad, facultades de representación o derecho a publicar anuncios.

2.9. Negarse a presentar los documentos necesarios o facilitar información falsa podrá dar lugar a las medidas previstas en estas Condiciones generales.

 

§ 3. Elaboración y publicación de anuncios

3.1. El anuncio deberá contener la información necesaria para describir correctamente el transporte previsto o vehículo ofrecido.

3.2. Los anuncios de transporte de mercancías podrán incluir especialmente:

a) lugar o lugares de carga;

b) lugar o lugares de descarga;

c) fechas de las operaciones;

d) tipo de mercancía;

e) peso y otras características de la carga;

f) tipo de vehículo o semirremolque exigido;

g) condiciones económicas del transporte;

h) requisitos de sujeción de la carga;

i) documentos exigidos;

j) modalidad de celebración del contrato;

k) otras condiciones relevantes para ejecutar el encargo.

3.3. El Usuario debe completar todos los campos señalados como obligatorios.

3.4. Los datos del anuncio deben reflejar la intención real de contratar y las condiciones efectivas del transporte previsto.

3.5. Se prohíben anuncios ficticios, engañosos o publicados sin intención real de colaborar.

3.6. El Usuario responde de la exactitud, integridad y actualidad de la información del anuncio.

3.7. La publicación se realiza tras guardar correctamente el formulario y cumplir los requisitos del Tablón, incluido el pago que corresponda.

3.8. El Administrador podrá ofrecer funciones para guardar anuncios antes de publicarlos, reactivar su publicación o destacar anuncios.

3.9. La duración de la publicación y las posibilidades de ampliarla dependen de las funciones y las condiciones del servicio.

3.10. La publicación no garantiza recibir ofertas ni celebrar un contrato.

 

§ 4. Exactitud de los datos logísticos

4.1. El anunciante debe indicar correctamente los datos que afecten a la posibilidad de ejecutar el transporte.

4.2. Son especialmente importantes los datos de:

a) lugares de carga y descarga;

b) fechas y horas de las operaciones;

c) peso y dimensiones de la carga;

d) superficie de carga ocupada;

e) número de unidades de carga;

f) tipo de mercancía;

g) capacidad de carga necesaria del vehículo;

h) equipamiento requerido;

i) requisitos especiales del transporte.

4.3. Si hay varios lugares de carga o descarga, el anuncio deberá reflejar el orden real de las operaciones previstas.

4.4. El Usuario deberá considerar las restricciones técnicas y legales del tipo de transporte elegido.

4.5. El Administrador podrá ofrecer herramientas de control logístico que detecten discrepancias o errores potenciales.

4.6. Una advertencia no exime al Usuario de definir correctamente las condiciones del transporte.

4.7. La ausencia de advertencias no confirma que todos los parámetros sean correctos.

4.8. Los Usuarios deberán verificar por sí mismos la adecuación del vehículo, la viabilidad del transporte y su cumplimiento legal.

 

§ 5. Edición, actualización y eliminación de anuncios

5.1. El anunciante podrá editar el anuncio dentro de los límites y plazos permitidos por la Plataforma.

5.2. La edición no podrá utilizarse para engañar deliberadamente sobre el objeto de la operación prevista.

5.3. Se prohíbe sustituir mediante la edición una oferta de transporte inicial por otra sustancialmente diferente, eludiendo las reglas de publicación de anuncios nuevos.

5.4. Los Usuarios deberán tener en cuenta los cambios anteriores a la aceptación al decidir su participación en la operación.

5.5. Tras aceptarse una oferta, la Plataforma podrá bloquear automáticamente la edición del anuncio que sirve de base para contratar.

5.6. Cuando se aplique tal bloqueo, las condiciones del transporte solo podrán modificarse mediante el procedimiento previsto o por acuerdo de las partes.

5.7. El bloqueo de edición no impide modificar un contrato futuro o ya celebrado si la modificación es admisible y las partes la acuerdan válidamente.

5.8. Eliminar el anuncio no extingue automáticamente los contratos de transporte celebrados válidamente a partir de él.

5.9. El Administrador podrá limitar la edición o eliminación cuando sea necesario conservar información sobre operaciones celebradas, esclarecer infracciones o cumplir obligaciones legales.

5.10. El Usuario no podrá invocar la eliminación del anuncio para eludir obligaciones de contratos anteriores.

 

§ 6. Tablón Público

6.1. El Tablón Público permite anunciar cargas y establecer relaciones entre Clientes del transporte y Transportistas.

6.2. Publicar anuncios en el Tablón Público es gratuito, salvo servicios adicionales solicitados expresamente por el Usuario.

6.3. El acceso a detalles y la presentación de ofertas pueden reservarse a Usuarios que cumplan los requisitos de registro, verificación y permisos.

6.4. El anunciante debe proporcionar datos correctos del transporte y condiciones necesarias para preparar ofertas.

6.5. Los Transportistas podrán presentar ofertas conforme al presente Capítulo.

6.6. El Cliente del transporte podrá seleccionar una de las ofertas recibidas mediante las funciones de la Plataforma.

6.7. La aceptación de la oferta inicia el procedimiento ulterior de negociación y celebración del contrato conforme al tipo indicado en el anuncio.

6.8. La mera aceptación no genera automáticamente una comisión para el Administrador por la celebración de un contrato en el Tablón Público.

6.9. La obligación de comisión surge según el § 23 del presente Capítulo.

6.10. Los Usuarios deben declarar fielmente los contratos celebrados válidamente a partir del Tablón Público.

6.11. Se prohíben actos destinados a aparentar una retirada de la operación u ocultar un contrato para evitar obligaciones de las Condiciones generales.

 

§ 7. Tablón de Cargas

7.1. El Tablón de Cargas permite a Usuarios autorizados publicar encargos y obtener ofertas de transporte.

7.2. Podrán publicar los Usuarios a los que se haya facilitado esta función conforme a las normas de registro y verificación.

7.3. La publicación podrá exigir un número determinado de puntos.

7.4. El coste vigente se muestra antes de que se descuente del saldo de puntos.

7.5. Los Usuarios autorizados podrán consultar anuncios y presentar ofertas. Para acceder a sus detalles en el Tablón de Cargas es necesario disponer de una ficha de empresa adecuada en el Directorio de Empresas, conforme al Capítulo VII. Este requisito no afecta a la consulta de la lista de anuncios ni a otras secciones de la Plataforma.

7.6. Las normas sobre aceptación de ofertas, elección de contrato y celebración de contratos son análogas a las del Tablón Público, con las diferencias relativas a tarifas y funciones disponibles.

7.7. Si se elige UPPT, se aplicarán las disposiciones sobre confirmación de ese tipo de contrato.

7.8. Si se utiliza el contrato propio del empresario, se aplicarán las reglas sobre comunicación previa de sus condiciones y los plazos de confirmación.

7.9. Utilizar el Tablón de Cargas no obliga a contratar con todos los empresarios que presenten ofertas.

 

§ 8. Tablón de Vehículos

8.1. El Tablón de Vehículos permite publicar información sobre vehículos disponibles para transportar mercancías.

8.2. Podrán publicar empresarios con las autorizaciones pertinentes para actividades de transporte.

8.3. El anuncio podrá incluir especialmente:

a) tipo de vehículo;

b) tipo de semirremolque o remolque;

c) capacidad de carga;

d) ubicación del vehículo;

e) fecha de disponibilidad;

f) dirección prevista del transporte;

g) otra información relevante para un Cliente potencial.

8.4. El Administrador podrá mostrar anuncios públicamente o reservarlos a Usuarios autorizados.

8.5. Consultar los anuncios públicos es gratuito.

8.6. El anunciante responde de la veracidad de los datos y de la disponibilidad del vehículo.

8.7. Si el vehículo deja de estar disponible, el Usuario deberá actualizar o eliminar el anuncio cuando lo permita la Plataforma.

8.8. Publicar un vehículo disponible no implica automáticamente celebrar un contrato de transporte.

8.9. El Usuario interesado en un vehículo deberá acordar con el Transportista las condiciones del transporte concreto.

8.10. El Administrador podrá ofrecer herramientas para enviar consultas a empresas anunciantes.

 

§ 9. Tablones Privados

9.1. Los Tablones Privados están destinados a organizar la cooperación entre empresarios seleccionados.

9.2. Cada Tablón Privado constituye un espacio de cooperación independiente accesible a su propietario y participantes autorizados.

9.3. Podrán crear y gestionar Tablones Privados propios los empresarios que cumplan los requisitos de verificación y obtengan el permiso correspondiente del Administrador.

9.4. Un Tablón Privado propio se facilita dentro de la cooperación individual del empresario con el Administrador.

9.5. La verificación favorable de la Cuenta no concede automáticamente el derecho a gestionar un Tablón Privado propio.

9.6. El uso de los Tablones Privados no requiere suscripción.

9.7. El propietario podrá organizar la cooperación con determinados contratantes conforme a las Condiciones generales y las funciones disponibles.

9.8. Podrá concederse acceso a empresarios con Cuentas verificadas en la Plataforma.

9.9. También podrá acceder a un Tablón Privado concreto un empresario con Cuenta no verificada cuando haya sido invitado conforme al Capítulo II.

9.10. La Cuenta no verificada invitada solo recibe permisos para ese Tablón Privado.

9.11. Acceder a un Tablón Privado no confiere permisos para otros Tablones ni servicios que requieren verificación.

9.12. El acceso a un Tablón Privado es independiente del derecho a gestionar uno propio.

9.13. La posibilidad de publicar, presentar ofertas y consultar datos depende de la función y permisos del participante.

 

§ 10. Gestión de participantes de Tablones Privados

10.1. El propietario de un Tablón Privado podrá gestionar sus participantes mediante las funciones correspondientes.

10.2. Esta gestión podrá comprender especialmente:

a) conceder acceso;

b) conceder determinados permisos;

c) modificar el alcance de permisos;

d) suspender el acceso;

e) restablecerlo;

f) eliminar participantes del Tablón.

10.3. El propietario podrá utilizar las herramientas disponibles, especialmente «Mis Contratantes», dentro de los permisos del sistema.

10.4. Podrá decidir sobre la continuidad de la cooperación con un contratante invitado dentro de estas Condiciones generales y la ley.

10.5. Suspender el acceso implica restringir temporalmente la utilización del Tablón.

10.6. Eliminar a un participante implica revocar su acceso al Tablón.

10.7. La suspensión o eliminación de un participante no elimina automáticamente su Cuenta de la Plataforma.

10.8. Tampoco elimina automáticamente el historial de cooperación, contratos ni documentos que deban conservarse conforme a las Condiciones generales y la ley.

10.9. El propietario del Tablón no podrá suspender ni eliminar por sí mismo una Cuenta de toda la Plataforma si carece de permisos administrativos para ello.

10.10. Ante una infracción grave, el propietario podrá comunicar el asunto al Administrador.

 

§ 11. Condiciones contractuales disponibles en Tablones Privados

11.1. En los Tablones Privados podrán publicarse las condiciones de los contratos de transporte o cooperación utilizadas por el empresario que los gestiona.

11.2. Podrán incluir especialmente:

a) presentación y aceptación de encargos;

b) ejecución del transporte;

c) documentación exigida;

d) plazos de pago;

e) liquidación de operaciones adicionales;

f) obligaciones del Transportista;

g) otras condiciones de cooperación.

11.3. El participante deberá poder consultar las condiciones facilitadas antes de emitir una declaración vinculante sobre un transporte concreto.

11.4. Antes de aceptar un encargo con «Aceptar Flete», el Usuario debe conocer las condiciones indicadas en el anuncio.

11.5. Aceptar un encargo bajo condiciones comunicadas previamente implica adoptar actuaciones encaminadas a celebrar y ejecutar un contrato con arreglo a ellas.

11.6. Si se prevé una confirmación final adicional del documento contractual, deberá realizarse dentro del plazo establecido en este Capítulo.

11.7. La negativa injustificada a confirmar un documento que refleje condiciones previamente facilitadas y aceptadas podrá considerarse infracción de la cooperación leal y honesta.

11.8. El apartado 11.7 no se aplicará si el documento contiene modificaciones sustanciales no acordadas o concurre otra causa justificada de negativa.

11.9. Los cambios de condiciones por el propietario no deben tener efecto retroactivo sobre contratos anteriores válidamente celebrados.

 

§ 12. Presentación de ofertas de transporte

12.1. Un Usuario autorizado podrá ofertar la prestación de transporte en respuesta a un anuncio de la Plataforma.

12.2. La oferta podrá incluir la remuneración propuesta y la información exigida por el formulario.

12.3. Antes de presentarla, deberá consultar las condiciones disponibles del anuncio.

12.4. Quien presente una oferta deberá tener capacidad real para prestar el transporte propuesto.

12.5. Se prohíbe ofertar sin intención real de colaborar o para dificultar deliberadamente contratos de otros Usuarios.

12.6. La oferta permanece activa y podrá evaluarse según su plazo de validez, los ajustes del anuncio y las reglas de la función.

12.7. El Usuario podrá retirar la oferta dentro de los límites temporales y funcionales permitidos por el sistema y la ley.

12.8. La retirada no extingue automáticamente obligaciones nacidas antes de su eficacia.

12.9. El Usuario debe actualizar sin demora su disponibilidad de transporte y gestionar ofertas evitando asumir obligaciones incompatibles.

12.10. La presentación podrá estar sujeta a límites adicionales por agrupación de vehículos y automatización.

 

§ 13. Aceptación y rechazo de ofertas

13.1. El Cliente del transporte podrá seleccionar una de las ofertas recibidas.

13.2. La selección deberá ajustarse a las condiciones del anuncio y las reglas de la función utilizada.

13.3. Tras aceptarla, el sistema podrá asignarle un estado y limitar la aceptación posterior de otras ofertas para el mismo anuncio.

13.4. Las restantes ofertas podrán ocultarse o excluirse de nuevas selecciones conforme al funcionamiento de la Plataforma.

13.5. La aceptación constituye una actuación importante en la negociación del transporte.

13.6. Los Usuarios deben completar los siguientes pasos contractuales de forma diligente y sin demora injustificada.

13.7. El Cliente no deberá aceptar ofertas sin intención real de contratar en las condiciones acordadas.

13.8. El Transportista no deberá ofertar ni propiciar su aceptación si no pretende completar el procedimiento contractual exigido.

13.9. La negativa injustificada a realizar los siguientes pasos acordados podrá considerarse infracción de las reglas de cooperación, atendiendo al contrato y las circunstancias reales.

 

§ 14. Agrupación de ofertas de transportistas

14.1. La Plataforma podrá permitir a los Transportistas organizar ofertas en grupos asociados a vehículos o recursos de transporte concretos.

14.2. La agrupación reduce el riesgo de aceptar simultáneamente encargos incompatibles que requieran el mismo vehículo o recurso.

14.3. El Usuario podrá crear grupos en la medida permitida por la configuración de la Plataforma.

14.4. El Administrador podrá establecer el número de grupos y el límite de ofertas activas por grupo.

14.5. El Usuario responde de asignar las ofertas al grupo adecuado.

14.6. Aceptar una oferta del grupo podrá desactivar u ocultar automáticamente las restantes ofertas activas del mismo grupo conforme al sistema.

14.7. La agrupación no deberá afectar a ofertas de otros grupos independientes del recurso empleado.

14.8. Las ofertas no agrupadas podrán tener reglas diferentes.

14.9. La agrupación no exime al Transportista de planificar correctamente sus vehículos ni de cumplir obligaciones ya contraídas.

14.10. Si recibe una aceptación que no puede ejecutar por obligaciones anteriores, deberá informar inmediatamente al Cliente afectado y realizar los trámites previstos en las Condiciones generales.

 

§ 15. Función «Aceptar Flete»

15.1. «Aceptar Flete» permite a un Usuario autorizado iniciar la aceptación de un encargo bajo condiciones establecidas por el Cliente.

15.2. La función podrá estar disponible en determinados Tablones según los ajustes del anuncio y los permisos del Usuario.

15.3. Antes de aceptar el encargo, el Usuario deberá poder consultar las condiciones de transporte facilitadas.

15.4. Esto se aplica especialmente cuando el Cliente haya seleccionado sus propias condiciones contractuales.

15.5. Si la función exige una confirmación adicional de conocimiento de las condiciones, deberá efectuarse antes de la aceptación final.

15.6. El uso de «Aceptar Flete» podrá iniciar la preparación o confirmación del documento contractual.

15.7. Si se prevé confirmación final independiente, las partes deberán efectuarla según el procedimiento y plazos de las Condiciones generales.

15.8. Negarse injustificadamente a confirmar un documento acorde con condiciones previamente facilitadas y aceptadas podrá infringir las normas de cooperación leal.

15.9. El Usuario no tiene obligación de aceptar modificaciones sustanciales realizadas sin su consentimiento.

15.10. Los efectos jurídicos de «Aceptar Flete» se evaluarán atendiendo a las condiciones facilitadas, las declaraciones de las partes y la legislación aplicable.

 

§ 16. Asistente de Fletes

16.1. La Plataforma ofrece «Asistente de Fletes» para automatizar la selección y aceptación de ofertas.

16.2. El Cliente podrá establecer especialmente:

a) precio inicial;

b) precio máximo;

c) umbrales de precio;

d) plazos de recepción de ofertas;

e) calendario de evaluación automática;

f) otros ajustes disponibles.

16.3. La activación exige aprobación consciente de los ajustes por un Usuario autorizado.

16.4. El Asistente actúa conforme a los criterios definidos y al funcionamiento del sistema.

16.5. La aceptación automática podrá iniciar el proceso de celebración del contrato de transporte.

16.6. Si el anuncio prevé UPPT, el sistema podrá iniciar su preparación conforme a las condiciones aceptadas.

16.7. Si únicamente se ha seleccionado el contrato propio del Cliente, la aceptación automática no implica crear un contrato UPPT independiente.

16.8. El Cliente responde de definir correctamente los ajustes y de que reflejen su intención real de contratar.

16.9. Modificar los ajustes no podrá emplearse para eludir obligaciones ya asumidas válidamente.

16.10. Suspender, reanudar o cambiar ajustes no extingue automáticamente todas las ofertas anteriores.

16.11. Las ofertas podrán seguir participando en la selección automática si permanecen válidas y cumplen las condiciones actuales.

16.12. Las tarifas de activación figuran en la Lista de precios y en la información previa facilitada al Usuario.

 

§ 17. Tipos de contratos de transporte

17.1. Los Usuarios podrán celebrar contratos de transporte mediante la modalidad indicada en el anuncio.

17.2. Según la configuración, podrá elegirse:

a) Contrato de Transporte de la Plataforma de Transporte – UPPT;

b) contrato propio del Cliente u otro participante autorizado;

c) otro método de documentar las condiciones del transporte previsto por el sistema.

17.3. El tipo de contrato deberá indicarse antes del inicio de la presentación y aceptación de ofertas.

17.4. Quien presente una oferta deberá poder conocer qué tipo de contrato se prevé.

17.5. Si el anuncio prevé una sola elección de tipo contractual, no podrá modificarse posteriormente eludiendo las reglas del proceso.

17.6. Las condiciones del contrato propio deberán ponerse a disposición de la otra parte para permitir una aceptación informada.

17.7. Si el texto íntegro no estaba disponible anteriormente, la otra parte deberá poder examinarlo antes de consentir definitivamente.

17.8. El Administrador facilita herramientas contractuales, pero no responde de las condiciones de cooperación acordadas libremente entre empresarios, sin perjuicio de su responsabilidad por sus servicios electrónicos.

 

§ 18. Aceptación de oferta, acuerdo preliminar y celebración del contrato

18.1. Dentro de la Plataforma debe distinguirse entre:

a) presentación de una oferta de transporte;

b) aceptación de la oferta y elección del contratante;

c) posible obligación de celebrar un contrato determinado en el futuro;

d) confirmación final del documento contractual, cuando se prevea esa fase.

18.2. Presentar una oferta expresa la intención del Usuario de prestar el transporte en las condiciones propuestas.

18.3. Su aceptación por el Cliente implica elegir contratante e iniciar el procedimiento ulterior de la modalidad contractual prevista.

18.4. Cuando las condiciones exijan confirmación final independiente, las partes deberán realizarla conforme al procedimiento de la Plataforma.

18.5. La aceptación podrá generar obligaciones entre las partes, incluida la de celebrar un futuro contrato de transporte.

18.6. Sin embargo, solo se constituye un precontrato en sentido jurídico cuando las declaraciones y condiciones acordadas cumplen sus requisitos legales.

18.7. Los estados técnicos «Oferta aceptada» o «Contrato no celebrado» no determinan por sí solos la calificación jurídica de las declaraciones anteriores.

18.8. Para UPPT, las partes prevén que la confirmación final por los participantes correspondientes constituye la fase esencial para celebrar el contrato de transporte en esta modalidad.

18.9. Si de las declaraciones o la legislación resulta que el contrato ya se celebró válidamente, sus efectos se regirán por esas normas.

18.10. Los Usuarios no podrán aprovechar diferencias entre estados técnicos y efectos jurídicos para eludir deliberadamente obligaciones o evitar tarifas debidas al Administrador.

 

§ 19. Plazo de confirmación de contratos UPPT

19.1. Cuando se elija UPPT, las partes deberán realizar las confirmaciones finales exigidas dentro del plazo del sistema.

19.2. El plazo para confirmar UPPT es de 15 minutos desde que se facilite al participante correspondiente la posibilidad de efectuar la confirmación.

19.3. Durante ese período, el Usuario deberá revisar el contrato preparado y confirmarlo o formular reservas justificadas.

19.4. El vencimiento infructuoso podrá finalizar el procedimiento y asignar un estado técnico, en particular «Contrato no celebrado».

19.5. El estado técnico no altera los efectos jurídicos de obligaciones nacidas anteriormente conforme a la ley.

19.6. La negativa injustificada a confirmar un contrato UPPT conforme a condiciones previamente aceptadas podrá infringir las reglas de cooperación leal.

19.7. También podrá constituir infracción omitir deliberadamente la respuesta en plazo cuando se haya asumido el compromiso de completar el procedimiento y no exista causa justificada.

19.8. Constituye posible causa justificada la inclusión de modificaciones sustanciales no acordadas en el borrador.

19.9. Para valorar la conducta deberán considerarse problemas técnicos, imposibilidad de consultar el documento y otras circunstancias ajenas al Usuario.

 

§ 20. Plazo de confirmación de contratos propios

20.1. Cuando se utilice el contrato propio del Cliente u otro participante, el plazo dependerá de la comunicación previa de sus condiciones.

20.2. Si las condiciones completas se facilitaron antes de aceptar el encargo, el plazo de confirmación final será de 15 minutos.

20.3. Lo anterior se aplica especialmente a los Tablones Privados cuyos participantes pueden consultar previamente las condiciones del Cliente.

20.4. Si las condiciones completas no estaban disponibles, el plazo para examinarlas y decidir será de 30 minutos desde su puesta a disposición efectiva.

20.5. Dentro de dicho plazo, el Usuario podrá:

a) aceptar las condiciones;

b) rechazarlas;

c) presentar reservas que requieran negociación adicional.

20.6. Negarse a aceptar condiciones anteriormente desconocidas no constituye por sí mismo infracción de la cooperación leal.

20.7. No obstante, el Usuario deberá comunicar su decisión sin demora injustificada y dentro del plazo del procedimiento.

20.8. El vencimiento sin respuesta podrá finalizar el procedimiento contractual en el sistema.

20.9. El mero vencimiento no basta para imponer automáticamente una sanción.

20.10. Evitar deliberadamente responder pese al compromiso previo de completar el procedimiento podrá considerarse infracción, atendiendo a todas las circunstancias.

 

§ 21. Modificaciones sustanciales y no sustanciales del transporte

21.1. Tras aceptar la oferta, las partes deberán mantener el documento contractual conforme a las condiciones en que se basó la decisión de colaborar.

21.2. Se prohíbe modificar unilateralmente aspectos sustanciales sin informar a la otra parte y obtener su consentimiento.

21.3. Se consideran especialmente sustanciales:

a) cambiar el día de carga;

b) cambiar el día de descarga;

c) desplazar más de dos horas la hora de carga o descarga;

d) cambiar el lugar de carga o descarga;

e) añadir otro lugar de carga o descarga;

f) modificar la remuneración acordada en perjuicio de la otra parte;

g) cambiar la moneda de liquidación;

h) ampliar el plazo de pago en perjuicio del Transportista;

i) cambiar el tipo de mercancía de forma que afecte a los requisitos del transporte;

j) modificar el tipo de vehículo o su equipamiento exigido;

k) aumentar el peso u otras características de la carga que afecten a la viabilidad;

l) imponer nuevas obligaciones que incrementen los costes o riesgos.

21.4. Un cambio de hasta dos horas también podrá ser sustancial si afecta a la viabilidad, infringe una hora FIX o produce otros efectos relevantes para las partes.

21.5. Reducir peso, superficie ocupada o unidades de carga podrá ser no sustancial si objetivamente no perjudica al Transportista ni dificulta la ejecución.

21.6. Por ejemplo, pasar de 12 a 7 toneladas o de 6 a 4 LDM podrá favorecer al Transportista si no empeoran otras condiciones.

21.7. Sin embargo, una modificación favorable no privará automáticamente a la parte de presentar objeciones justificadas si afecta a la naturaleza del servicio u obligaciones acordadas.

21.8. Corregir un error manifiesto de escritura o técnico que no altere realmente la obligación podrá considerarse modificación no sustancial.

21.9. La importancia del cambio se valorará considerando todas las condiciones, especialmente costes, fechas, seguridad y viabilidad.

21.10. No podrán utilizarse correcciones menores como pretexto para eludir obligaciones anteriores.

 

§ 22. Acuerdo sobre modificaciones del transporte

22.1. Las partes podrán modificar las condiciones cuando sea admisible y exista acuerdo válido.

22.2. Los cambios podrán acordarse especialmente:

a) mediante funciones de la Plataforma;

b) por correo electrónico;

c) por otros medios admisibles legalmente y según el contrato.

22.3. Informar unilateralmente de cambios no supone obtener automáticamente el consentimiento de la otra parte.

22.4. Los participantes correspondientes deberán aceptar las modificaciones.

22.5. Quien invoque un acuerdo alcanzado fuera de la Plataforma deberá poder acreditar su contenido y circunstancias en caso de litigio.

22.6. Las partes deberán conservar los correos electrónicos que documenten los cambios acordados.

22.7. La correspondencia externa no garantiza que los datos del anuncio coincidan automáticamente con el contrato preparado después.

22.8. Si existen discrepancias entre anuncio y contrato, se tomarán en cuenta los acuerdos posteriores válidos.

22.9. Quien introduzca unilateralmente cambios sustanciales no consentidos no podrá acusar a la otra parte de infringir las Condiciones generales solo porque esta los rechace.

22.10. Ocultar deliberadamente cambios sustanciales o presentar documentos incompatibles con lo acordado podrá constituir infracción grave de la cooperación leal.

 

§ 23. Declaración de contratos celebrados y comisiones en el Tablón Público

23.1. Si se celebra válidamente un contrato de transporte basado en un anuncio del Tablón Público, el Transportista (Contratista) debe declararlo al Administrador mediante la Plataforma. El Cliente podrá estar obligado a confirmar por separado la operación a efectos de su estado en el sistema, pero no está sujeto a la penalización contractual prevista para el Transportista por no declarar el contrato dentro de tres horas.

23.2. La obligación se refiere al contrato efectivamente celebrado, no solo a la aceptación de una oferta.

23.3. La declaración se realizará mediante la función correspondiente del panel de Usuario.

23.4. Si el sistema exige confirmación de ambas partes, el estado correspondiente se obtiene tras las declaraciones necesarias.

23.5. El Transportista debe declarar sin demora injustificada el contrato celebrado en el Tablón Público, a más tardar dentro de las 3 horas siguientes a su celebración. La posible confirmación del Cliente corresponde al proceso separado de asignación del estado del contrato en el sistema.

23.6. Las tres horas del Transportista se cuentan desde la celebración efectiva, no desde la presentación o aceptación de una oferta cuando esta no haya dado lugar todavía al contrato.

23.7. La celebración de un contrato del Tablón Público podrá generar la obligación de pagar una comisión conforme a la Tabla de Comisiones vigente.

23.8. Salvo otras condiciones para un servicio concreto, la comisión corresponde al Contratista.

23.9. La comisión se calcula sobre el importe neto del flete conforme a las reglas de liquidación vigentes.

23.10. La Tabla de Comisiones, facilitada antes del contrato u operación que origine el pago, establece tasas, mínimos, impuestos y vencimientos. Forma parte de las condiciones de uso del servicio en la versión válidamente vinculante para el Usuario al celebrar la operación. Sus modificaciones no tienen efecto retroactivo sobre contratos anteriores.

23.11. Aceptar una oferta sin que se celebre efectivamente el contrato no basta para cobrar la comisión por ese contrato.

23.12. Se prohíben ocultaciones deliberadas, anulaciones ficticias o datos falsos destinados a evitar comisiones.

23.13. Si el Administrador dispone de indicios de un contrato no declarado, podrá solicitar aclaraciones a los Usuarios interesados.

23.14. Si se confirma el contrato, podrá reclamar la comisión conforme a las Condiciones generales.

23.15. La mera correspondencia fuera de la Plataforma no constituye automáticamente infracción. Esta podrá existir si se utiliza para eludir deliberadamente obligaciones derivadas del Tablón Público.

23.16. El Administrador podrá ofrecer incentivos que otorguen puntos adicionales cuando ambas partes confirmen el contrato, según las condiciones del programa.

 

§ 24. Tarifas por publicación y promoción de anuncios

24.1. Según el Tablón, podrá publicarse gratuitamente o mediante puntos de la Plataforma.

24.2. El coste de la función deberá mostrarse antes de activarla mediante pago.

24.3. El Administrador podrá ofrecer servicios adicionales como destacar, promocionar o ampliar la publicación.

24.4. La Lista de precios y las funciones disponibles establecerán los servicios promocionales y sus costes.

24.5. El Usuario deberá decidir voluntariamente si utiliza un servicio de pago.

24.6. La activación podrá descontar puntos del saldo del Usuario conforme a las reglas vigentes.

24.7. Un cambio de precios no deberá modificar unilateralmente servicios ya contratados y pagados, salvo que la ley y sus condiciones lo permitan.

24.8. El Administrador podrá ofrecer distintos métodos de compra de puntos y pago de servicios.

24.9. La vigencia de los puntos, su liquidación, posibles devoluciones y utilización de puntos promocionales se rigen por las Condiciones generales y la Lista de precios.

24.10. El uso de los Tablones no requiere suscripción.

 

§ 25. Anuncios y actuaciones prohibidas

25.1. Se prohíben anuncios contrarios a la ley, las Condiciones generales o la finalidad de la Plataforma.

25.2. En particular, se prohíbe:

a) publicar encargos ficticios;

b) publicar datos conscientemente falsos;

c) repetir anuncios para manipular resultados de búsqueda;

d) publicar contenidos que vulneren derechos de terceros;

e) ofrecer actividades reservadas a entidades autorizadas sin contar con esas autorizaciones;

f) utilizar datos de otras empresas sin facultades;

g) intentar obtener fraudulentamente pagos, datos o documentos;

h) publicar software malicioso o enlaces que comprometan la seguridad;

i) utilizar los Tablones para enviar spam;

j) emplear otras prácticas destinadas a engañar a los Usuarios.

25.3. Los anuncios de mercancías sujetas a restricciones legales especiales solo podrán publicarse si el transporte previsto cumple la ley.

25.4. El Usuario deberá poseer las autorizaciones y documentos necesarios para prestar legalmente el servicio ofrecido.

25.5. El Administrador podrá actuar contra anuncios que infrinjan las Condiciones generales conforme a las reglas de moderación.

25.6. Eliminar un anuncio por infracción no extingue automáticamente contratos de transporte anteriores.

 

§ 26. Infracciones de las normas de cooperación leal

26.1. Los Usuarios deben observar los principios de cooperación leal y honesta al publicar anuncios, presentar ofertas y celebrar contratos.

26.2. Podrán considerarse infracciones especialmente:

a) ofertar sin intención real de colaborar;

b) aceptar deliberadamente ofertas sin intención real de contratar;

c) negarse injustificadamente a confirmar un documento contractual conforme a condiciones previamente aceptadas;

d) omitir deliberadamente respuestas en el plazo pese a haberse comprometido a completar el procedimiento contractual;

e) modificar unilateralmente condiciones sustanciales sin consentimiento de la otra parte;

f) ocultar deliberadamente modificaciones sustanciales;

g) intentar imponer cambios en la remuneración previamente aceptada;

h) utilizar el mecanismo de ofertas para bloquear vehículos o encargos;

i) retirarse repetidamente de operaciones acordadas sin justificación;

j) facilitar información falsa sobre la posibilidad de realizar el transporte;

k) eludir deliberadamente restricciones de acceso o funciones de la Plataforma;

l) utilizar varias Cuentas de un empresario para eludir restricciones;

m) ocultar deliberadamente operaciones sujetas a declaración o liquidación;

n) otros actos deliberados que vulneren intereses legítimos de participantes o del Administrador.

26.3. La valoración de una infracción deberá atender a las circunstancias concretas.

26.4. El Administrador no podrá considerar una conducta infracción únicamente por una acusación no comprobada de la otra parte.

26.5. Se tendrá especialmente en cuenta si las condiciones estaban disponibles antes, si se modificaron y si las partes acordaron válidamente los cambios.

26.6. La falta de confirmación de un contrato no constituye automáticamente una infracción.

26.7. La conducta de ambas partes se evaluará con criterios iguales.

 

§ 27. Negativa justificada a celebrar o confirmar un contrato

27.1. Podrá estar justificada cuando la otra parte presente condiciones sustanciales anteriormente desconocidas o no aceptadas.

27.2. En particular, cuando:

a) tras aceptarse una oferta se presente un contrato propio antes desconocido;

b) se modifique sustancialmente la fecha de carga o descarga;

c) se cambie el lugar de una operación;

d) se cambie la remuneración acordada;

e) se impongan nuevas obligaciones al Transportista;

f) se modifiquen mercancías o sus características afectando a la viabilidad;

g) se presente un documento incompatible con acuerdos válidos anteriores.

27.3. Negarse a condiciones antes desconocidas del contrato propio del Cliente en el Tablón Público o de Cargas no constituye por sí mismo infracción.

27.4. La valoración es distinta si el participante de un Tablón Privado pudo conocer realmente las condiciones con antelación y luego rechaza sin justificación un documento conforme a ellas.

27.5. También podrá estar justificada la negativa por problemas técnicos documentados que impidan consultar el documento o realizar la operación exigida.

27.6. En la medida de lo posible, quien invoque una negativa justificada deberá informar a la otra parte sobre el motivo.

27.7. La valoración de la negativa no decide automáticamente sobre la existencia de reclamaciones civiles entre las partes.

 

§ 28. Reacción ante infracciones de la cooperación

28.1. Ante información sobre una posible infracción, el Administrador podrá iniciar una investigación.

28.2. Podrá iniciarse:

a) a solicitud del Usuario perjudicado;

b) por comunicación del propietario de un Tablón Privado;

c) por iniciativa del Administrador;

d) a partir de información obtenida al prestar servicios, dentro de los límites legales.

28.3. El Administrador podrá solicitar aclaraciones y documentos necesarios para valorar el asunto.

28.4. La documentación podrá comprender especialmente:

a) datos del anuncio;

b) información sobre la oferta presentada y aceptada;

c) documento contractual;

d) historial de operaciones disponible;

e) correspondencia aportada por las partes;

f) otros documentos relevantes.

28.5. El Administrador deberá permitir al Usuario interesado exponer su posición, salvo actuación inmediata exigida por ley o por una amenaza grave para la seguridad.

28.6. La evaluación deberá considerar la naturaleza, consecuencias, grado de culpa y posibles infracciones anteriores.

28.7. El Administrador podrá abstenerse de sancionar si la infracción no se confirma o existen circunstancias que lo justifiquen.

28.8. Si se confirma, podrá aplicar las medidas previstas en las Condiciones generales.

 

§ 29. Medidas aplicables a Usuarios infractores

29.1. Ante una infracción confirmada, el Administrador podrá adoptar medidas organizativas y contractuales apropiadas.

29.2. Podrán incluir especialmente:

a) amonestación;

b) advertencia;

c) requerimiento de cese de determinadas actuaciones;

d) restricción de la publicación de anuncios;

e) restricción de la presentación de ofertas;

f) suspensión temporal de funciones;

g) suspensión temporal de la Cuenta;

h) finalización de servicios y eliminación de la Cuenta en casos justificados y legalmente admisibles.

29.3. La medida deberá ser proporcionada a la naturaleza y circunstancias de la infracción.

29.4. Las infracciones graves o repetidas podrán justificar restricciones mayores que las aisladas.

29.5. Si actúa un Usuario en nombre de un empresario, el Administrador podrá examinar si existen motivos para aplicar medidas también a otras Cuentas del mismo empresario.

29.6. Esto podrá ocurrir especialmente cuando:

a) se actúe en interés del empresario;

b) la infracción sea organizada;

c) se empleen otras Cuentas para eludir restricciones;

d) la infracción sea grave y resulte necesario proteger a otros Usuarios.

29.7. Tener varias Cuentas de una empresa no constituye por sí mismo infracción.

29.8. No se aplicarán sanciones automáticamente a todas las Cuentas sin examinar motivos y proporcionalidad.

29.9. Las decisiones de restricción o finalización se adoptarán observando los deberes legales de información, motivación y recursos.

 

§ 30. Infracciones en Tablones Privados

30.1. Si un participante infringe las reglas de cooperación, el propietario del Tablón podrá decidir sobre su acceso futuro.

30.2. Podrá especialmente:

a) solicitar explicaciones al contratante;

b) limitar determinados permisos;

c) suspender temporalmente el acceso;

d) restablecerlo tras esclarecer el asunto;

e) eliminar al contratante del Tablón.

30.3. El propietario actuará dentro de sus permisos y conforme a la ley.

30.4. La suspensión o eliminación de un participante no resuelve automáticamente los contratos de transporte celebrados con él.

30.5. Ante infracción grave, el propietario podrá comunicarla al Administrador aportando documentación disponible.

30.6. El Administrador podrá valorar de manera independiente si el participante infringió las normas generales de uso.

30.7. Si se confirma, podrá aplicar medidas sobre la Cuenta u otras funciones conforme a las Condiciones generales.

30.8. Finalizar una cooperación en un Tablón Privado no justifica por sí solo eliminar automáticamente al contratante de toda la Plataforma.

 

§ 31. Infracciones en el Tablón Público y el Tablón de Cargas

31.1. En estos Tablones corresponde al Administrador adoptar medidas generales del Servicio por infracciones.

31.2. Podrá actuar a raíz de denuncias de Usuarios o por iniciativa propia.

31.3. La denuncia deberá identificar la operación y describir la conducta imputada.

31.4. Siempre que sea posible, deberá acompañarse de documentación justificativa.

31.5. El Administrador podrá solicitar explicaciones adicionales a las partes.

31.6. La denuncia por sí sola no determina la responsabilidad del Usuario denunciado.

31.7. Ante una infracción comprobada podrá aplicar las medidas del § 29.

31.8. Si la denuncia es infundada, podrá cerrar el procedimiento sin sanción.

31.9. Presentar deliberadamente denuncias falsas para perjudicar a otro empresario podrá constituir infracción.

 

§ 32. Responsabilidad económica por infracciones

32.1. La infracción de ciertas obligaciones de las Condiciones generales podrá generar responsabilidad del Usuario frente al Administrador conforme a otras disposiciones y a la ley.

32.2. Las posibles penalizaciones contractuales por incumplimiento de obligaciones no dinerarias frente al Administrador deberán identificar claramente la obligación infringida y el importe o un método inequívoco de cálculo.

32.3. No podrán imponerse penalizaciones basadas únicamente en la libre valoración del Administrador sin fundamento contractual anterior.

32.4. Las penalizaciones deberán establecerse en las Condiciones generales antes del acontecimiento que genere su aplicación.

32.5. El cobro de importes debidos al Administrador, especialmente comisiones, se realizará según las normas separadas de liquidación.

32.6. La responsabilidad económica por infringir las Condiciones generales es independiente de la responsabilidad entre las partes de un contrato de transporte.

32.7. El Administrador no adquiere automáticamente el derecho a indemnizaciones debidas al Cliente o al Transportista por incumplimientos del contrato entre ellos.

 

§ 33. Responsabilidad de las partes de contratos de transporte

33.1. El Cliente y el Contratista responden de la ejecución del contrato conforme a sus condiciones y a la ley aplicable.

33.2. Esto se refiere especialmente a:

a) no realizar el transporte;

b) retrasos en el servicio;

c) carga o descarga incorrectas dentro de las obligaciones de la parte;

d) responsabilidad sobre documentos;

e) obligaciones de pago del precio;

f) esperas y costes adicionales;

g) otras obligaciones contractuales.

33.3. Con UPPT, la responsabilidad se rige por dicho contrato y la ley.

33.4. Con contratos propios, se rige por ellos y la ley.

33.5. El Administrador no es parte del contrato de transporte por el mero hecho de haberse preparado, aceptado o documentado mediante la Plataforma.

33.6. La investigación del Administrador no sustituye procedimientos judiciales ni otros mecanismos para reclamar derechos derivados del contrato.

 

§ 34. Anuncios de demostración

34.1. El Administrador podrá ofrecer anuncios demostrativos para mostrar cómo funciona la Plataforma.

34.2. No constituyen ofertas de transporte reales ni sirven para celebrar contratos.

34.3. Deben identificarse de manera que se distingan de los anuncios reales.

34.4. Podrá utilizarse la etiqueta «Anuncio (Demo)» y marcas identificativas apropiadas.

34.5. Su visibilidad dependerá de la configuración de la Plataforma.

34.6. Podrán estar disponibles únicamente para Usuarios registrados y conectados.

34.7. No podrán mostrarse de manera que induzcan deliberadamente a error sobre su verdadera naturaleza.

 

§ 35. Disposiciones finales relativas a los Tablones

35.1. El uso de los Tablones exige cumplir este Capítulo y las demás disposiciones aplicables.

35.2. Las cuestiones no reguladas se regirán por las restantes Condiciones generales y la legislación vigente.

35.3. El sistema de puntos, pagos y cobro de importes se rige por las disposiciones pertinentes y la Lista de precios.

35.4. La moderación, reclamaciones y medidas contra Usuarios se regulan en los capítulos correspondientes.

35.5. El Administrador podrá desarrollar las funciones de los Tablones respetando las normas de modificación de servicios.

35.6. Las nuevas funciones no cambian automáticamente los efectos jurídicos de contratos de transporte anteriores.

35.7. El uso de la Plataforma no requiere suscripción, sin perjuicio de las tarifas de servicios de pago conforme a la Lista de precios.

35.8. El Administrador y los Usuarios deben ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones conforme a la ley aplicable.

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CAPÍTULO V. CÓDIGOS DE CUPONES PROMOCIONALES Y DE DESCUENTO

1. Definición y tipos de cupones:

a) «Cupones de descuento»: reducen el importe del pago en el porcentaje indicado;

b) «Cupones promocionales»: conceden un descuento de importe monetario determinado que puede utilizarse para adquirir ciertos servicios, paquetes de puntos u otros productos ofrecidos por la Plataforma.

2. Condiciones de uso de cupones. Cada cupón promocional o de descuento tiene un período de validez, un límite de uso único o múltiple y otras restricciones que pueden referirse a servicios concretos, importe mínimo del pedido u otras condiciones indicadas en la promoción. Los cupones no pueden canjearse por dinero. Si no se utilizan en plazo, se extingue el derecho a utilizarlos.

3. Cómo utilizar un cupón. Para usarlo, introduzca el código en el campo correspondiente del módulo de pago del Servicio. Si es válido y cumple las condiciones, el descuento se aplicará automáticamente. Los cupones promocionales de importe fijo permiten pagar total o parcialmente determinados servicios u otros productos del Servicio.

4. Restricciones y exclusiones. Los cupones no pueden canjearse por dinero. En caso de devolución de un producto o cancelación de un servicio, los cupones utilizados no se devuelven ni reutilizan, salvo que la promoción disponga otra cosa. Los cupones podrán ser incompatibles con otras promociones o descuentos salvo previsión expresa.

5. Responsabilidad del Usuario. El Usuario debe introducir correctamente el código antes de finalizar la operación. El Administrador no responde de que el cupón no se utilice por causas imputables al Usuario.

6. Disposiciones finales sobre cupones promocionales y de descuento. El Administrador podrá modificar las condiciones promocionales o cancelar cupones para el futuro según las condiciones publicadas y la legislación vigente, especialmente por abuso o error técnico. Los cambios no vulnerarán derechos válidamente adquiridos y ejercidos conforme a las condiciones. Las reglas específicas de cada promoción se publican en el Servicio y forman parte de sus condiciones.

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CAPÍTULO VI. OPINIONES Y VALORACIONES DE LOS USUARIOS

1. Las opiniones publicadas en el Servicio son contenidos creados y publicados exclusivamente por los Usuarios, bajo su propia responsabilidad. El Servicio solo proporciona la infraestructura tecnológica para publicarlas y no es su autor.

2. Las opiniones son subjetivas y reflejan las experiencias o valoraciones personales de sus autores. El Administrador no garantiza su veracidad, fiabilidad ni correspondencia con la realidad.

3. El Administrador disfruta de la protección jurídica del art. 14 de la Ley polaca sobre servicios electrónicos y de los arts. 6 a 8 del Reglamento de Servicios Digitales (DSA) al almacenar opiniones a petición de Usuarios. No responde del contenido hasta recibir conocimiento fiable de su carácter ilícito.

4. Las opiniones se publican automáticamente sin moderación, evaluación, aceptación ni verificación previa del Administrador, quien no está obligado a supervisarlas antes de publicarlas.

5. El Usuario debe publicar opiniones conformes a la ley, las buenas costumbres y estas Condiciones generales. Se prohíben las opiniones que: a) contengan contenido ilícito o lesionen derechos de la personalidad o la reputación de terceros; b) incluyan insultos, vulgaridades, amenazas, difamación o calumnias; c) contengan información falsa, engañosa o manipulada; d) revelen datos personales de terceros sin fundamento jurídico; e) constituyan publicidad, spam, enlaces externos o incitación a contactar fuera del Servicio; f) busquen presionar, perjudicar, chantajear o vengarse; g) sean publicadas por competidores o personas ajenas a la cooperación real objeto de la opinión.

6. El Administrador podrá realizar controles y moderar contenidos de buena fe para detectar y eliminar opiniones contrarias a la ley o las Condiciones generales. La moderación podrá ser manual o mediante herramientas algorítmicas.

7. El Administrador podrá utilizar herramientas auxiliares, incluidas las basadas en inteligencia artificial, para identificar posibles infracciones, clasificar contenidos o evaluar riesgos. Son herramientas de apoyo; las decisiones definitivas corresponden exclusivamente a personas.

8. El Administrador tendrá derecho a:

a) ocultar la opinión; b) eliminarla; c) limitar su visibilidad; d) denegar su restablecimiento; e) bloquear la posibilidad de comentar; f) bloquear la Cuenta del Usuario,

cuando el contenido o comportamiento del Usuario vulnere la ley, buenas costumbres, derechos de terceros o estas Condiciones generales.

9. Las denuncias sobre opiniones podrán remitirse mediante el formulario de contacto o correo electrónico indicado en el Servicio. La denuncia debe incluir:

a) enlace a la opinión; b) descripción de la infracción; c) justificación; d) posibles pruebas.

10. El Administrador examinará las denuncias contractuales sobre opiniones en un máximo de 30 días laborables; en casos justificados informará de la necesidad de ampliar el plazo. Cuando la denuncia se refiera también a contenido ilegal según el DSA, se aplicarán el procedimiento del Capítulo X y la ley, sin supeditar las actuaciones legalmente obligatorias al plazo de 30 días. Podrá negarse a examinar nuevamente denuncias manifiestamente infundadas o de mala fe en la medida legalmente permitida.

11. El Usuario que publique una opinión será plenamente responsable civil, penal y administrativamente de su contenido. Si se presentan contra el Administrador reclamaciones, denuncias, demandas o requerimientos vinculados a una opinión del Usuario, este se compromete a:

a) liberar de responsabilidad al Administrador; b) cubrir los costes que este soporte, incluidos asesoramiento jurídico, procedimientos, sanciones, indemnizaciones y costas; c) sustituir al Administrador en el procedimiento cuando lo permita la ley.

12. El Administrador podrá facilitar a autoridades policiales u organismos autorizados datos técnicos de la publicación, incluidas direcciones IP, registros y metadatos, cuando lo exijan la ley o las circunstancias.

13. Las opiniones eliminadas podrán conservarse archivadas para fines probatorios, estadísticos o de protección de derechos del Administrador. Los contenidos archivados no estarán disponibles para Usuarios.

14. Ante manipulación de opiniones, publicación masiva, actuaciones de competidores o intentos de influir en la reputación, el Administrador podrá:

a) eliminar todas las opiniones del Usuario; b) bloquear su Cuenta o Cuentas relacionadas; c) bloquear el perfil de empresa; d) informar a las autoridades competentes; e) reclamar indemnización al Usuario.

15. La verificación básica de una denuncia de opinión es gratuita y deriva de las obligaciones legales del Administrador. Podrán ser de pago las actuaciones adicionales, especialmente:

a) elaborar un dictamen jurídico escrito; b) preparar pruebas documentales para tribunales; c) realizar un análisis ampliado con herramientas especializadas o IA; d) elaborar un informe sobre la opinión, conforme al presupuesto individual del Administrador.

16. El Administrador podrá cobrar al denunciante los costes del procedimiento si la denuncia fue manifiestamente infundada, de mala fe o presentada exclusivamente para retirar una opinión veraz pero desfavorable.

17. Al publicar una opinión, el Usuario acepta las disposiciones de este Capítulo.

18. El Usuario responde de los daños ocasionados al Administrador por la publicación ilícita de opiniones, conforme a la ley y considerando especialmente culpa, causalidad y daño realmente sufrido cuando sean requisitos necesarios.

19. Si un tercero reclama contra el Administrador a causa de una opinión, este podrá exigir al Usuario el reembolso de costes justificados y la indemnización de daños en la medida en que su responsabilidad resulte de la ley. La mera existencia de una reclamación o sanción administrativa no traslada automáticamente todo el importe al Usuario.

20. El Administrador no reclamará al Usuario costes derivados exclusivamente de sus propios actos u omisiones, ni cantidades de las que el Usuario no responda legalmente. Ocultar o eliminar una opinión no extingue reclamaciones legalmente debidas, pero no las genera por sí mismo.

21. El Administrador se reserva el derecho a ejercitar acciones de regreso contra el Usuario ante los tribunales dentro de los límites previstos por el Derecho civil, penal y administrativo.

22. Ante actuaciones deliberadas, hostiles, competitivas o destinadas a perjudicar a otros Usuarios o al Administrador, este podrá reclamar una indemnización ampliada que incluya lucro cesante y perjuicios a la reputación del Servicio.

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CAPÍTULO VII. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES. NORMAS DE USO LEAL DE LA PLATAFORMA DE TRANSPORTE

§ 1. Disposiciones generales

1.1. Este capítulo establece los derechos y obligaciones generales de los Usuarios y del Administrador, las normas de uso seguro y responsable del Servicio, la protección de su infraestructura y la prevención de actuaciones que puedan vulnerar los derechos e intereses legítimos de otros Usuarios o del Administrador.

1.2. Cada Usuario deberá utilizar la Plataforma de Transporte de conformidad con:

a) la legislación vigente;

b) estas Condiciones generales;

c) la finalidad de cada servicio y función;

d) los principios de lealtad en las relaciones comerciales;

e) los usos mercantiles honestos;

f) los derechos e intereses legítimos de los demás Usuarios.

1.3. Los Usuarios deberán actuar con la diligencia profesional propia de su actividad empresarial.

1.4. El Administrador proporciona la infraestructura tecnológica necesaria para utilizar los servicios de la Plataforma de acuerdo con estas Condiciones generales.

1.5. El Administrador no será parte de los contratos de transporte celebrados entre Usuarios por el mero hecho de que estos utilicen la Plataforma para prepararlos, celebrarlos o documentarlos.

1.6. Los Usuarios responderán de sus actuaciones empresariales con arreglo a la legislación aplicable.

1.7. Las normas detalladas sobre publicación de anuncios, presentación de ofertas, celebración de contratos y responsabilidad por infracciones de las reglas de cooperación figuran en el capítulo IV.

 

§ 2. Obligaciones fundamentales de los Usuarios

2.1. El Usuario deberá utilizar el Servicio de acuerdo con su finalidad, sin vulnerar los derechos de otros Usuarios ni comprometer la seguridad y el funcionamiento correcto de la Plataforma.

2.2. En particular, el Usuario deberá:

a) proporcionar datos veraces y actualizados sobre sí mismo y la empresa representada;

b) ejercer únicamente las facultades concedidas a su Cuenta;

c) proteger los datos de acceso a la Cuenta;

d) respetar las limitaciones técnicas y organizativas de uso;

e) abstenerse de utilizar la Plataforma con fines ilícitos o engañosos;

f) respetar los derechos de autor, de propiedad intelectual y demás derechos de terceros;

g) no introducir datos, documentos ni contenidos sin contar con una base jurídica adecuada para utilizarlos;

h) colaborar con el Administrador en lo necesario para esclarecer sospechas fundadas de infracción;

i) utilizar las funciones de forma leal y conforme a una intención empresarial real.

2.3. Se prohíbe utilizar la Plataforma para cometer fraudes, obtener ilícitamente fondos o datos, vulnerar la seguridad informática o perjudicar deliberadamente a otra empresa o al Administrador.

2.4. El Usuario no podrá facilitar su Cuenta a personas no autorizadas ni permitir el ejercicio de sus facultades en contra de estas Condiciones.

2.5. El Usuario tiene derecho a expresar opiniones y críticas lícitas sobre el Administrador, el funcionamiento de la Plataforma y los servicios.

2.6. Este derecho no autoriza a difundir contenidos ilícitos, amenazas, difamaciones, vulneraciones de derechos de la personalidad ni divulgaciones ilícitas de información confidencial o datos personales.

2.7. El Administrador no considerará la mera formulación de críticas lícitas como una infracción.

 

§ 3. Registro empresarial y derechos de acceso a los servicios

3.1. La Plataforma presta servicios a empresas según las normas del capítulo II.

3.2. Los servicios disponibles dependen del tipo de Cuenta, su verificación y las facultades concedidas.

3.3. Tener una Cuenta no implica acceso automático a todas las funciones.

3.4. Determinados servicios pueden exigir condiciones adicionales previstas en estas Condiciones.

3.5. Para consultar los detalles de anuncios del Tablón de Cargas es necesario disponer de una ficha empresarial adecuada en el Directorio de Empresas. No se exige para ver el listado de anuncios ni para utilizar de forma general la Plataforma.

3.6. Una ficha activa permite consultar los detalles del Tablón de Cargas durante la vigencia del derecho, siempre que se cumplan las demás condiciones relativas a la Cuenta y al papel del Usuario.

3.7. Este acceso forma parte de los derechos asociados a la ficha empresarial correspondiente y no constituye una suscripción independiente.

3.8. La caducidad de dicho derecho puede limitar el acceso a los detalles del Tablón de Cargas, pero no implica la eliminación automática de la Cuenta ni la pérdida de otros servicios.

3.9. La ficha empresarial no constituye una condición general para utilizar todos los servicios de la Plataforma.

3.10. El acceso a Tablones Privados y las invitaciones a empresas seleccionadas se regulan en los capítulos II y IV.

 

§ 4. Responsabilidad por las actuaciones de representantes empresariales

4.1. Una misma empresa podrá utilizar la Plataforma mediante varias Cuentas individuales, de acuerdo con las facultades concedidas.

4.2. Cada Cuenta deberá ser utilizada por una persona autorizada para actuar en nombre de la empresa.

4.3. La empresa deberá organizar adecuadamente el acceso a las Cuentas usadas en su actividad.

4.4. En particular, deberá determinar quién puede:

a) publicar anuncios;

b) presentar y aceptar ofertas;

c) celebrar contratos de transporte;

d) gestionar clientes y colaboradores;

e) acceder a la documentación del transporte;

f) realizar otras operaciones con efectos jurídicos o económicos.

4.5. Los actos de quienes actúen en nombre de la empresa podrán producir efectos para esta de acuerdo con su representación y la legislación vigente.

4.6. La empresa responderá de las acciones y omisiones de las personas de las que se sirva para cumplir sus obligaciones en la medida prevista por la ley.

4.7. Ante el descubrimiento de un acceso no autorizado, la empresa o el Usuario autorizado deberá avisar inmediatamente al Administrador.

4.8. La mera vinculación de una Cuenta a una empresa no determina automáticamente su responsabilidad por actos de terceros realizados tras una apropiación ilícita de la Cuenta; las circunstancias se evaluarán individualmente.

 

§ 5. Prácticas comerciales leales

5.1. Los Usuarios deberán colaborar mediante la Plataforma conforme a los principios de honestidad, diligencia y transparencia mercantil.

5.2. Podrán considerarse infracciones de la cooperación leal, en particular:

a) facilitar deliberadamente información falsa sobre la actividad empresarial;

b) ofrecer servicios sujetos a licencias sin disponer de ellas;

c) hacerse pasar por otra empresa;

d) utilizar documentos falsos;

e) engañar deliberadamente a socios comerciales;

f) utilizar el acceso para obtener ilícitamente información o dinero;

g) eludir conscientemente restricciones impuestas conforme a las Condiciones;

h) utilizar varias Cuentas vinculadas a una empresa para repetir infracciones o eludir restricciones;

i) cualquier otro acto realmente destinado a vulnerar derechos o intereses legítimos de Usuarios o del Administrador.

5.3. También podrá ser infracción ofrecer deliberadamente un transporte contrario a los requisitos del anuncio, en especial sin las autorizaciones exigidas o con un subcontratista no admitido por el Cliente.

5.4. El Usuario no podrá instar a su contraparte a ocultar circunstancias importantes para el transporte ni a actuar ilícitamente o contra estas Condiciones.

5.5. Las reglas específicas sobre prácticas desleales en anuncios, ofertas y contratos figuran en el capítulo IV.

5.6. El Administrador valorará las infracciones atendiendo a sus circunstancias, a las explicaciones recibidas y a las pruebas disponibles.

 

§ 6. Plazo máximo de pago por los servicios de transporte

6.1. En la Plataforma se aplica la regla de que el plazo de pago por un transporte realizado no podrá superar los 30 días contados desde el envío por el Transportista de los documentos exigidos para su liquidación.

6.2. Esta regla constituye el estándar básico de cooperación comercial leal entre las empresas que utilizan la Plataforma.

6.3. El límite de 30 días se aplica a los contratos de transporte celebrados o iniciados mediante la Plataforma, con independencia del Tablón utilizado.

6.4. Las partes podrán pactar plazos inferiores, en particular de 7, 14 o 21 días.

6.5. Si se pacta un plazo menor, prevalece el establecido en el contrato.

6.6. Se prohíben los contratos de transporte con un plazo de pago superior a 30 días celebrados mediante la Plataforma o como consecuencia de relaciones iniciadas en ella, sin perjuicio de las disposiciones imperativas.

6.7. La prohibición también se aplica cuando las partes utilicen sus propios modelos de contrato o condiciones generales.

6.8. Si el contrato propio del Cliente establece un plazo superior a 30 días, su aplicación a una operación cubierta por estas Condiciones podrá constituir una infracción.

6.9. No podrán utilizarse contratos propios, documentos adicionales ni acuerdos separados para eludir el plazo máximo.

6.10. La celebración de un contrato contrario a los puntos 6.1–6.9 podrá justificar medidas previstas en estas Condiciones, sin determinar por sí misma la validez del contrato ni el vencimiento legal de la obligación de pago.

Documentos exigidos para la liquidación

6.11. Son los documentos establecidos en el contrato de transporte o en las condiciones de colaboración previamente acordadas de forma válida.

6.12. Pueden incluir, en particular:

a) factura;

b) carta de porte CMR;

c) carta de porte nacional;

d) comprobante de entrega;

e) otros documentos exigidos expresamente para el transporte.

6.13. Se enviarán en la forma y a la dirección acordadas, respetando los requisitos contractuales y legales.

6.14. Si se pactó su envío electrónico, la remisión correcta de los documentos exigidos por el medio acordado basta para fijar el inicio del plazo del punto 6.1.

6.15. Si las partes acordaron previamente la entrega de determinados originales, deberá cumplirse esa obligación conforme al contrato.

Prohibición de prolongar artificialmente los pagos

6.16. Se prohíben las actuaciones destinadas a prolongar artificialmente el plazo de pago por servicios ya realizados.

6.17. Podrán constituir infracciones, en particular:

a) rechazar sin justificación documentos enviados correctamente;

b) retrasar deliberadamente la confirmación de recepción;

c) exigir documentos adicionales no previstos en lo acordado ni exigidos por la ley;

d) prolongar deliberadamente la revisión de documentos correctamente presentados;

e) supeditar el inicio del plazo a actos exclusivos del Cliente con el fin de eludir el límite de 30 días;

f) implantar trámites administrativos cuya finalidad real sea posponer el pago.

6.18. Una vez enviada correctamente la documentación, el Cliente no podrá retrasar sin justificación el inicio del plazo de 30 días.

6.19. Si faltan documentos o contienen errores importantes, el Cliente podrá solicitar que se completen o corrijan, precisando las objeciones.

6.20. Las objeciones documentales no podrán formularse de forma aparente o desproporcionada con el único fin de retrasar el pago.

6.21. La constatación de infracciones de este artículo podrá justificar las medidas previstas en estas Condiciones.

6.22. El Administrador no asume la obligación de pagar la remuneración del Transportista ni participa en las liquidaciones entre empresas.

6.23. Los derechos del Transportista a reclamar el pago, intereses, indemnización por costes de cobro y otras cantidades se rigen por el contrato y la ley aplicable.

6.24. Estas disposiciones no restringen las normas imperativas relativas al vencimiento de las deudas, plazos de pago y lucha contra la morosidad comercial.

 

§ 7. Protección de los datos de las contrapartes y de la información empresarial

7.1. El Usuario deberá utilizar los datos obtenidos mediante la Plataforma de forma lícita y para los fines legítimos de su comunicación.

7.2. Los datos de las contrapartes y la información sobre anuncios, condiciones de transporte, documentos y otras cuestiones comerciales no podrán utilizarse vulnerando los derechos de sus titulares o de otros sujetos legitimados.

7.3. Se prohíbe especialmente:

a) descargar masivamente datos de Usuarios sin autorización;

b) crear bases de datos de contrapartes para su reventa no autorizada;

c) utilizar datos personales en contra de la legislación vigente;

d) revelar documentos de transporte a personas no autorizadas;

e) emplear información de Tablones Privados para perjudicar a sus propietarios o participantes;

f) eludir las restricciones técnicas de acceso a la información.

7.4. Este artículo no limita la colaboración comercial directa y lícita entre empresas.

7.5. Las empresas podrán comunicarse fuera de la Plataforma, siempre que no aprovechen esta posibilidad para infringir estas Condiciones, particularmente para eludir deliberadamente la obligación de declarar operaciones y pagar las comisiones debidas.

7.6. El tratamiento de datos personales se realiza conforme a la legislación vigente y a la Política de Privacidad.

7.7. Los datos personales podrán comunicarse a terceros sobre una base jurídica adecuada y en la medida necesaria para un fin concreto; dicha comunicación no requiere en todos los casos el consentimiento del interesado.

 

§ 8. Seguridad de las Cuentas y de la infraestructura de la Plataforma

8.1. El Usuario deberá utilizar la Plataforma sin poner en peligro su infraestructura, los datos ni a los demás Usuarios.

8.2. Se prohíbe especialmente:

a) intentar acceder sin autorización a Cuentas o recursos del sistema;

b) aprovechar vulnerabilidades de seguridad;

c) eludir mecanismos de autenticación;

d) perturbar el funcionamiento del sistema;

e) introducir programas maliciosos;

f) generar cargas injustificadas sobre la infraestructura;

g) manipular datos técnicos del sistema;

h) usar herramientas automáticas de forma contraria a las reglas del servicio.

8.3. Se permite utilizar herramientas automáticas, integraciones ERP/TMS, API y otras soluciones técnicas dentro del alcance autorizado por el Administrador.

8.4. El uso de una herramienta de integración autorizada no constituye por sí solo una infracción.

8.5. El Administrador podrá establecer límites justificados a la frecuencia de consultas, número de operaciones, volumen de datos transmitidos y utilización de recursos.

8.6. Estos límites podrán afectar, en particular, a:

a) búsquedas de anuncios;

b) notificaciones automáticas;

c) tareas periódicas del sistema;

d) integraciones con software externo;

e) formularios de contacto;

f) otras funciones que puedan sobrecargar considerablemente la infraestructura.

8.7. El Administrador podrá aplicar protecciones técnicas para preservar la infraestructura y garantizar un uso equitativo de los recursos disponibles.

8.8. Ante acciones que puedan amenazar la seguridad, podrá adoptar medidas necesarias y proporcionadas, incluida la restricción temporal de determinados servicios.

8.9. Cuando exista una amenaza urgente, podrá actuar antes de finalizar la investigación, cumpliendo las obligaciones legales pertinentes.

8.10. El Administrador deberá permitir aclarar las circunstancias en la medida prevista por estas Condiciones y la ley.

 

§ 9. Prohibición de eludir restricciones y manipular el sistema

9.1. Se prohíbe eludir restricciones de acceso impuestas correctamente.

9.2. Entre esas actuaciones se incluyen:

a) crear otras Cuentas exclusivamente para eludir un bloqueo;

b) utilizar otras Cuentas de la misma empresa para continuar actos restringidos;

c) usar datos de identidad ajenos;

d) recurrir a terceros no autorizados para eludir restricciones;

e) manipular la verificación o el control de acceso.

9.3. También se prohíbe manipular las funciones de la Plataforma para obtener ventajas indebidas.

9.4. En particular, no se permite inflar artificialmente las visitas de anuncios, simular interés en ofertas ni influir deslealmente en los resultados de búsqueda.

9.5. El uso de varias Cuentas válidamente creadas por una empresa no constituye por sí mismo una infracción.

9.6. El Administrador podrá actuar respecto de Cuentas de una misma empresa cuando se utilicen para eludir restricciones o cometer infracciones graves.

9.7. Las medidas serán proporcionadas y se ajustarán al capítulo IV y a la legislación vigente.

 

§ 10. Actualización de los datos empresariales

10.1. El Usuario mantendrá actualizados los datos de la empresa representada.

10.2. Esta obligación incluye, en particular:

a) denominación de la empresa;

b) domicilio social;

c) número de identificación fiscal;

d) datos registrales;

e) datos de contacto;

f) licencias y autorizaciones exigidas;

g) otros datos relevantes para prestar correctamente los servicios.

10.3. Los cambios importantes deberán actualizarse sin demora injustificada.

10.4. En particular, el Usuario informará al Administrador sobre:

a) el cese de la actividad empresarial;

b) la pérdida de autorizaciones necesarias;

c) la retirada de una licencia o permiso;

d) cambios sustanciales en los datos utilizados para verificar la empresa;

e) otras circunstancias que afecten al derecho a utilizar servicios.

10.5. Los cambios importantes se comunicarán inmediatamente y, como máximo, dentro de los siete días siguientes a su conocimiento.

10.6. Si se pierde una autorización indispensable, no podrá seguir ofreciéndose la actividad cuando ello sea contrario a la ley.

10.7. El Administrador podrá solicitar documentos que acrediten la actualización de datos o la posesión de licencias.

10.8. La falta de información exigida podrá justificar limitar determinadas funciones, cuando resulte proporcionado y conforme a estas Condiciones.

 

§ 11. Obligaciones del Administrador

11.1. El Administrador se compromete a prestar los servicios conforme a estas Condiciones y a la ley vigente.

11.2. Adoptará medidas organizativas y técnicas adecuadas para la seguridad y correcto funcionamiento del sistema.

11.3. Actuará con la diligencia debida para mantener la continuidad de los servicios.

11.4. Podrá efectuar mantenimiento, actualizaciones y modernización de la infraestructura.

11.5. Estos trabajos podrán limitar temporalmente determinadas funciones.

11.6. Siempre que sea posible, planificará los trabajos para reducir su impacto sobre los Usuarios.

11.7. Las interrupciones temporales también podrán deberse a:

a) fallos de infraestructura;

b) incidencias de proveedores externos;

c) necesidad de eliminar amenazas de seguridad;

d) adaptación a nuevas disposiciones legales;

e) fuerza mayor;

f) otras causas técnicas u organizativas justificadas.

11.8. Podrá restringir funciones cuando sea necesario para proteger la seguridad, respetando la proporcionalidad y la ley.

11.9. Informará sobre interrupciones técnicas importantes previstas cuando sea posible avisar previamente.

11.10. Ante fallos de funcionamiento, emprenderá acciones para corregirlos de acuerdo con su naturaleza y las posibilidades técnicas.

 

§ 12. Buscador, mapas y datos técnicos

12.1. La Plataforma ofrece herramientas para buscar anuncios, analizar datos de transporte y planificar rutas.

12.2. Estas funciones pueden utilizar información y servicios de proveedores externos.

12.3. Los datos sobre rutas, distancias, ubicaciones y otros parámetros son orientativos.

12.4. El Administrador no garantiza que la información generada por mapas externos y herramientas de búsqueda sea siempre completa y libre de errores.

12.5. En particular, pueden existir diferencias entre:

a) la distancia indicada por la Plataforma;

b) la distancia real recorrida;

c) el trayecto viable para un vehículo concreto;

d) los tiempos de viaje según las condiciones de tráfico;

e) los datos de otros sistemas cartográficos.

12.6. Los Usuarios verificarán por sí mismos la viabilidad del transporte, considerando restricciones viarias, características del vehículo, pesos, dimensiones máximas y leyes aplicables.

12.7. Los resultados de búsqueda y las herramientas auxiliares no garantizan que pueda realizarse un transporte concreto.

12.8. El Administrador responderá por los fallos de sus propios servicios en los términos previstos por la ley y estas Condiciones.

 

§ 13. Comunicación de infracciones y colaboración con el Administrador

13.1. El Usuario que conozca una infracción podrá comunicarla al Administrador.

13.2. En lo posible, la comunicación incluirá:

a) descripción de la supuesta infracción;

b) datos para identificar al Usuario o la operación;

c) fecha o período correspondiente;

d) fundamentación;

e) documentos y pruebas disponibles.

13.3. El Administrador podrá solicitar explicaciones adicionales a los Usuarios afectados.

13.4. El Usuario facilitará información veraz necesaria para investigar sospechas fundadas de infracción.

13.5. La solicitud de documentos deberá guardar relación adecuada con el objeto de la investigación.

13.6. El Administrador no deberá exigir información sin relación justificada con la infracción investigada.

13.7. El Usuario podrá presentar documentación que acredite la conformidad de su actuación.

13.8. La mera comunicación de una infracción no prueba que se haya cometido.

13.9. El Administrador valorará la información disponible considerando las posiciones de las partes afectadas.

13.10. Aportar conscientemente pruebas falsas o denuncias inveraces para perjudicar a otro Usuario podrá constituir una infracción.

13.11. Las reglas de tramitación, moderación y restricciones figuran en los capítulos correspondientes y en la legislación vigente.

 

§ 14. Consecuencias de las infracciones

14.1. El Administrador podrá adoptar las medidas previstas en estas Condiciones ante una infracción acreditada.

14.2. Según la naturaleza de la infracción, podrán incluir:

a) recordatorio de las obligaciones;

b) advertencia;

c) requerimiento de subsanación;

d) limitación temporal de funciones;

e) restricción para publicar anuncios;

f) restricción para presentar ofertas;

g) suspensión temporal de la Cuenta;

h) finalización del servicio y eliminación de la Cuenta cuando lo permitan estas Condiciones y la ley.

14.3. Ante infracciones graves o reiteradas podrá considerar medidas respecto de otras Cuentas vinculadas a la misma empresa conforme al capítulo IV.

14.4. Tales medidas deberán justificarse por la naturaleza de la infracción y la necesidad de proteger la Plataforma y a sus Usuarios.

14.5. No podrán imponerse restricciones únicamente por una denuncia sin verificar y sin evaluar las circunstancias, salvo medidas provisionales justificadas para proteger la seguridad o cumplir obligaciones legales.

14.6. El Administrador aplicará medidas proporcionadas a la naturaleza y consecuencias de la infracción.

14.7. Al limitar o terminar servicios cumplirá los deberes de informar sobre las razones y las vías de impugnación en la medida exigida por la ley.

14.8. Las medidas internas no extinguen automáticamente las obligaciones de contratos de transporte previamente celebrados entre Usuarios.

14.9. La liquidación de servicios de pago en caso de suspensión o baja se rige por las disposiciones pertinentes y la ley.

 

§ 15. Responsabilidad del Usuario

15.1. El Usuario responderá por incumplir estas Condiciones conforme a la legislación vigente.

15.2. En particular, podrá responder por daños derivados de:

a) usar deliberadamente la Plataforma para actividades ilícitas;

b) comprometer la seguridad del sistema;

c) utilizar ilícitamente datos de otros Usuarios;

d) publicar contenidos que vulneren derechos de terceros;

e) utilizar documentación falsa;

f) otras infracciones culpables de las obligaciones, cuando concurran los requisitos legales de responsabilidad.

15.3. Si el Administrador sufre daños por actos ilícitos o infracciones del Usuario, podrá reclamar su reparación conforme a la ley.

15.4. Las reclamaciones deberán contar con fundamento jurídico o contractual y reunir los requisitos de responsabilidad de cada supuesto.

15.5. Una reclamación de un tercero contra el Administrador no obliga automáticamente al Usuario a cubrir todos los gastos de aquel.

15.6. Podrán reclamarse costes o indemnizaciones justificados y legalmente exigibles si concurren los requisitos correspondientes.

15.7. La responsabilidad por incumplir un contrato de transporte con otra empresa es distinta de la responsabilidad por infringir estas Condiciones.

15.8. Las responsabilidades entre las partes del transporte se rigen por su contrato y la ley aplicable.

 

§ 16. Responsabilidad del Administrador

16.1. El Administrador responde de sus propios servicios conforme a la legislación y a estas Condiciones.

16.2. No responde de la veracidad de toda la información publicada directamente por los Usuarios, sin perjuicio de sus obligaciones legales.

16.3. No garantiza la celebración de contratos de transporte ni un resultado empresarial concreto.

16.4. La mera puesta a disposición de la infraestructura no hace responsable al Administrador del cumplimiento de contratos de transporte celebrados directamente entre empresas.

16.5. En particular, el Administrador no asume obligaciones de los Usuarios relativas a:

a) realización del transporte;

b) puntualidad de la carga y descarga;

c) pago del precio del transporte;

d) reparación de daños durante el transporte;

e) responsabilidad sobre la mercancía;

f) otras obligaciones contractuales de transporte.

16.6. No responde de las consecuencias de datos falsos aportados por Usuarios ni de actos no autorizados de terceros, salvo que su responsabilidad derive de sus propias acciones u omisiones o de la ley.

16.7. Podrá responder por daños derivados del incumplimiento de sus propias obligaciones en la medida establecida legalmente.

16.8. Ninguna disposición excluirá su responsabilidad cuando la exclusión esté prohibida por la ley.

 

§ 17. Publicidad e información comercial en el Servicio

17.1. El Administrador podrá ofrecer espacios publicitarios y otras formas de presentación comercial.

17.2. Los anuncios publicitarios respetarán la ley y los derechos de terceros.

17.3. Los anunciantes responden de la legalidad de los contenidos en los términos previstos por la ley.

17.4. El Administrador podrá rechazar anuncios que vulneren la ley, estas Condiciones o requisitos justificados de seguridad.

17.5. La publicación publicitaria no implica que el Administrador recomiende al anunciante, producto o servicio.

17.6. La identificación y presentación de publicidad se ajustará a la legislación aplicable.

 

§ 18. Disposiciones finales

18.1. Este capítulo se aplica a todos los Usuarios conforme a los servicios que utilicen.

18.2. Las reglas específicas sobre anuncios, ofertas, contratos e infracciones de cooperación se establecen en el capítulo IV.

18.3. Las reglas sobre opiniones y valoraciones figuran en el capítulo VI.

18.4. Las reglas sobre quejas, reclamaciones, moderación y decisiones restrictivas se recogen en las disposiciones pertinentes.

18.5. Este capítulo no limita derechos reconocidos por normas imperativas.

18.6. En cuestiones no reguladas aquí se aplicarán las demás Condiciones y la legislación vigente.

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CAPÍTULO VIII. PROCEDIMIENTO PARA EXAMINAR DENUNCIAS, INFRACCIONES DE LAS CONDICIONES GENERALES Y APLICAR PENALIZACIONES CONTRACTUALES

§ 1. Disposiciones generales

1.1. Este capítulo regula la comunicación y el examen de infracciones, las investigaciones, la aplicación de medidas internas y las reclamaciones de penalizaciones contractuales por incumplimiento de determinadas obligaciones de los Usuarios.

1.2. Su finalidad es garantizar un entorno empresarial seguro, honesto y transparente, combatir las prácticas desleales y proteger los derechos e intereses legítimos de los Usuarios y del Administrador.

1.3. El Administrador puede adoptar medidas para detectar, comprobar y prevenir las infracciones y los abusos de la Plataforma.

1.4. Podrá iniciar una investigación:

a) a raíz de una denuncia de un Usuario;

b) por información de un tercero;

c) por iniciativa propia, especialmente cuando detecte anomalías en el funcionamiento del Servicio;

d) basándose en documentos, registros del sistema u otra información obtenida lícitamente.

1.5. Examinará individualmente cada posible infracción considerando su naturaleza, circunstancias y pruebas disponibles.

1.6. Una denuncia no demuestra por sí misma una infracción ni determina la responsabilidad del Usuario.

1.7. El Administrador no actúa como tribunal ordinario o arbitral ni resuelve de manera vinculante reclamaciones civiles derivadas de contratos de transporte entre Usuarios.

1.8. Sus investigaciones se refieren al cumplimiento de estas Condiciones y a las obligaciones de los Usuarios frente al Administrador.

1.9. Las medidas internas y penalizaciones contractuales se aplican conforme a este capítulo, al resto de las Condiciones y a la legislación vigente.

1.10. El Administrador aplicará los mismos criterios de evaluación a todos los Usuarios, con independencia de su actividad, número de Cuentas, intensidad de uso o valor de las operaciones.

 

§ 2. Comunicación de infracciones

2.1. Cualquier Usuario podrá denunciar al Administrador una presunta infracción cometida por otro Usuario.

2.2. Podrán denunciarse, en particular:

a) incumplimientos de las reglas de presentación y aceptación de ofertas;

b) negativa injustificada a realizar actos necesarios para formalizar una operación acordada;

c) omisión de la declaración de un contrato de transporte sujeto a comisión;

d) ocultación deliberada de operaciones celebradas;

e) manipulación de anuncios, ofertas o mecanismos de la Plataforma;

f) obtención o uso no autorizados de datos de contrapartes;

g) infracciones de la lealtad comercial;

h) elusión consciente de restricciones impuestas conforme a estas Condiciones;

i) otras conductas contrarias a las Condiciones.

2.3. Las denuncias podrán enviarse mediante el formulario de contacto, correo electrónico u otros canales habilitados por el Administrador.

2.4. Cuando sea posible, contendrán:

a) datos de identificación del denunciante;

b) identificación del Usuario denunciado;

c) descripción de los hechos;

d) fecha o período correspondiente;

e) número del anuncio, oferta o contrato UPPT, si procede;

f) documentos u otras pruebas disponibles;

g) información adicional relevante para aclarar el asunto.

2.5. El Administrador podrá solicitar que se complete la denuncia si la información resulta insuficiente.

2.6. Comunicar una controversia sobre la ejecución de un contrato de transporte no inicia automáticamente un procedimiento por infracción.

2.7. Si los hechos sugieren una infracción de las normas de la Plataforma, podrá investigarse.

2.8. Las notificaciones de contenidos ilícitos se tramitarán conforme a las disposiciones aplicables, especialmente el Reglamento (UE) 2022/2065, en la medida pertinente para los servicios.

2.9. Estas notificaciones se examinarán sin dilación indebida, de manera oportuna, diligente, objetiva y no arbitraria, conforme a las obligaciones legales.

2.10. Las demás comunicaciones se examinarán sin demora injustificada, atendiendo a la complejidad y la necesidad de recabar explicaciones.

2.11. Una denuncia de buena fe no constituye infracción aunque los hechos no se confirmen.

2.12. Aportar deliberadamente datos falsos, falsificar pruebas o utilizar el procedimiento para perjudicar a una empresa podrá constituir una infracción independiente.

 

§ 3. Investigación

3.1. Tras recibir una denuncia o detectar una posible infracción, el Administrador analizará preliminarmente la información.

3.2. Si las circunstancias lo justifican, podrá iniciar una investigación.

3.3. Podrá examinar documentos e información facilitados u obtenidos lícitamente, en particular:

a) datos de anuncios de transporte;

b) contenido e historial de ofertas;

c) datos de aceptación de ofertas;

d) documentación de contratos UPPT;

e) documentos de transporte;

f) declaraciones de operaciones;

g) liquidaciones de comisiones;

h) correspondencia presentada por las partes;

i) registros de sistema, diarios de eventos y otras pruebas técnicas.

3.4. Podrá solicitar explicaciones y documentos relevantes al Usuario afectado.

3.5. Este deberá recibir información sobre la esencia de los cargos, respetando la protección de datos, el secreto empresarial y otras informaciones protegidas.

3.6. El plazo ordinario para responder será de siete días desde la notificación.

3.7. El Administrador podrá ampliar el plazo en casos justificados.

3.8. No responder dentro del plazo no confirma automáticamente las acusaciones, pero la valoración podrá realizarse con las pruebas disponibles.

3.9. Se considerarán tanto las circunstancias favorables como las desfavorables al Usuario investigado.

3.10. Podrá rechazarse una investigación cuando la denuncia trate exclusivamente de pretensiones civiles derivadas de un contrato de transporte y no indique una infracción de estas Condiciones.

3.11. Si aparecen indicios de delito, podrá informar a las autoridades competentes de conformidad con la ley.

3.12. Ante amenazas inmediatas para datos, infraestructura u otros Usuarios, podrá adoptar medidas cautelares necesarias antes de concluir la investigación, cumpliendo la ley.

3.13. Dichas medidas serán proporcionales y se revisarán al desaparecer su causa.

 

§ 4. Evaluación de la infracción

4.1. Tras examinar la información, el Administrador valorará si la conducta infringe disposiciones concretas.

4.2. Considerará especialmente:

a) la obligación incumplida;

b) las circunstancias del hecho;

c) los documentos y demás pruebas;

d) el carácter de la acción u omisión;

e) la importancia para la seguridad y el funcionamiento de la Plataforma;

f) posibles infracciones anteriores del mismo tipo;

g) sus consecuencias para otros Usuarios o el Administrador.

4.3. En infracciones relativas a ofertas y contratos podrá considerar también el valor del flete afectado.

4.4. El valor del flete es un factor de evaluación y no determina automáticamente la penalización como un porcentaje de dicho valor.

4.5. Una disputa comercial entre empresas no constituye automáticamente una infracción.

4.6. El ejercicio legítimo de derechos reconocidos por la ley no podrá considerarse una infracción.

4.7. Podrá calificarse como especialmente grave una infracción demostrada que busque eludir las Condiciones, causar daños, obtener ventajas indebidas o amenazar la seguridad.

4.8. Esta evaluación servirá de base para medidas internas o reclamaciones de penalización contractual cuando esta se haya pactado válidamente y concurran los requisitos legales.

 

§ 5. Medidas aplicables por el Administrador

5.1. Ante una infracción acreditada, el Administrador podrá adoptar medidas organizativas para proteger la Plataforma, a sus Usuarios y la correcta prestación de los servicios.

5.2. Podrán incluir:

a) apercibimiento;

b) advertencia por escrito;

c) requerimiento de subsanación;

d) limitación temporal de determinadas funciones;

e) restricción temporal para publicar anuncios;

f) restricción temporal para presentar ofertas;

g) suspensión temporal de la Cuenta;

h) finalización del servicio y eliminación de la Cuenta cuando lo permitan estas Condiciones y la ley.

5.3. Podrán combinarse medidas cuando lo justifique la infracción y no resulten desproporcionadas.

5.4. En infracciones graves o reiteradas podrá limitarse también el acceso a través de otras Cuentas de la misma empresa si las circunstancias lo justifican.

5.5. Tener varias Cuentas no justifica por sí solo una sanción.

5.6. Ante amenazas a la infraestructura, datos o seguridad de los Usuarios podrán adoptarse medidas de protección inmediatas.

5.7. Las restricciones de acceso no extinguen automáticamente las obligaciones de contratos de transporte anteriores.

5.8. El Administrador podrá tener en cuenta acciones correctivas del Usuario, incluida la subsanación voluntaria o explicaciones creíbles.

5.9. Las restricciones se ajustarán a los procedimientos de notificación, motivación e impugnación exigidos por la ley.

5.10. Cuando sea obligatorio un preaviso para terminar el servicio, se respetará el plazo correspondiente salvo excepción legal.

 

§ 6. Penalizaciones contractuales por infracciones de cooperación en el transporte

A. Principios generales

6.1. Los Usuarios respetarán las obligaciones no pecuniarias establecidas en estas Condiciones, especialmente sobre presentación y aceptación leal de ofertas, actuaciones exigidas tras la aceptación y declaración de contratos sujetos a comisión.

6.2. Podrán pactarse penalizaciones contractuales por incumplimiento o cumplimiento defectuoso de obligaciones no pecuniarias expresamente definidas frente al Administrador, conforme a los artículos 483 y 484 del Código Civil polaco.

6.3. Solo podrán reclamarse cuando concurran los presupuestos de responsabilidad previstos en estas Condiciones y la ley.

6.4. Las penalizaciones se expresan en EUR. La Tabla n.º 1 muestra los intervalos habituales de cantidades reclamables tras una evaluación individual; el importe pactado y sus límites máximos se establecen en el § 8. El Administrador podrá reducir o renunciar a reclamar la cantidad.

Tabla n.º 1. Penalizaciones contractuales por ofertas y contratos de transporte

N.º Tipo de infracción Intervalo habitual de la cantidad reclamada
1 El Transportista no declara dentro del plazo exigido un contrato celebrado mediante el Tablón Público 30–150 EUR
2 Ocultación deliberada por el Transportista de un contrato celebrado para evitar la liquidación de la comisión 100–250 EUR
3 Negativa injustificada a realizar las actuaciones necesarias para formalizar una operación acordada tras aceptar una oferta 50–200 EUR
4 Manipulación deliberada de anuncios, ofertas o mecanismos de aceptación contraria a estas Condiciones 50–250 EUR

Nota: los intervalos indican importes habitualmente reclamados. La penalización pactada y el límite del valor neto del flete resultan del § 8; en particular, la penalización puede ser inferior al mínimo del intervalo cuando el flete sea menor.

B. Obligación de declarar contratos celebrados

6.5. El Usuario Transportista declarará los contratos sujetos a comisión del Tablón Público dentro de las tres horas siguientes a su celebración, conforme al capítulo IV.

6.6. La obligación afecta a contratos válidamente celebrados, no solo a la presentación o aceptación de una oferta cuando esta aún no haya constituido un contrato.

6.7. El incumplimiento de la declaración podrá dar lugar a la penalización de la posición 1 de la Tabla n.º 1.

6.8. Si se comprueba una ocultación deliberada para evitar la declaración y la comisión, podrá aplicarse la penalización de la posición 2.

6.9. Por un mismo hecho que reúna falta de declaración y ocultación deliberada no se acumularán dos penalizaciones; se aplicará una según la calificación procedente.

6.10. La penalización por incumplir la declaración es independiente de la comisión debida y no puede convertirse en una penalización ilegal por incumplir una obligación de pago.

6.11. Si la omisión se debió a una avería documentada, fuerza mayor u otras circunstancias no imputables al Usuario, no justificará por sí sola la penalización.

C. Negativa a formalizar la operación

6.12. La negativa injustificada a cumplir obligaciones reglamentarias necesarias para formalizar una operación tras aceptar una oferta podrá constituir infracción, conforme a los plazos del capítulo IV.

6.13. La valoración tendrá en cuenta el anuncio, la oferta aceptada, las condiciones de transporte y las actuaciones posteriores de las partes.

6.14. Rechazar lo siguiente no constituye por sí solo infracción:

a) nuevas condiciones contractuales no comunicadas previamente;

b) cambios sustanciales en las características del transporte;

c) obligaciones adicionales no acordadas;

d) cláusulas contrarias a la ley;

e) otras modificaciones cuyo rechazo esté justificado conforme al capítulo IV.

6.15. El Administrador distingue los incumplimientos de formalización de operaciones de los incumplimientos de contratos de transporte ya celebrados.

6.16. Estas penalizaciones no sustituyen las reclamaciones que correspondan a las partes del contrato de transporte según la ley.

D. Manipulación de anuncios y ofertas

6.17. Se prohíbe manipular deliberadamente anuncios, ofertas y su aceptación cuando ello incumpla obligaciones expresas de estas Condiciones.

6.18. Entre las posibles infracciones se incluyen:

a) crear ofertas ficticias para manipular la selección de contrapartes;

b) utilizar operaciones simuladas;

c) eludir deliberadamente restricciones de presentación de ofertas;

d) intervenir sin autorización en mecanismos automáticos de aceptación;

e) otras actuaciones probadas destinadas a distorsionar deliberadamente el funcionamiento de las ofertas.

6.19. El uso correcto del Asistente de Fletes, la función Aceptar Flete y otras herramientas autorizadas no constituye infracción.

6.20. La modificación o retirada de una oferta conforme a las Condiciones no se considera automáticamente manipulación.

6.21. Para infracciones relativas a una oferta o operación concreta, el máximo de la penalización se determina conforme a las reglas vinculadas al valor del flete del § 8.

6.22. Si se afectan varias ofertas u operaciones independientes, se evaluarán individualmente. Se prohíbe dividir artificialmente un único hecho para multiplicar penalizaciones.

 

§ 7. Penalizaciones por obtención y uso no autorizados de datos

A. Protección de los recursos de información de la Plataforma

7.1. Las bases de datos empresariales, la información sobre contrapartes, los conjuntos de anuncios y ofertas y otros recursos protegidos de la Plataforma están amparados por los derechos del Administrador o de otros titulares legítimos y por la legislación vigente.

7.2. El Usuario utilizará los datos de la Plataforma conforme a sus permisos, su finalidad y la ley.

7.3. Se prohíbe copiar, descargar, recopilar, difundir o utilizar masivamente datos protegidos sin autorización.

7.4. La prohibición comprende especialmente herramientas automáticas, scripts, robots y otros medios técnicos utilizados para obtener cantidades importantes de datos sin autorización.

7.5. También se prohíbe emplear Cuentas, interfaces o integraciones para eludir las restricciones de acceso a recursos protegidos.

B. Tipos de infracciones y penalizaciones contractuales

7.6. Los Usuarios se abstendrán de infringir las obligaciones no pecuniarias de protección de recursos informativos definidas en este artículo.

Tabla n.º 2. Penalizaciones contractuales por infringir la protección de los datos de la Plataforma

N.º Tipo de infracción Intervalo habitual de la cantidad reclamada
1 Descarga masiva no autorizada de datos de contrapartes o conjuntos de datos protegidos 1 000–5 000 EUR
2 Obtención y utilización sistemáticas de datos de la Plataforma con fines comerciales no autorizados 5 000–10 000 EUR
3 Venta, transmisión no autorizada a terceros o puesta a disposición comercial de una base de datos obtenida de la Plataforma hasta 30 000 EUR

Para la posición 3, la penalización contractual pactada asciende a 30 000 EUR; el Administrador podrá reclamar una cantidad inferior o renunciar a ella. La forma de determinar las penalizaciones de todas las posiciones se establece en el § 8.

7.7. Se considera descarga masiva no autorizada la obtención de recursos protegidos en una escala o forma que exceda los permisos, especialmente cuando afecte a una parte significativa de la base o incluya operaciones reiteradas contrarias a las normas.

7.8. El uso comercial sistemático no autorizado comprende la obtención y utilización reiteradas de datos protegidos en actividades empresariales no comprendidas en los permisos concedidos.

7.9. La infracción de la posición 3 incluye la cesión remunerada no autorizada de una base protegida, la venta de copias o su transmisión a terceros para explotación comercial, vulnerando derechos del Administrador o de otros titulares.

7.10. Las infracciones de la Tabla n.º 2 afectan a obligaciones especialmente importantes de protección de los recursos informativos.

C. Evaluación individual de la infracción

7.11. El Administrador considerará especialmente:

a) el alcance de los datos obtenidos;

b) la forma de obtención;

c) el tipo de utilización;

d) la reiteración;

e) el uso con fines comerciales no autorizados;

f) la comunicación a terceros;

g) las circunstancias y efectos acreditados.

7.12. Ante la obtención masiva no autorizada, el Administrador podrá aplicar inmediatamente medidas técnicas necesarias para proteger la infraestructura y los datos.

7.13. Podrán incluir limitar funciones, bloquear operaciones sospechosas o suspender temporalmente una Cuenta.

7.14. El Administrador podrá reclamar daños superiores a la penalización válidamente pactada cuando concurran los requisitos legales. Las partes se reservan expresamente la posibilidad de reclamar dichos daños conforme a la ley.

7.15. Las reclamaciones civiles no impiden otras actuaciones legalmente permitidas.

7.16. Estas reglas no limitan el uso lícito de datos de contrapartes para establecer relaciones comerciales ni su uso amparado en autorizaciones correspondientes.

7.17. No constituye infracción la mera búsqueda de contrapartes, la conservación de datos aislados necesarios para una colaboración lícita ni el uso de datos propios o información para la que exista un derecho independiente.

7.18. No se impondrán varias penalizaciones por una misma conducta por el hecho de encajar en más de una categoría de la Tabla n.º 2.

7.19. Si una conducta encaja en varias categorías, solo podrá aplicarse una penalización según su calificación procedente.

7.20. Estas disposiciones no menoscaban los derechos derivados de las leyes de protección de bases de datos, datos personales y otras normas aplicables.

 

§ 8. Cálculo de las penalizaciones contractuales, moneda y liquidación

A. Determinación del importe

8.1. Todas las penalizaciones contractuales de este capítulo se expresan en euros (EUR).

8.2. Para garantizar su determinabilidad, las partes acuerdan que el importe pactado para cada infracción equivale al límite superior establecido para ella en la Tabla n.º 1 o n.º 2, con las limitaciones siguientes.

8.3. Para penalizaciones vinculadas a una oferta o contrato de transporte concreto, el importe pactado no podrá exceder el valor neto del flete al que se refiera.

8.4. Por tanto, la penalización pactada corresponderá a la menor de estas dos cantidades:

a) el límite superior asignado en la Tabla n.º 1;

b) el valor neto del flete afectado, expresado en EUR.

8.5. Si el flete neto es inferior al mínimo del intervalo de la Tabla n.º 1, prevalecerá el límite del punto 8.3 y la penalización no superará ese valor.

8.6. Si el flete se pactó en PLN, para calcular el límite se convertirá el importe neto a EUR al tipo medio publicado por el Banco Nacional de Polonia (NBP) en la tabla A vigente el último día hábil anterior a la celebración del contrato o, si la infracción afectó a actuaciones posteriores a una aceptación que aún no constituyó contrato, anterior al día de aceptación de la oferta.

8.7. Si la oferta no dio lugar a un contrato, se tomará el importe neto de la oferta aceptada siempre que pueda determinarse con fiabilidad.

8.8. Si no es posible establecer fiablemente el flete afectado, no se impondrá penalización conforme al mecanismo de los puntos 8.3–8.7; ello no impide otras medidas internas ni reclamaciones basadas en otros fundamentos jurídicos.

B. Decisión individual del Administrador

8.9. El Administrador evaluará cada infracción y decidirá si reclama el importe íntegro pactado, una cuantía inferior o ninguna cantidad.

8.10. Para ello podrá considerar:

a) naturaleza y circunstancias de la infracción;

b) valor del flete, si procede;

c) consecuencias para la Plataforma y sus Usuarios;

d) alcance y reiteración de las irregularidades;

e) medidas correctivas adoptadas;

f) explicaciones y pruebas presentadas.

8.11. La evaluación individual no faculta a aumentar la penalización por encima de los límites de los puntos 8.2–8.8.

8.12. Podrá reclamarse una cuantía inferior a la pactada, especialmente dentro del intervalo correspondiente de la tabla.

8.13. La reducción favorece al Usuario y no podrá incrementar su obligación.

8.14. Si se comunica una reducción definitiva y el Usuario paga la cantidad acordada en plazo, no se reclamará el resto por la misma infracción. Si procede, las partes documentarán la liquidación por escrito o en soporte documental.

8.15. El Administrador podrá renunciar totalmente a reclamar la penalización si las circunstancias lo justifican.

8.16. La responsabilidad y procedencia de una penalización exigirán cumplir los requisitos de estas Condiciones y la ley.

C. Penalizaciones relativas a bases de datos

8.17. En las infracciones de la Tabla n.º 2, la penalización pactada equivale al límite superior de la categoría.

8.18. Tras su evaluación individual, el Administrador podrá reclamar una cantidad inferior, nunca superior a la pactada. Para la posición 3 de la Tabla n.º 2, el importe pactado es de 30 000 EUR.

8.19. Estas penalizaciones no se limitan al valor del flete, pues protegen obligaciones independientes frente al Administrador.

8.20. Solo serán reclamables si el acto vulneró una obligación no pecuniaria válidamente aceptada y concurren los requisitos legales de responsabilidad.

D. Conversión y reclamación de cantidades

8.21. Si la penalización se liquida en PLN, se aplicará el tipo medio EUR del NBP, tabla A, del último día hábil anterior a la emisión del requerimiento de pago.

8.22. El Administrador enviará al Usuario un requerimiento que indique, en particular:

a) identificación de la empresa;

b) descripción de la infracción;

c) obligación infringida y fundamento en estas Condiciones;

d) importe de la penalización pactada;

e) importe efectivamente reclamado;

f) importe en PLN, cuando se liquide en esa moneda;

g) tipo de cambio utilizado;

h) justificación de la cantidad;

i) plazo y forma de pago;

j) información sobre cómo impugnar la reclamación.

8.23. El plazo de pago será ordinariamente de 14 días desde la recepción, salvo disposición legal o acuerdo válido en contrario.

8.24. La penalización constituye una reclamación separada del Administrador y no se descuenta automáticamente del saldo de puntos del Usuario.

8.25. El requerimiento no equivale a una resolución judicial firme ni priva al Usuario de impugnar la procedencia o cuantía.

8.26. No se debe una penalización simplemente por incumplir una obligación monetaria, particularmente por no pagar el flete o una comisión.

8.27. Este artículo no excluye el derecho del Usuario a solicitar la moderación judicial de la penalización en los casos previstos por la ley.

8.28. Ante una impugnación, el Administrador podrá reclamarla ante el tribunal competente conforme a la ley.

 

§ 9. Decisiones del Administrador y su impugnación

9.1. Al finalizar la investigación, el Administrador decidirá las actuaciones posteriores.

9.2. La decisión podrá consistir en:

a) declarar que no existen motivos para adoptar medidas;

b) emitir apercibimiento o advertencia;

c) requerir la subsanación;

d) limitar determinadas facultades;

e) suspender temporalmente la Cuenta;

f) finalizar servicios cuando exista fundamento suficiente;

g) reclamar el pago de una penalización contractual;

h) adoptar otras medidas permitidas por las Condiciones y la ley.

9.3. Las restricciones de acceso se motivarán adecuadamente, incluyendo la información exigida por la ley.

9.4. El Usuario podrá solicitar revisión o impugnar una reclamación.

9.5. En el procedimiento interno de revisión, podrá presentar objeciones dentro de los 14 días siguientes a la recepción de la decisión.

9.6. Este plazo no limita los plazos más largos ni otras vías de impugnación reconocidas legalmente.

9.7. El Administrador examinará las objeciones sin demora injustificada, considerando los documentos e información.

9.8. Tras la revisión podrá:

a) mantener la decisión;

b) modificar su alcance;

c) levantar la restricción;

d) renunciar total o parcialmente a una reclamación;

e) adoptar otras medidas justificadas.

9.9. Si se impugna la penalización y no se alcanza acuerdo, podrá acudirse al tribunal competente.

9.10. El Administrador no puede decidir unilateralmente con efectos equivalentes a una sentencia firme sobre una reclamación civil controvertida.

9.11. Rechazar el pago voluntario de una penalización discutida no basta por sí solo para eliminar automáticamente la Cuenta.

9.12. Con independencia de la disputa económica, podrán aplicarse medidas internas cuando existan fundamentos separados y justificados relativos a la infracción.

9.13. Este procedimiento no sustituye los mecanismos legales de denuncia de contenidos ilícitos, reclamaciones o impugnación de restricciones, cuando sean aplicables.

9.14. El Administrador cumplirá las obligaciones legales de notificar decisiones, motivarlas y facilitar vías adecuadas de impugnación.

 

§ 10. Separación de la responsabilidad frente a la Plataforma y frente a las partes de contratos de transporte

10.1. Las investigaciones del Administrador versan sobre estas Condiciones y obligaciones de los Usuarios frente a él.

10.2. El Administrador no se convierte en parte de contratos celebrados directamente entre empresas por el solo uso de la Plataforma.

10.3. No asume las obligaciones empresariales de pagar fletes, realizar transportes, responder de mercancías, esperas, retrasos u otras reclamaciones contractuales.

10.4. Las controversias sobre ejecución, remuneración y daños se resolverán entre las empresas afectadas y, si no hay acuerdo, ante tribunales competentes o por otra vía legal.

10.5. Podrá evaluar el cumplimiento de las Condiciones aunque exista una controversia separada sobre un contrato de transporte.

10.6. Comprobar una infracción de las Condiciones no determina automáticamente la responsabilidad civil entre partes del transporte.

10.7. Las medidas internas no privan de derechos reconocidos por la legislación vigente.

10.8. La infracción persistente de obligaciones, incluidas las reglas del plazo máximo de pago de 30 días del capítulo VII, podrá justificar medidas organizativas.

10.9. El simple retraso en pagar fletes u obligaciones monetarias no fundamenta una penalización a favor del Administrador por ese mero incumplimiento económico.

10.10. Las reglas de ofertas, aceptación, contratos y declaración de operaciones se recogen en el capítulo IV.

10.11. Los derechos, obligaciones y principios de uso leal se establecen en el capítulo VII.

10.12. La responsabilidad por los servicios propios del Administrador figura en las disposiciones pertinentes, incluido el capítulo XII, y en la ley.

10.13. Solo podrán reclamarse penalizaciones cuando las disposiciones que las fundamentan vinculen válidamente a la empresa y cumplan la ley.

10.14. Los cambios en infracciones o penalizaciones no permiten imponer sanciones nuevas por hechos anteriores a la entrada en vigor válida de las disposiciones correspondientes.

10.15. En cuestiones no reguladas aquí se aplicarán las demás Condiciones y la legislación vigente.

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CAPÍTULO IX. NORMAS DE COBRO Y RECLAMACIÓN DE DEUDAS

§ 1. Ámbito y principios básicos

1.1. Este capítulo regula el cobro de cantidades debidas al Administrador y la posibilidad de que Idea Business Sp. z o.o. preste un servicio separado y remunerado de recobro extrajudicial, por encargo de un Usuario acreedor de un contrato de transporte.

1.2. El Administrador no es parte de los contratos entre Usuarios y no garantiza su ejecución ni la solvencia de las contrapartes. Aceptar un encargo de recobro no implica asumir la deuda, avalarla ni garantizar su recuperación.

1.3. Las cantidades derivadas de contratos de transporte corresponden directamente a sus partes. Los créditos del Administrador, incluidas comisiones y penalizaciones contractuales válidamente pactadas, son independientes del precio del flete.

1.4. El Administrador podrá rechazar un encargo de recobro. El registro o verificación no incluye automáticamente este servicio.

§ 2. Encargo de recobro por cuenta del Acreedor

2.1. Un Usuario con un crédito vencido derivado de un contrato celebrado a raíz de un anuncio de la Plataforma podrá solicitar gestiones extrajudiciales de recobro.

2.2. Cada prestación de este servicio exigirá un contrato separado entre el Acreedor e Idea Business Sp. z o.o. y la autorización correspondiente cuando se actúe en nombre del Acreedor.

2.3. Antes de aceptar el encargo, el Administrador podrá solicitar el contrato de transporte, factura, prueba de ejecución, documentos de vencimiento, pagos recibidos y correspondencia pertinente.

2.4. Podrá verificar la deuda, emitir requerimientos de pago, contactar con el Deudor dentro de su mandato e informar al Acreedor de los resultados.

2.5. El primer requerimiento podrá conceder cinco días hábiles desde su recepción para pagar voluntariamente, salvo que la ley o el contrato separado exijan otra actuación.

2.6. El servicio no incluye automáticamente representación judicial ni ejecución forzosa. Estas actuaciones solo podrán llevarlas a cabo personas habilitadas por la ley, previo acuerdo separado.

§ 3. Remuneración de Idea Business por el recobro efectivo

3.1. Si se celebra el contrato de recobro correspondiente, Idea Business Sp. z o.o. percibirá el 15 % del principal efectivamente recuperado como resultado de las gestiones encargadas, con un mínimo de 250 PLN netos por encargo exitoso, más IVA cuando proceda.

3.2. El Acreedor, y no el Deudor, debe pagar esta remuneración. Se devenga tras la recuperación total o parcial del principal conforme a las reglas del contrato separado. Si se recupera en varios pagos, el mínimo de 250 PLN netos se aplica una sola vez por encargo, no por abono.

3.3. Si no se recupera principal, no se devenga comisión de éxito. Solo podrán cobrarse gastos o servicios adicionales expresamente pactados de antemano y legalmente permitidos.

3.4. La remuneración de Idea Business no se añade automáticamente a la deuda del Deudor. El contrato de recobro entre Acreedor e Idea Business no obliga por sí solo al Deudor a pagar el 15 % ni 250 PLN.

3.5. El contrato separado regulará los pagos directos al Acreedor, el alcance del mandato, la base de cálculo de honorarios y la documentación del resultado. El Administrador no podrá detraer honorarios de cantidades del Acreedor sin fundamento legal y contractual.

§ 4. Reclamaciones del Acreedor frente al Deudor

4.1. El Deudor responde frente al Acreedor del principal y demás prestaciones debidas contractual o legalmente, incluidos los intereses de demora correspondientes.

4.2. Si se aplica la ley polaca de lucha contra la morosidad excesiva en operaciones comerciales, el Acreedor podrá tener derecho a la compensación legal por costes de cobro equivalente a 40 EUR, 70 EUR o 100 EUR, según el importe de la deuda, conforme al artículo 10 de dicha ley.

4.3. La compensación legal pertenece al Acreedor y no se transmite automáticamente a Idea Business. Cuando resulte aplicable el artículo 10.4 de la citada ley, no se cederá dicha compensación al Administrador.

4.4. El Acreedor podrá reclamar costes reales y justificados de cobro superiores a la compensación legal si lo permite la ley aplicable. La comisión contractual del 15 % no demuestra que todo ese importe sea automáticamente exigible al Deudor.

4.5. El Administrador no resuelve con fuerza de sentencia firme las reclamaciones entre Acreedor y Deudor; en caso de controversia las valorará el tribunal u órgano competente.

4.6. No podrá obtenerse doble compensación por el mismo coste en contra de la ley. Las reclamaciones de operaciones internacionales se evaluarán conforme a la ley aplicable al crédito.

§ 5. Deudas controvertidas y medidas internas

5.1. Si el Deudor impugna el crédito, el Administrador podrá solicitar explicaciones y pruebas, y realizar las gestiones previstas en el contrato de recobro.

5.2. La mera existencia de deuda, la recepción de un requerimiento o la controversia planteada por el Deudor no supone automáticamente suspender o bloquear su Cuenta.

5.3. Si hay pruebas de infracciones graves o persistentes de cooperación leal, el Administrador podrá iniciar, separadamente del recobro, el procedimiento del capítulo VIII y adoptar medidas justificadas, incluida la restricción o bloqueo inmediato cuando la ley lo permita.

5.4. Ante amenazas a la seguridad o abusos graves, podrán extenderse medidas a otras Cuentas vinculadas a la misma empresa, si resulta proporcionado, justificado y legal.

5.5. El Usuario podrá impugnar las decisiones conforme al capítulo VIII; la responsabilidad del Administrador por sus decisiones se regula en el capítulo XII.

5.6. El bloqueo no extingue las obligaciones de contratos previos. En la medida legalmente posible y segura, se facilitará el acceso apropiado a documentos necesarios para liquidar transportes realizados.

§ 6. Créditos del Administrador y reclamación de cantidades

6.1. Idea Business Sp. z o.o. podrá reclamar en nombre propio los importes vencidos por servicios, comisiones y penalizaciones válidamente pactadas, conforme a las Condiciones y la ley.

6.2. Podrá emitir requerimientos, reclamar intereses legalmente debidos, intentar gestiones amistosas y acudir a tribunales competentes.

6.3. Los costes judiciales y de ejecución se liquidarán conforme a la ley y no integran automáticamente la deuda por su mera mención en estas Condiciones.

6.4. Este capítulo no priva a los Usuarios de reclamar sus propios créditos ni de utilizar garantías legalmente permitidas.

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CAPÍTULO X. PROTECCIÓN DEL SERVICIO FRENTE A CONTENIDOS ILÍCITOS

Las disposiciones de este capítulo se ajustan al Reglamento (UE) 2022/2065 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de octubre de 2022, relativo a un mercado único de servicios digitales y por el que se modifica la Directiva 2000/31/CE (Reglamento de Servicios Digitales o DSA), aplicable desde el 17 de febrero de 2024, y se refieren a contenidos ilícitos.

1. Obligaciones del Usuario. El Usuario utilizará el Servicio conforme a estas Condiciones, la ley, los buenos usos, la competencia leal y los derechos de propiedad intelectual e industrial, de la personalidad y de protección de datos de terceros. No publicará Contenidos Ilícitos.

2. Definición de contenidos ilícitos. Se entiende por «Contenidos Ilícitos» cualquier información que por sí misma o en relación con una actividad, incluida la venta de productos o prestación de servicios, infrinja el Derecho de la Unión o el Derecho de cualquier Estado miembro conforme al Derecho de la Unión, sea cual sea su objeto o naturaleza.

3. Facultades del Administrador. El Administrador podrá realizar voluntariamente y de buena fe comprobaciones y adoptar medidas para detectar, identificar y retirar Contenidos Ilícitos o impedir su acceso, y cumplir los requisitos de la Unión y del Derecho nacional compatible, incluido el DSA. Estas actuaciones no afectan a la exención de responsabilidad prevista en el artículo 6.1 del DSA por información almacenada a petición del Usuario.

4. Moderación de contenidos. La moderación podrá realizarse por personas o mediante algoritmos, incluida la verificación y señalización automáticas de expresiones inadecuadas o inadmisibles.

5. Notificación de contenidos ilícitos. El Usuario podrá informar al Administrador, mediante el punto de contacto, sobre información que considere Contenido Ilícito.

6. Punto de contacto. El Administrador establece como punto de contacto para el DSA el correo , para la comunicación directa con las autoridades de los Estados miembros, la Comisión Europea, la Junta Europea de Servicios Digitales y los Usuarios. La comunicación podrá realizarse en polaco e inglés.

7. Contenido de la notificación. La notificación deberá incluir:

7.1. Una explicación suficientemente motivada de las razones por las que la información se considera ilícita.

7.2. La localización electrónica exacta, como URL precisas, y, cuando proceda, otros datos que permitan identificarla según el contenido y servicio.

7.3. Nombre o denominación y dirección electrónica del notificante, excepto las notificaciones sobre delitos contemplados en los artículos 3 a 7 de la Directiva 2011/93/UE.

7.4. Una declaración de buena fe de que la información y las alegaciones de la notificación son exactas y completas.

8. Acuse de recibo. Si se facilitan datos de contacto, el Administrador confirmará la recepción y notificará sin dilación indebida su decisión, indicando las vías de recurso. Podrá recurrirse por correo a dentro de 14 días, indicando la fecha y el contenido de la decisión.

9. Examen de notificaciones. Todas se examinarán oportunamente, sin arbitrariedad, de forma objetiva y diligente.

10. Actuaciones. El Administrador podrá retirar inmediatamente contenidos ilícitos o impedir su acceso al conocerlos. Motivará la decisión si deriva de una notificación y se refiere a:

a) limitación de visibilidad, retirada, bloqueo de acceso o reducción de posicionamiento de contenidos;

b) suspensión, terminación u otras restricciones de pagos monetarios;

c) suspensión o terminación total o parcial del servicio;

d) suspensión o bloqueo de la Cuenta.

11. Procedimiento de reclamación. Las quejas sobre acciones u omisiones del Administrador resultantes de una notificación podrán presentarse conforme al procedimiento de reclamación previsto en estas Condiciones.

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CAPÍTULO XI. DERECHOS DE AUTOR PATRIMONIALES Y UTILIZACIÓN DE MATERIALES

1. Los derechos de autor y demás derechos sobre software, estructura del Servicio, contenidos originales y materiales preparados por el Administrador o colaboradores autorizados corresponden a sus titulares. El uso de la Plataforma no transmite esos derechos al Usuario salvo acuerdo separado y válido.

2. El Usuario podrá usar materiales y funciones según su finalidad, permisos y legislación. Se prohíbe copiar, difundir o explotar comercialmente recursos protegidos sin autorización, respetando las excepciones legales y derechos de usuarios legítimos de bases de datos.

3. El Usuario conserva sus derechos sobre materiales publicados lícitamente. Concede al Administrador una licencia no exclusiva y gratuita o autorización adecuada para fijarlos técnicamente, almacenarlos, copiarlos, tratarlos, mostrarlos y comunicarlos a destinatarios autorizados, en la medida necesaria para los servicios y conforme a las opciones y permisos de acceso.

4. Esta autorización se limita a lo necesario para prestar servicios, proteger datos, mantener el funcionamiento y cumplir obligaciones legales. No autoriza en general la difusión ilimitada ni la venta de materiales del Usuario a terceros.

5. La documentación operativa y de transporte, incluidos contratos UPPT, cartas CMR, facturas, datos de fletes y documentos del Banco de Documentos, no será utilizada para promoción ni comercializada a terceros basándose únicamente en estas Condiciones. Su tratamiento se limitará a los servicios, los permisos de los participantes y las obligaciones legales.

6. El uso de nombres, marcas, fotografías u otros materiales del Usuario en campañas independientes requiere una base jurídica adecuada y, cuando corresponda, consentimiento previo u otra autorización del titular.

7. El Usuario declara disponer de los derechos y fundamentos jurídicos necesarios para publicar materiales y documentos y conceder las autorizaciones precisas. Responderá por vulneraciones de derechos de terceros conforme a la ley.

8. Este capítulo no limita los derechos reconocidos a los Usuarios y a terceros por la protección de datos, secretos empresariales, bases de datos u otras normas imperativas.

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CAPÍTULO XII. LIMITACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD DEL ADMINISTRADOR

§ 1. Condición y función del Administrador de la Plataforma

1.1. El Administrador es Idea Business Sp. z o.o., que presta servicios electrónicos a los Usuarios conforme a estas Condiciones.

1.2. La Plataforma constituye un entorno informático para establecer relaciones comerciales, publicar anuncios, presentar y aceptar ofertas, preparar y documentar contratos de transporte y utilizar herramientas adicionales de organización logística.

1.3. El Administrador proporciona infraestructura y herramientas, pero, por regla general, no es parte de los contratos de transporte celebrados entre Usuarios.

1.4. La mera disponibilidad de herramientas para preparar, celebrar, documentar o gestionar contratos no significa que el Administrador:

a) se convierta en Cliente o Transportista;

b) asuma obligaciones de las partes del transporte;

c) garantice la ejecución del transporte;

d) garantice el pago de los fletes;

e) asuma responsabilidad sobre la mercancía;

f) avale obligaciones de Usuarios;

g) se comprometa a indemnizar incumplimientos contractuales entre empresas.

1.5. El Administrador no actúa como transportista ni transitario en las operaciones que los Usuarios celebran autónomamente.

1.6. El uso de la Plataforma no establece relación laboral, societaria, de agencia, representación, asociación comercial ni otra relación distinta de las Condiciones o de un contrato separado.

1.7. Podrá prestar servicios adicionales independientes conforme a sus condiciones específicas.

1.8. Su responsabilidad por obligaciones propias es distinta de la derivada de contratos entre Usuarios.

 

§ 2. Responsabilidad por anuncios, ofertas e información de los Usuarios

2.1. Los Usuarios responden de la veracidad, integridad, actualidad y legalidad de la información que publiquen o comuniquen.

2.2. Esto incluye, en particular, información sobre:

a) cargas publicadas y vehículos disponibles;

b) fechas y lugares de carga y descarga;

c) propiedades y parámetros técnicos de la mercancía;

d) masa, dimensiones y tipo de mercancías;

e) requisitos de vehículos;

f) importe del flete ofertado;

g) condiciones de realización;

h) plazos de pago;

i) datos de empresas y sus representantes;

j) otros datos relevantes para la colaboración.

2.3. El Administrador no garantiza la veracidad de los datos introducidos autónomamente ni la capacidad real de cumplir los servicios ofrecidos.

2.4. Publicar un anuncio u oferta no equivale a una confirmación del Administrador sobre sus hechos.

2.5. El Administrador podrá establecer controles de datos y verificaciones para combatir contenidos contrarios a las Condiciones.

2.6. Dichos controles no implican asumir responsabilidad por la veracidad de toda la información de los Usuarios.

2.7. No existe obligación general de supervisión previa de toda la información almacenada a petición de Usuarios, sin perjuicio de obligaciones legales aplicables.

2.8. Al conocer contenidos ilícitos, el Administrador actuará conforme a la ley, especialmente el Reglamento de Servicios Digitales (DSA), en la medida aplicable.

2.9. Las notificaciones y moderación de contenidos ilícitos se regulan en el capítulo X.

2.10. El Administrador responde de sus propias acciones u omisiones de alojamiento, tratamiento y moderación dentro de los límites legales.

 

§ 3. Responsabilidad por la celebración y ejecución de contratos de transporte

3.1. Los contratos entre Usuarios establecen relaciones jurídicas independientes entre las empresas contratantes.

3.2. Sus derechos y obligaciones resultan del contrato y la ley aplicable, especialmente el derecho del transporte, el Código Civil y el Convenio CMR cuando proceda.

3.3. El Administrador no garantiza la correcta ejecución de esos contratos.

3.4. En particular, no asume responsabilidad por:

a) incumplimiento o ejecución defectuosa del transporte;

b) retraso en la presentación del vehículo;

c) incumplimiento de horarios de carga o descarga;

d) daños, pérdidas o mermas de mercancías;

e) estiba o sujeción inadecuada;

f) uso incorrecto del vehículo;

g) ausencia de licencias o autorizaciones;

h) errores en documentos preparados por las partes;

i) impago del flete;

j) retrasos en los pagos;

k) otros incumplimientos contractuales del transporte.

3.5. La parte correspondiente responderá por el incumplimiento de su contrato de acuerdo con lo pactado y con la ley.

3.6. El Administrador no garantiza la solvencia de las empresas usuarias.

3.7. No asume el deber de pagar al Transportista aunque se haya utilizado UPPT.

3.8. Los fletes y anticipos se liquidan directamente entre las partes, salvo que un servicio separado, expresamente ofrecido, establezca otra modalidad.

3.9. El Administrador no responde del impago del Cliente, aunque puede actuar ante Usuarios que infrinjan los principios de cooperación leal conforme a los capítulos VII y VIII.

3.10. Podrá investigar prácticas desleales sin convertirse por ello en parte de las controversias contractuales.

3.11. No está obligado a promover procedimientos judiciales, arbitrales ni de cobro en nombre de Usuarios salvo compromisos separados válidamente asumidos.

3.12. Estas disposiciones no excluyen su responsabilidad por prestar incorrectamente sus propios servicios electrónicos cuando resulte legalmente exigible.

 

§ 4. Verificación empresarial y ausencia de garantía de fiabilidad

4.1. La Plataforma aplica los procedimientos de verificación previstos en el capítulo II.

4.2. La verificación pretende reducir el riesgo de acceso por personas no autorizadas o entidades con datos incorrectos.

4.3. La verificación positiva indica que se ha ejecutado el procedimiento previsto y concedido el estado correspondiente.

4.4. No constituye:

a) garantía de solvencia;

b) garantía de puntualidad en los pagos;

c) garantía de correcta ejecución del transporte;

d) aval de obligaciones;

e) garantía de conservación continua de todas las licencias exigidas;

f) garantía de que la empresa no incumplirá futuras normas o Condiciones.

4.5. El Administrador no responde de cambios posteriores en la situación financiera, organizativa o jurídica de una empresa verificada, salvo responsabilidad derivada de sus acciones, omisiones o la ley.

4.6. Los Usuarios actuarán con diligencia profesional al elegir contrapartes y celebrar contratos.

4.7. El Administrador podrá repetir verificaciones ante indicios fundados de infracción o pérdida de autorizaciones.

4.8. Ejecutará diligentemente sus propios procedimientos de verificación conforme a las Condiciones y la ley.

4.9. Acceder por invitación a un Tablón Privado no garantiza fiabilidad, solvencia ni cumplimiento futuro.

4.10. El Administrador no asume responsabilidad por la selección de colaboradores que haga el propietario de un Tablón Privado, sin perjuicio de sus propias actuaciones.

 

§ 5. Responsabilidad por UPPT, documentos CMR y Panel del Conductor

A. Sistema UPPT

5.1. El Administrador ofrece herramientas para preparar, documentar y gestionar contratos en UPPT.

5.2. UPPT utiliza datos comunicados por Usuarios y obtenidos de otras funciones de la Plataforma.

5.3. Los Usuarios responden de la veracidad y concordancia con lo pactado de los datos que introduzcan, confirmen o modifiquen.

5.4. El Administrador no asume responsabilidad por errores debidos exclusivamente a datos erróneos, incompletos o falsos aportados por Usuarios.

5.5. Las partes deben revisar el contrato antes de celebrarlo o aprobarlo.

5.6. El Administrador responde del funcionamiento de sus mecanismos técnicos UPPT dentro de los límites de las Condiciones y la ley.

5.7. No se excluye su responsabilidad por procesamiento, almacenamiento o generación incorrectos de datos imputables al sistema cuando la ley la establezca.

B. Cartas de porte CMR y nacionales

5.8. El Administrador ofrece herramientas para preparar, completar, confirmar y almacenar cartas de porte CMR y nacionales.

5.9. Los sujetos correspondientes responden legalmente de la veracidad de datos de transporte, carga, remitente, destinatario, transportista y demás circunstancias documentadas.

5.10. El Administrador no certifica independientemente el estado, cantidad, peso o integridad de la carga ni el desarrollo real de la carga y descarga.

5.11. Introducir datos en una carta de porte no implica su confirmación independiente por el Administrador.

5.12. El Administrador responde del funcionamiento de sus propios mecanismos documentales según la ley.

5.13. Las funciones de recogida de firmas y confirmaciones no implican prestar servicios de firma electrónica cualificada ni garantizar la identidad de cada firmante.

5.14. Los efectos jurídicos de firmas, confirmaciones y documentos electrónicos se rigen por la ley aplicable.

C. Panel del Conductor y seguimiento de etapas

5.15. El Panel del Conductor permite comunicar el avance de las etapas de transporte.

5.16. Los datos pueden incluir hora estimada de llegada, llegada al lugar, inicio y fin de carga o descarga y avisos de retraso.

5.17. El Administrador no garantiza que la información del Conductor u otros participantes refleje siempre la realidad.

5.18. La falta de actualización o una comunicación tardía del Conductor no supone necesariamente un fallo del sistema.

5.19. El uso correcto exige dispositivo, conexión a Internet y autorización adecuada mediante el enlace facilitado al Conductor.

5.20. Quien facilite dicho enlace actuará diligentemente para entregarlo a la persona autorizada.

5.21. El Administrador responde de sus mecanismos propios de control de acceso y seguridad según la ley.

5.22. El seguimiento de etapas tiene carácter informativo y auxiliar y no garantiza independientemente la ejecución contractual.

5.23. Los registros del sistema podrán utilizarse como prueba, cuyo valor se determinará conforme a la ley.

D. Funciones automáticas

5.24. El Administrador podrá ofrecer herramientas de automatización, especialmente el Asistente de Fletes y Aceptar Flete.

5.25. Las operaciones automáticas según los ajustes del Usuario no convierten al Administrador en parte de la operación.

5.26. El Usuario responde de elegir y confirmar los parámetros de automatización que configure.

5.27. El Administrador responde de que el sistema ejecute correctamente las reglas y ajustes aprobados, conforme a las Condiciones y a la ley.

5.28. No garantiza un número determinado de ofertas, la celebración de contratos ni beneficios económicos concretos.

 

§ 6. Responsabilidad por el Banco de Documentos

6.1. El Banco de Documentos permite almacenar, compartir, descargar y exportar determinada documentación de la Plataforma.

6.2. Las normas de cada servicio y estas Condiciones establecen qué documentos se guardan y cuánto tiempo estarán disponibles.

6.3. El Administrador conservará la documentación por el período previsto, respetando la legislación vigente.

6.4. Según las normas de conservación del Banco de Documentos:

a) el día 90 está previsto el envío automático al Usuario autorizado de los documentos sujetos al mecanismo de conservación;

b) la eliminación programada tendrá lugar el día 121, salvo obligación legal de conservación adicional.

6.5. El Usuario descargará oportunamente la documentación que necesite tras finalizar el plazo de conservación.

6.6. El Banco de Documentos no exime a la empresa de conservar los documentos exigidos por la ley.

6.7. El Usuario responde de sus propias obligaciones de archivo empresarial.

6.8. El Administrador no garantiza conservación indefinida cuando exista un período limitado.

6.9. La eliminación conforme a las reglas válidas de conservación no constituye por sí misma prestación defectuosa.

6.10. El Administrador responde de la seguridad y funcionamiento de sus mecanismos de almacenamiento y acceso en los términos legales.

6.11. No se excluye su responsabilidad por eliminación, pérdida o comunicación no autorizadas de documentos cuando corresponda legalmente.

6.12. Podrá facilitar exportación de documentos en PDF y paquetes de archivo con documentación e historial de operaciones disponible.

6.13. No garantiza el almacenamiento ni la seguridad de los archivos descargados en la infraestructura del propio Usuario.

 

§ 7. Responsabilidad por sistemas externos, mapas e integraciones

7.1. Algunas funciones utilizan servicios, datos o infraestructura de proveedores externos independientes.

7.2. En particular:

a) mapas y planificación de rutas;

b) infraestructura de telecomunicaciones;

c) correo electrónico;

d) alojamiento web;

e) sistemas de pago;

f) sistemas ERP y TMS externos;

g) otros servicios necesarios para funciones concretas.

A. Mapas y planificación de rutas

7.3. Las distancias, rutas y tiempos estimados de viaje son orientativos.

7.4. El Administrador no garantiza que los trayectos indicados respondan siempre a las condiciones reales de tráfico y a las capacidades técnicas de cada vehículo.

7.5. El Usuario verificará por sí mismo la viabilidad del transporte conforme a las normas, restricciones viarias, pesos, dimensiones y demás circunstancias.

7.6. Los datos de mapas externos no garantizan la viabilidad de una ruta concreta.

B. Integraciones ERP/TMS

7.7. El Administrador podrá ofrecer herramientas para exportar o transmitir datos a sistemas informáticos externos.

7.8. Estas integraciones podrán transmitir datos en CSV, PDF, JSON, XML y otros formatos habilitados.

7.9. El Administrador responde de sus mecanismos propios de exportación e integración según las condiciones del servicio y la ley.

7.10. No garantiza el funcionamiento ininterrumpido ni la estabilidad técnica de sistemas ERP/TMS independientes.

7.11. No responde de errores derivados exclusivamente de configuraciones incorrectas de software externo por el Usuario o cambios de proveedores independientes, salvo responsabilidad legal.

7.12. Los cambios en interfaces externas pueden requerir actualizaciones de adaptadores o mecanismos de integración.

C. Sistemas de pago

7.13. Los servicios de pago de la Plataforma podrán utilizar proveedores externos, especialmente PayPal y Przelewy24, según los métodos disponibles.

7.14. El Administrador responde de sus obligaciones propias de facturación y liquidación de servicios.

7.15. No garantiza la disponibilidad permanente de servicios de pago independientes ni los plazos de operaciones que dependen exclusivamente de sus proveedores.

7.16. Estas disposiciones no excluyen la responsabilidad legal del Administrador por sus propios actos y omisiones ni por las personas que intervengan en el cumplimiento de sus obligaciones.

 

§ 8. Responsabilidad por notificaciones del sistema

8.1. La Plataforma ofrece notificaciones relacionadas con sus funciones.

8.2. Podrán referirse, en particular, a:

a) nuevas ofertas;

b) aceptación de ofertas;

c) celebración y gestión de contratos UPPT;

d) etapas del transporte;

e) retrasos comunicados;

f) documentación de transporte;

g) liquidaciones;

h) seguridad de la Cuenta;

i) otros eventos de las funciones disponibles.

8.3. El Administrador responde del funcionamiento de sus mecanismos de generación y envío de avisos en los términos de estas Condiciones y la ley.

8.4. No garantiza la recepción efectiva de todos los correos cuando dependan de infraestructura independiente, configuración del destinatario u otras causas no imputables.

8.5. Entre los motivos de falta de entrega se incluyen:

a) dirección incorrecta del Usuario;

b) buzón lleno;

c) filtros antispam;

d) configuración incorrecta del correo receptor;

e) indisponibilidad del servidor receptor;

f) otros hechos ajenos al Administrador.

8.6. El Usuario mantendrá sus datos de contacto actualizados y configurará adecuadamente sus herramientas de comunicación.

8.7. Los avisos tienen carácter informativo u operativo según el evento y las normas de la función.

8.8. Los Usuarios deberán consultar regularmente las informaciones de sus Cuentas y paneles.

8.9. Estas reglas no restringen los deberes del Administrador de notificar válidamente cuando las Condiciones o la ley establezcan un método específico.

8.10. No responde por decisiones empresariales erróneas basadas exclusivamente en datos incompletos u obsoletos de otros participantes, sin perjuicio de sus propias obligaciones.

 

§ 9. Seguridad de la infraestructura y protección de datos

9.1. El Administrador aplica medidas técnicas y organizativas para proteger la infraestructura y los datos tratados.

9.2. Las medidas deberán adecuarse a los servicios, tipos de información y amenazas identificadas.

9.3. No garantiza eliminar absolutamente todos los riesgos de los sistemas informáticos.

9.4. Un incidente de seguridad no determina automáticamente responsabilidad por daños.

9.5. La responsabilidad se evaluará según las circunstancias, las medidas aplicadas y las normas legales.

9.6. No responde por daños exclusivamente causados por terceros u otras circunstancias de las que no deba responder legalmente.

9.7. Responderá de sus propias negligencias de seguridad cuando concurran los requisitos legales.

9.8. Los datos personales se protegen conforme a la legislación, especialmente el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD).

9.9. Estas Condiciones no excluyen la responsabilidad prevista por las normas de protección de datos.

9.10. El Usuario protegerá diligentemente su Cuenta, dispositivos y credenciales.

9.11. El Administrador no responde de accesos indebidos debidos exclusivamente a causas imputables al Usuario por las que no responda legalmente.

9.12. Si descubre amenazas, podrá aplicar medidas necesarias, incluida la restricción temporal de funciones, conforme a las Condiciones y la ley.

 

§ 10. Disponibilidad, interrupciones técnicas y fuerza mayor

10.1. El Administrador procurará diligentemente el funcionamiento correcto y continuo de la Plataforma.

10.2. No garantiza disponibilidad ininterrumpida de todas las funciones salvo compromiso expreso en condiciones separadas.

10.3. Los servicios podrán interrumpirse temporalmente por:

a) mantenimiento;

b) actualizaciones;

c) modernización de infraestructura;

d) fallos de equipos o sistemas;

e) interrupciones de telecomunicaciones;

f) incidentes de seguridad;

g) fallos de servicios externos independientes;

h) fuerza mayor.

10.4. Podrán efectuarse trabajos técnicos necesarios para garantizar seguridad, estabilidad y desarrollo.

10.5. Se informará siempre que sea posible sobre trabajos programados que reduzcan considerablemente la disponibilidad.

10.6. El Administrador adoptará medidas para limitar las consecuencias de averías y restablecer servicios.

10.7. No responderá del incumplimiento causado por fuerza mayor cuando, conforme a la ley, no sea imputable al Administrador.

10.8. La fuerza mayor es un acontecimiento externo, extraordinario, imprevisible y cuyas consecuencias no pueden evitarse con la diligencia exigible.

10.9. Una avería, ciberataque o problema de un proveedor no constituye automáticamente fuerza mayor.

10.10. La responsabilidad por fallos se determinará según las Condiciones y la ley.

 

§ 11. Responsabilidad por las decisiones internas del Administrador

11.1. El Administrador podrá actuar para proteger la Plataforma y prevenir infracciones.

11.2. En particular, podrá:

a) investigar;

b) verificar denuncias;

c) enviar advertencias y requerimientos;

d) restringir servicios;

e) suspender temporalmente Cuentas;

f) finalizar servicios en casos legalmente previstos;

g) reclamar penalizaciones debidas;

h) adoptar otras medidas previstas en las Condiciones y la ley.

11.3. Las normas detalladas de investigación y medidas figuran en el capítulo VIII.

11.4. No está obligado a resolver todas las controversias empresariales entre Usuarios.

11.5. Podrá abstenerse de pronunciarse sobre reclamaciones exclusivamente contractuales de transporte sin indicios de infracción de estas Condiciones.

11.6. Esa abstención no supone por sí misma prestación defectuosa de los servicios.

11.7. Cumplirá las obligaciones legales relativas a notificaciones y actuaciones.

11.8. No aplicar una medida concreta no genera automáticamente responsabilidad frente a otros Usuarios.

11.9. Podrá valorar individualmente la procedencia de medidas según la infracción, pruebas y proporcionalidad.

11.10. Una restricción correctamente adoptada conforme a estas Condiciones y la ley no genera por sí misma responsabilidad indemnizatoria.

11.11. Si la restricción vulnera obligaciones propias o la ley, su responsabilidad se determinará legalmente.

11.12. No podrá excluir toda responsabilidad por decisiones erróneas o ilícitas invocando únicamente sus facultades reglamentarias.

11.13. No sancionar un hecho no implica renunciar a actuar ante infracciones futuras.

11.14. Ante infracciones graves o reiteradas podrá aplicar medidas aunque anteriormente solo hubiera advertido.

11.15. Aplicar estas medidas no implica asumir las obligaciones de las empresas frente a sus contrapartes.

 

§ 12. Límites de responsabilidad y disposiciones finales

12.1. El Administrador responde del incumplimiento de obligaciones propias de servicios electrónicos conforme a la legislación vigente.

12.2. No responde de contratos exclusivamente entre Usuarios salvo fundamento jurídico separado o actos u omisiones propios.

12.3. No garantiza resultados empresariales específicos derivados del uso de la Plataforma.

12.4. En particular, no garantiza:

a) conseguir un número concreto de encargos;

b) encontrar una contraparte;

c) que se acepte una oferta;

d) celebrar un contrato;

e) obtener un flete concreto;

f) que la contraparte cumpla;

g) lograr ingresos o beneficios concretos;

h) evitar todos los riesgos empresariales.

12.5. Cada Usuario adopta sus decisiones empresariales en nombre y por cuenta propia y asume el riesgo inherente a su actividad.

12.6. El Administrador responderá de sus actos y omisiones y de los de otros sujetos en la medida legalmente prevista.

12.7. No responde de daños derivados exclusivamente de circunstancias no imputables legalmente.

12.8. Ninguna disposición excluye ni limita responsabilidades cuando tal exclusión o limitación esté legalmente prohibida.

12.9. En especial, no se excluye la responsabilidad por daños intencionales ni la responsabilidad indisponible bajo la protección de datos u otras normas imperativas.

12.10. Este capítulo se interpretará considerando la naturaleza real de los servicios y las obligaciones asumidas.

12.11. Las reglas detalladas de cada servicio se establecen en los capítulos correspondientes.

12.12. Este capítulo se aplica conjuntamente con:

a) capítulo IV, relativo a anuncios, ofertas y contratos;

b) capítulo VII, relativo a derechos, obligaciones y uso leal;

c) capítulo VIII, relativo a denuncias, infracciones y penalizaciones;

d) capítulo X, relativo a contenidos ilícitos;

e) capítulo XIII, relativo al procedimiento de reclamación.

12.13. Las demás Condiciones y la legislación vigente rigen lo no regulado aquí.

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CAPÍTULO XIII. PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIONES

§ 1. Presentación y tramitación de reclamaciones

1.1. El Usuario tiene derecho a presentar reclamaciones sobre servicios prestados por el Administrador mediante la Plataforma.

1.2. Podrán referirse, en particular, a fallos del Servicio, gestión de Cuentas, publicación de anuncios, presentación y aceptación de ofertas, contratos UPPT, documentación de transporte, liquidaciones y demás servicios electrónicos del Administrador.

1.3. Las reclamaciones deberán presentarse exclusivamente por correo electrónico a:

1.4. La reclamación contendrá información para identificar al Usuario y el problema, especialmente:

a) denominación de la empresa o datos de identificación de la Cuenta;

b) descripción de la irregularidad;

c) fecha o período del problema, si puede establecerse;

d) números pertinentes de anuncios, ofertas, contratos o documentos;

e) solución solicitada;

f) documentos u otros materiales disponibles que sustenten la reclamación.

1.5. El Administrador podrá solicitar información adicional necesaria para examinarla.

1.6. El Administrador resolverá la reclamación en un plazo de 14 días naturales desde su recepción.

1.7. La respuesta se enviará por correo electrónico a la dirección desde la que se presentó o a otra indicada por el Usuario.

1.8. Indicará el resultado y, si se desestima, su motivación correspondiente.

1.9. Este procedimiento no limita los derechos legales del Usuario.

§ 2. Alcance del procedimiento

2.1. Las reclamaciones se refieren a la correcta prestación de servicios por el Administrador.

2.2. Deben distinguirse de denuncias por infracciones de otros Usuarios.

2.3. Estas denuncias se tramitan conforme al capítulo VIII.

2.4. Los contenidos ilícitos se tramitan conforme al capítulo X y a la ley.

2.5. El Administrador no está obligado a resolver en este procedimiento disputas sobre contratos de transporte entre empresas.

2.6. Su responsabilidad por servicios propios y sus límites figuran en el capítulo XII.

§ 3. Solución amistosa de controversias

3.1. Ante una controversia entre Usuario y Administrador relativa a los servicios, ambas partes deberán intentar primero una solución amistosa.

3.2. Esta consistirá principalmente en intercambiar posiciones, documentos y explicaciones e intentar alcanzar un acuerdo.

3.3. Las partes prevén un período de hasta 30 días naturales desde la comunicación de la controversia para estas gestiones.

3.4. Este procedimiento no constituye arbitraje ni obliga al Administrador a realizar mediación.

3.5. Las partes podrán utilizar otros mecanismos legales de solución.

3.6. La búsqueda de acuerdo no restringe el derecho de acudir al tribunal competente.

§ 4. Tribunal competente y disposiciones finales

4.1. Las controversias entre el Administrador y el Usuario por servicios de la Plataforma se someterán a los tribunales ordinarios competentes.

4.2. Las partes acuerdan la competencia territorial de los tribunales del domicilio social del Administrador, siempre que el acuerdo resulte válido y eficaz conforme a la ley, incluidos los requisitos formales de sumisión y las reglas de competencia judicial internacional.

4.3. Presentar una reclamación, impugnar una decisión o mantener una controversia no justifica automáticamente suspender o bloquear una Cuenta.

4.4. Si la tramitación revela infracción grave, amenaza de seguridad u otras circunstancias urgentes, el Administrador podrá adoptar medidas, incluido bloqueo temporal, conforme al capítulo VIII y la ley.

4.5. Podrá aplicar medidas cautelares antes de concluir la investigación por razones justificadas de seguridad o protección de derechos de otros Usuarios.

4.6. La responsabilidad por decisiones restrictivas o de finalización de servicios se regula en el capítulo XII.

4.7. Este capítulo no limita derechos procesales especiales de los Usuarios reconocidos por la ley.

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CAPÍTULO XIV. DISPOSICIONES FINALES

§ 1. Vigencia de las Condiciones generales

1.1. Estas Condiciones establecen las reglas de prestación de servicios electrónicos por el Administrador y los derechos y obligaciones de los Usuarios.

1.2. Forman parte integrante del contrato de prestación de servicios electrónicos celebrado entre el Administrador y el Usuario.

1.3. Esta versión se publica y entra en vigor el 26 de octubre de 2026, sin perjuicio de las normas sobre eficacia de modificaciones frente a Usuarios vinculados por versiones anteriores.

1.4. Para Usuarios que celebren el contrato a partir de la fecha indicada, estas Condiciones serán aplicables desde la celebración válida del contrato.

1.5. Para contratos anteriores, las disposiciones modificadas vincularán conforme al procedimiento de modificación y a la legislación vigente.

1.6. El Administrador facilitará las Condiciones de modo que el Usuario pueda conocerlas, guardarlas y reproducirlas.

§ 2. Modificación de las Condiciones

2.1. El Administrador se reserva el derecho a modificarlas por razones justificadas, especialmente:

a) cambios legales;

b) cambios en el alcance o forma de los servicios;

c) introducción de nuevas funciones;

d) modernización o ampliación de infraestructura;

e) mejoras necesarias de seguridad;

f) prevención de abusos;

g) cambios organizativos en la prestación;

h) necesidad de adaptar las Condiciones al funcionamiento real.

2.2. Informará a los Usuarios mediante el correo vinculado a su Cuenta y podrá publicar un aviso adicional en el Servicio.

2.3. Salvo lo previsto en el punto 2.6, comunicará modificaciones ordinarias con al menos siete días naturales de antelación a su entrada en vigor prevista.

2.4. La notificación permitirá conocer la nueva versión y la fecha prevista de entrada en vigor.

2.5. El Usuario que no acepte cambios podrá resolver el contrato conforme a las Condiciones y la ley. Cuando sea obligatorio, los cambios solo vincularán a Usuarios actuales tras cumplir los requisitos legales.

2.6. Ante obligaciones legales urgentes o amenazas graves de seguridad, el Administrador podrá modificar en otro plazo cuando la ley lo permita.

2.7. Se respetarán los preavisos más largos y requisitos particulares legalmente obligatorios.

2.8. Las modificaciones no alteran automáticamente contratos de transporte celebrados previamente entre Usuarios.

2.9. Tampoco modifican automáticamente fletes, fechas de transporte, plazos de pago u otras condiciones individuales de contratos anteriores.

2.10. Nuevas penalizaciones no podrán imponerse por hechos anteriores a la vinculación efectiva del Usuario a las disposiciones correspondientes.

2.11. El Administrador podrá conservar versiones archivadas e información sobre su vigencia y puesta a disposición conforme a la ley.

§ 3. Finalización de los servicios

3.1. El contrato de servicios electrónicos podrá resolverse conforme a estas Condiciones y la ley.

3.2. El Administrador podrá resolver el contrato o cesar servicios en los supuestos previstos y legalmente permitidos.

3.3. Se reserva el derecho a finalizar inmediatamente por causas graves, especialmente infracciones graves, perjuicio deliberado a la Plataforma o Usuarios o amenazas significativas de seguridad.

3.4. La resolución inmediata no exigirá aplicar primero todas las advertencias cuando la infracción justifique la urgencia y la ley lo permita.

3.5. Podrá restringir temporalmente la Cuenta, suspender servicios o adoptar otras medidas conforme al capítulo VIII.

3.6. Tener varias Cuentas para una empresa no constituye por sí solo infracción ni causa de resolución.

3.7. Ante infracciones graves vinculadas a una empresa, podrá aplicar medidas a sus Cuentas asociadas conforme al capítulo VIII.

3.8. La terminación del servicio no extingue automáticamente obligaciones de contratos de transporte anteriores entre Usuarios.

3.9. Los servicios anteriores se liquidarán conforme a las Condiciones y la ley.

§ 4. Obligaciones económicas tras la resolución

4.1. Resolver o extinguir el contrato de servicios electrónicos no exime al Usuario de pagar cantidades legalmente debidas al Administrador surgidas con anterioridad.

4.2. Estas incluyen especialmente:

a) comisiones debidas;

b) tarifas de servicios prestados;

c) otras cantidades exigibles de contratos válidamente celebrados;

d) penalizaciones contractuales válidamente pactadas cuando concurran sus requisitos;

e) costes de reclamación justificados y legalmente exigibles.

4.3. La resolución no priva al Administrador de reclamar cantidades conforme a la ley.

4.4. La baja no exime al Usuario por infracciones cometidas durante la vigencia efectiva de las disposiciones aplicables.

4.5. Las reglas de cobro figuran también en el capítulo IX.

§ 5. Facturas y documentos de liquidación

5.1. El Administrador emitirá facturas y demás documentos exigidos por los servicios de pago conforme a la legislación tributaria.

5.2. Las facturas tendrán en cuenta las reglas del Sistema Nacional Polaco de Facturación Electrónica (KSeF) en la medida en que el Administrador esté obligado a utilizarlo.

5.3. Cuando no sea obligatorio emitir o facilitar facturas por KSeF, se utilizará el método legal correspondiente.

5.4. El Administrador podrá enviar información sobre facturas y documentos al correo asociado a la Cuenta.

5.5. Para empresas extranjeras, la documentación de operaciones seguirá las normas tributarias aplicables a cada operación.

5.6. El uso de servicios gratuitos no genera por sí solo obligación de facturar, salvo exigencia legal.

§ 6. Versiones lingüísticas de las Condiciones

6.1. Estas Condiciones generales se redactaron originalmente en polaco.

6.2. El Administrador podrá ofrecer traducciones a otros idiomas disponibles en la Plataforma.

6.3. Las traducciones permiten a las empresas extranjeras conocer las normas de uso.

6.4. En caso de discrepancia entre la versión polaca y sus traducciones, prevalece la versión polaca, sin perjuicio de normas legales imperativas.

§ 7. Invalidez de disposiciones y normas finales

7.1. Si alguna disposición resulta nula, ineficaz o inaplicable, ello no invalida automáticamente las restantes.

7.2. Las demás disposiciones conservan su eficacia en la medida prevista por la ley aplicable.

7.3. Los contratos de servicios electrónicos entre el Administrador y los Usuarios se regirán por el Derecho de la República de Polonia, independientemente del país del domicilio o actividad empresarial del Usuario, sin perjuicio del Derecho de la Unión Europea y de las disposiciones cuya aplicación no pueda excluirse válidamente por contrato.

7.4. La celebración, ejecución, interpretación y resolución de estos contratos, así como la responsabilidad contractual de las partes, se regirán por el Derecho polaco en la medida permitida por las normas aplicables de Derecho internacional privado.

7.5. La elección del Derecho polaco no excluirá las normas de policía ni otras disposiciones imperativas aplicables conforme a las reglas de conflicto de leyes.

7.6. Los litigios derivados de contratos de servicios electrónicos entre Administrador y Usuarios se someterán a los tribunales de la República de Polonia competentes por razón de la materia y territorialmente correspondientes al domicilio social del Administrador, siempre que dicho acuerdo de jurisdicción y competencia sea permitido por la legislación vigente.

7.7. Las cláusulas de ley aplicable y jurisdicción se refieren únicamente a las relaciones entre Administrador y Usuarios de la Plataforma. No determinan la ley aplicable ni los tribunales competentes de contratos de transporte independientes celebrados directamente entre Usuarios. Estas cuestiones podrán regularse en los contratos respectivos, respetando la legislación aplicable.

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